Juzgado de Garantía de Temuco

POLICIA DE INVESTIGACIONES C/ JOSÉ GABRIEL HERRERA ARELLANO

Rol

O-883-2024

Fecha

10 de enero de 2025

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Dentro del contexto de una investigación dirigida por la Fiscalía de Temuco por el delito de tráfico de drogas, personal de BRIANTCO Temuco tomó conocimiento que dos sujetos identificados, más tarde, como José Gabriel Herrera Arellano, alías “el chupete” y Elmer Luis Vera Aravena se dedicaban a la venta de drogas, la cual adquirían directamente en Santiago para luego trasladarla hasta Temuco. El modus operandi consistía en que Herrera Arellano viajaba a Santiago la adquiría y trasladaba hasta Temuco, y por su parte Vera Aravena financiaba dicha adquisición de droga y una vez llegada a Temuco la recibía directamente en su domicilio, desde donde era comercializada. Fue así como la investigación a través de diversas técnicas investigativas principalmente interceptaciones telefónicas logró determinar que el día 01 de abril de 2024 en horas de la madrugada llegaría hasta Temuco procedente desde Santiago el Código: VFKDXSFRXBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl imputado José Herrera Arellano con una importante cantidad de droga adquirida y financiada por el coimputado Elmer Vera Aravena. Con estos antecedentes y luego de montarse por personal policial una vigilancia en el rodoviario el día 01 de abril de 2024 se pudo observar que alrededor de las 05:45 de la madrugada descendió de un bus interprovincial de la empresa Ivergrama el imputado José Herrera Arellano quien desde el maletero recogió una mochila de color café para luego retirarse y al intentar abordar un taxi es controlado pudiendo constatarse que en la mochila que portaba mantenía ocultos cinco paquetes de forma ovalada envueltos en papel aluza que arrojaron un peso total de 5 kilos y 484 gramos y 1 miligramos de cannabis sativa, razón por la cual Herrera Arellano fue detenido en el acto incautándose su celular. Con estos antecedes y previa orden judicial de entrada, registro e incautación el mismo 01 de abril de 2024 alrededor de las

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento Código: VFKDXSFRXBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°6, 11 N°9, 15, 68, 69, 70 del Código Penal; artículo 3 de la Ley 20.000, la Ley 18.216 se resuelve: I.- Que se CONDENA a ELMER LUIS VERA ARAVENA y a JOSÉ GABRIEL HERRERA ARELLANO, ya individualizados, como autores del delito de TRAFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 01 de abril de 2024, cada uno a la p

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RESUMEN RIT : 883 - 2024 RUC : 2400090564-6 MATERIA : Trafico ilícito de drogas (Art. 3). IMPUTADO : JOSÉ GABRIEL HERRERA ARELLANO CÉDULA DE IDENTIDAD : 0021093294-1 DOMICILIO : SECTOR LELELFU KM 6, LONCOCHE ATENUANTES : ART. 11 N°6 y N°9 del Código Penal AGRAVANTES : No concurren IMPUTADO : ELMER LUIS VERA ARAVENA CÉDULA DE IDENTIDAD : 0016959069-9 DOMICILIO : DON GERMAN, CASA 2, VILLA LOS NARAN

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