JAIRO GIOVANNY FLORES FLORES C/ NEHEMIAS ALEJANDRO HERRERA MORENO
Rol
O-1396-2024
Fecha
14 de enero de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 11, 15, 436 del Código Penal, los artículos 21, 23 y 24 de la Ley 20.084; 47, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 15 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a Erick Alexander Fuentes Velásquez como autor del delito consumado de robo con intimidación, ocurrido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda el día 28 de septiembre del año 2023, a sufrir la sanción de quinientos cuarenta y un días de internación en régimen semi cerrado y, asimismo, quinientos cuarenta y un días la sanción de libertad asistida especial, sin costas por haber evitado la realización de un. Para los fines que sean pertinentes, se deja constancia de que el imputado permaneció privado de libertad desde el día 19 de septiembre del año 2024 hasta el dia de hoy. II.- Que se condena a Nehemias Alejandro Herrera Moreno como autor del delito consumado de robo con intimidación ocurrido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, el 28 de septiembre del año 2023 a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas para haber evitado la realización de un juicio en el Código: QNZQXSJNTXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl caso de está imputado, el cumplimiento de la pena corporal que se le ha impuesto será de carácter real y efectivo, sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad por esta causa desde el día 13 de junio del año 2024. Respecto de este imputado cúmplase por parte de Gendarmería de Chile con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19.970. Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad, Se tiene presente la renuncia de plazos por parte del Ministerio Públic
Fallo
se declara: I.- Que se condena a Erick Alexander Fuentes Velásquez como autor del delito consumado de robo con intimidación, ocurrido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda el día 28 de septiembre del año 2023, a sufrir la sanción de quinientos cuarenta y un días de internación en régimen semi cerrado y, asimismo, quinientos cuarenta y un días la sanción de libertad asistida especial, sin costas por haber evitado la realización de un. Para los fines que sean pertinentes, se deja constancia de que el imputado permaneció privado de libertad desde el día 19 de septiembre del año 2024 hasta el dia de hoy. II.- Que se condena a Nehemias Alejandro Herrera Moreno como autor del delito consumado de robo con intimidación ocurrido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, el 28 de septiembre del año 2023 a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas para haber evitado la realización de un juicio en el Código: QNZQXSJNTXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl caso de está imputado, el cumplimiento de la pena corporal que se le ha impuesto será de carácter real y efectivo, sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad por esta causa desde el día 13 de junio del año 2024. Respecto de este imputado
Texto Completo (Preview)
RUC : 2301080167-2 RIT : 1396 - 2024 MAGISTRADO : MARIA CAROLINA SALINAS HERNANDEZ NOMBRE IMPUTADO : NEHEMIAS ALEJANDRO HERRERA MORENO CEDULA DE IDENTIDAD : 0021618997-3 DOMICILIO NOMBRE IMPUTADO CÉDULA DE IDENTIDAD DOMICILIO : : : : Pasaje Los Manzanillones Nº 3518, comuna de Pedro Aguirre Cerda. ERICK ALEXANDER FUENTES VELÁSQUEZ 0022249372-2 Pasaje 1 SUR Nº 4625 Lo Espejo. FISCAL : Daniel Scha
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