Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue

MP C/ FRANCISCO SEBASTIÁN VERA AGUILERA

Rol

O-937-2023

Fecha

13 de enero de 2025

Materia

POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS DE LA ACUSACIÓN Y ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN. ARTÍCULO 468 DEL C.P.P.: Si, una vez ejecutoriada el presente fallo. Código: CSXWXSEVYNF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl OTRAS OBSERVACIONES:  Audiencia se realiza a través de sistema de video conferencia y semipresencial.  Se deja constancia que a continuación solo se transcribe la parte resolutiva del fallo, quedando registrada la sentencia en su totalidad en el audio respectivo. SENTENCIA: Quirihue, trece de enero de dos mil veinticinco. Código: CSXWXSEVYNF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PARTE RESOLUTIVA DE LA SENTENCIA. Vistos y teniendo presente: Por estas consideraciones y visto, además, lo prevenido en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°6, 11 N°9, 14, 15 25, 26, 30, 60, 68, todos del Código Penal; artículos 45, 48, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y artículos 7 y demás pertinentes de la Ley 18.216; se declara: I. Que se condena a PEDRO NOLASCO VERA CASTRO, cedula de identidad N° 8.375.278-5, ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al comiso del arma de fuego incautada, sin cotas en estos antecedentes, en calidad de autor consumado del delito de tenencia ilegal de arma prohibida, descrito y sancionado en el art 13 de la Ley de control de armas, perpetrado el día 13 de abril del año 2024, en la comuna de Cobquecura. II. Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 7 y siguientes de la Ley n° 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio impuesta, por la pena de reclusión parcial domiciliaria nocturna, consistente en el encierro en su domicilio ubicado en sector Quebrada Honda S/N,

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo prevenido en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°6, 11 N°9, 14, 15 25, 26, 30, 60, 68, todos del Código Penal; artículos 45, 48, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y artículos 7 y demás pertinentes de la Ley 18.216; se declara: I. Que se condena a PEDRO NOLASCO VERA CASTRO, cedula de identidad N° 8.375.278-5, ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al comiso del arma de fuego incautada, sin cotas en estos antecedentes, en calidad de autor consumado del delito de tenencia ilegal de arma prohibida, descrito y sancionado en el art 13 de la Ley de control de armas, perpetrado el día 13 de abril del año 2024, en la comuna de Cobquecura. II. Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 7 y siguientes de la Ley n° 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio impuesta, por la pena de reclusión parcial domiciliaria nocturna, consistente en el encierro en su domicilio ubicado en sector Quebrada Honda S/N, comuna de Cobquecura, entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente. Se reconoce el abono solicitado por la defensa, en particular, 180 días más un día, por concepto de control de detención del día 17 al 18 de abril de 2024, haciendo un total de 181 día

Texto Completo (Preview)

Individualización de audiencia de Procedimiento Abreviado. Fecha Quirihue., trece de enero de dos mil veinticinco. Magistrado ADOLFO RIGOBERTO MONTENEGRO VENEGAS Fiscal MARIA DE LOS ANGELES CACERES TORRES Defensor MARIA DANIELA CARRASCO CONEJEROS Hora inicio 11:48AM Hora término 12:17PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue. Acta ANH RUC 2301048859-1 RIT 937 - 2023 Registr

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