12º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ SEBASTIÁN ANTONIO VIDAL PUGA

Rol

O-2968-2024

Fecha

14 de enero de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 19 de julio de 2024, a las 05:30 horas aproximadamente, el imputado SEBASTIÁN ANTONIO VIDAL PUGA ingresó por vía no destinada al efecto, a través del rompimiento del techo y la fractura de la vulcanita con la finalidad de sustraer, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, las especies muebles del inmueble ubicado encalle Los Vilos N° 6476, comuna de La Granja, no logrando la apropiación de especie alguna debido a que fue sorprendido por la víctima de iniciales J.R.M.G, por lo que el imputado se dio a la fuga”. Vistos y teniendo presente: Lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11, N°6, y 9, 14 Nº1, 15 Nº1, 24, 25, 29, 30, 65 y siguientes del Código Penal, artículo 440 N°1 del mismo cuerpo normativo; artículo 47, 297, 340, 341, 342, 348, 406, y 407 y siguientes, y artículo 468 de Código Procesal Penal, y disposiciones de la Ley 18216; Se declara: Código: RQYXSVRRLF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a SEBASTIÁN ANTONIO VIDAL PUGA, ya individualizada, cada una a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para cargo u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, como de autor del delito ROBO EN LUGAR HABITADO previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal, en que se encuentra en grado de desarrollo frustrado, cometido el día 19 de julio de 2024, en la comuna de La Granja. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 15 bis de la ley 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta ambas sentenciadas, se les sustituye la pena corporal impuesta por la de Libertad Vigilada Intensiva, por el tiempo de duración de la pena privativa de libertad, quedando sujeta a la intervención, vigilancia y orientación permanente de un delegado de Gendarmería de Chile correspondiente al lugar de su

Fallo

Se declara: Código: RQYXSVRRLF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a SEBASTIÁN ANTONIO VIDAL PUGA, ya individualizada, cada una a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para cargo u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, como de autor del delito ROBO EN LUGAR HABITADO previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal, en que se encuentra en grado de desarrollo frustrado, cometido el día 19 de julio de 2024, en la comuna de La Granja. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 15 bis de la ley 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta ambas sentenciadas, se les sustituye la pena corporal impuesta por la de Libertad Vigilada Intensiva, por el tiempo de duración de la pena privativa de libertad, quedando sujeta a la intervención, vigilancia y orientación permanente de un delegado de Gendarmería de Chile correspondiente al lugar de su domicilio, debiendo cumplir las condiciones que señala el artículo 17 de la ley 18.216, y demás que el referido organismo imparta. En este caso habiéndose decretado la libertad vigilada intensiva, deberá cumplir además, con la condición del al artículo 17 ter de la ley 18.216, esto es, la obligación de cumplir con un programa formativo en el índole laboral conforme

Texto Completo (Preview)

RESUMEN: RUC : 2400835672-2 RIT : 2968 - 2024 TIPO DE DELITO : ROBO EN LUGAR HABITADO NOMBRE IMPUTADO : SEBASTIÁN ANTONIO VIDAL PUGA CÉDULA DE IDENTIDAD : 20148019-1 DOMICILIO : CALLE LOS VILOS Nº 6476, LA GRANJA. ATENUANTES : ARTÍCULO 11 N° 6 y 9 CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NO CONCURREN FISCAL : ARIEL CANCINO DEFENSOR : CAMILA ALVAREZ TIPO DE RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO Santiago

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