M.P. C/ ANTONIO VICENTE CERDA ESCÁRATE
Rol
O-250-2024
Fecha
13 de enero de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO., TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: Código: QXWXXSXXJDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El día 12 de enero de 2024, alrededor de las 05.00 horas de la mañana, de manera planificada y concertada, los imputados Antonio Cerda, Gonzalo Vásquez junto a otros sujetos no individualizados, se dirigen hasta el Banco Itaú ubicado en Calle Estado N°370, Curicó, donde los esperaba el coimputado y guardia de seguridad del banco, Mauricio Sayes Cordero, quien les facilita el ingreso a la entidad bancaria ya que simularon que eran trabajadores externos del banco para realizar reparaciones, y una vez en el interior del recinto bancario, todos los imputados, premunidos de elementos idóneos, comienzan a tapar las cámaras de seguridad, a abrir mamparas y puertas, para luego dirigirse a la bóveda del banco, donde realizan un forado, hasta lograr la apertura de la misma, para sustraer la suma de $303.000.000(303 millones) , los cuales colocan en el interior de una maleta, para luego salir del banco los tres imputados conjuntamente con el dinero sustraído, y al estar ya en la vi pública frente a Calle Carmen N°600 dirigiéndose hacia donde los esperaban otros sujetos, fueron detenidos conjuntamente por Carabineros cuando llevaban consigo el dinero sustraído. Luego de su detención, la Fiscalía solicita diversas órdenes judiciales, de manera telefónica, al Magistrado Eduardo Fritz, Juez de Garantía de Curicó, entre ellas, orden de entrada y registro para el domicilio de Esmeralda N°4, Melipilla, comuna de Melipilla, donde reside el imputado Gonzalo Vásquez Quiroz, ya detenido. Al concurrir el personal policial a materializar la orden, siendo las 15.00 horas del día 13 de enero del 2024, sorprenden a la pareja del imputado indicado, Karla Segovia Maldonado, en el interior, pudiendo establecerse que esta pareja(Karla y Gonzalo) mantenían en el interior del domicilio, en una de sus habitaciones en un mueble, una bolsa contenedora de 554,62 gramos de cl
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto por los artículos 1, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 440 N° 1 del Código Penal; Artículos 45, 47, 340, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 15 bis de la ley 18.216, SE RESUELVE: I. Que SE CONDENA a ANTONIO VICENTE CERDA ESCÁRATE, cédula nacional de identidad 20.879.576-7; y MAURICIO ANDRÉS SAYES CORDERO, cédula nacional de identidad 19.314.833-6, ya individualizados, en calidad de AUTORES del delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, en grado de desarrollo CONSUMADO a cumplir la pena de CINCO AÑOS de presidio menor en su grado máximo y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, cometido en Curicó, el día 12 de enero de 2024. II. Que SE CONDENA a KARLA DAINA SEGOVIA MALDONADO, cédula nacional de identidad 20.124.336-K, ya individualizada, en calidad de AUTORA del delito de tráfico de estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3 de la ley 20.000 en grado de desarrollo CONSUMADO a cumplir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, COMISO de las especies incautadas y MULTA de DIEZ Unidades Tributarias Mensuales, hecho ocurrido en Curicó, el 12 de enero de 2024. III. Que, reunié
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha Curicó, trece de enero de dos mil veinticinco Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado JORGE OMAR VALENZUELA NAVARRO Imputado ANTONIO VICENTE CERDA ESCÁRATE C.I. 20.879.576-7 Fecha Nacimiento 18 de abril 2002 Dirección Melipilla, Vicuña Mackenna 0558 Imputado MAURICIO ANDRÉS SAYES CORDERO C.I. 19.314.833-6 Fecha Nacimiento 01 de junio de 1996 Dom
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