10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CHRISTOPHER ALEJANDRO CONCHA TAPIA

Rol

O-1433-2024

Fecha

13 de enero de 2025

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: HECHO N° 3: El día 05 de junio de 2024, alrededor de las 21:25 horas, bajo el contexto del diligenciamiento de una orden de entrada y registro en el domicilio ubicado en Pasaje 6 Oriente N° 6201, comuna de Lo Espejo, los imputados LUCAS VALENTINO TAPIA TRUJILLO y YERARDO FRANCHESCO TAPIA TRUJILLO fueron sorprendidos guardando y manteniendo en su poder, sin autorización competente, 01 bolsa contenedoras de sumidades floridas de cannabis, con un peso bruto de 124,36 gramos de cannabis sativa. Santiago, trece de enero de dos mil veinticinco.- Vistos, oídos los intervinientes y teniendo presente: Lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 11 N°6, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 29, 49, 68, 69 del Código Penal; artículo 1°, 3°, 62 de la Ley 20.000; artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal Se declara: Código: SFHKXSPCVXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a LUCAS VALENTINO TAPIA TRUJILLO y a YERARDO FRANCHESCO TAPIA TRUJILLO ya individualizados, como autores del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, cometido el día 05 de junio de 2024, a cada uno a la sanción de tres años y un día presidio menor en su grado máximo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al comiso de los efectos e instrumentos del delito, al pago de una multa a beneficio fiscal de veinte Unidades Tributarias Mensuales cada uno, sin costas. II.- Respecto de la pena de multa, se procederá a la conversión conforme al artículo 49 del Código Penal en sesenta días de reclusión, pena que se les tendrá por cumplida con el tiempo que estuvieron privados de libertad por esta causa, entre el 05 y el 14 de junio de 2024 en prisión preventiva y desde ese día a la fecha con reclusión parcial nocturna, lo que en total equivale a ochenta días. III.- Concurriendo los requisitos del artícul

Fallo

Se declara: Código: SFHKXSPCVXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a LUCAS VALENTINO TAPIA TRUJILLO y a YERARDO FRANCHESCO TAPIA TRUJILLO ya individualizados, como autores del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, cometido el día 05 de junio de 2024, a cada uno a la sanción de tres años y un día presidio menor en su grado máximo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al comiso de los efectos e instrumentos del delito, al pago de una multa a beneficio fiscal de veinte Unidades Tributarias Mensuales cada uno, sin costas. II.- Respecto de la pena de multa, se procederá a la conversión conforme al artículo 49 del Código Penal en sesenta días de reclusión, pena que se les tendrá por cumplida con el tiempo que estuvieron privados de libertad por esta causa, entre el 05 y el 14 de junio de 2024 en prisión preventiva y desde ese día a la fecha con reclusión parcial nocturna, lo que en total equivale a ochenta días. III.- Concurriendo los requisitos del artículo 15 bis de la Ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la sanción privativa de libertad, por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, debiendo quedar sujetos los sentenciados al control de la autoridad administrativa de Gendarmería de Chile, por el término de la condena, debiendo presentarse al Centro de R

Texto Completo (Preview)

RUC : 2400525770-7 RIT : 1433 - 2024 MAGISTRADO : CLAUDIO MARCELO LARRE ROJAS NOMBRE IMPUTADO : LUCAS VALENTINO TAPIA TRUJILLO CEDULA DE IDENTIDAD : 20824545-7 DOMICILIO : Pasaje 6 ORIENTE Nº 6201, comuna de Lo Espejo. NOMBRE IMPUTADO : YERARDO FRANCHESCO TAPIA TRUJILLO CEDULA DE IDENTIDAD : 21714941-K DOMICILIO : Pasaje 6 ORIENTE Nº 6201, comuna de Lo Espejo. FISCAL : OSVALDO TOLEDO LÓPEZ DEFEN

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