11º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ MARCELO JAVIER GARRIDO OYARZEN

Rol

O-199-2025

Fecha

13 de enero de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: HECHOS: “El día 13 de enero del 2025 a las 06:00 horas aproximadamente los imputados. Kimberly Fernanda Aguilar Aguilar y Marcelo Javier Garrido Oyarzun ingresaron Mediante escalamiento y fractura de daños en rejas de acceso, rotura de múltiples vidrios de acceso al hall y chapa de acceso a oficinas a la escuela premilitar Héores de la Concepción, ubicada esta en Avenida Américo Vespucio n° 711, comuna de La Cisterna, con la intención de sustraer especies, siendo sorprendidos al interior por funcionarios de carabineros, evitando así la sustracción de especies por parte de dichos imputados, evitando que estos se dieran a la fuga” Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11, 14, 15,30, 436, 442 y siguientesdel Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, se declara; I.- Que, SE CONDENA A MARCELO JAVIER GARRIDO OYARZÚN, en calidad de autor de un delito frustrado de ROBO CON FUERZA EN LUGAR NO HABITADO, perpetrado en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 13 de enero de 2025, a sufrir las siguientes penas: SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, todo lo anterior sin las costas del procedimiento II.- Para el cumplimiento de la sanción corporal se le va a conceder la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena por el término de UN AÑO, señalando que para el evento de revocación de esta pena, cuenta con un día Código: PVTLXSRBVXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de abono. El sentenciado debe presentarse ante el CRS Santiago Sur el 30 de enero de 2025 a las 09:00 horas III.- Se hace aplicación de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216, esto es, la omisión de antecedentes para fines laborales. Los intervinientes renuncian a los plazos. Sentencia ejecutoriada RIT : 199-

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11, 14, 15,30, 436, 442 y siguientesdel Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, se declara; I.- Que, SE CONDENA A MARCELO JAVIER GARRIDO OYARZÚN, en calidad de autor de un delito frustrado de ROBO CON FUERZA EN LUGAR NO HABITADO, perpetrado en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 13 de enero de 2025, a sufrir las siguientes penas: SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, todo lo anterior sin las costas del procedimiento II.- Para el cumplimiento de la sanción corporal se le va a conceder la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena por el término de UN AÑO, señalando que para el evento de revocación de esta pena, cuenta con un día Código: PVTLXSRBVXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de abono. El sentenciado debe presentarse ante el CRS Santiago Sur el 30 de enero de 2025 a las 09:00 horas III.- Se hace aplicación de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216, esto es, la omisión de antecedentes para fines laborales. Los intervinientes renuncian a los plazos. Sentencia ejecutoriada RIT : 199- 2025 RUC : 2500051611-5 Dictado por doña ANGÉLICA MARÍA PALACIOS RIOSECO, Juez Titular de ACD de los juzgados de Garantía de Santiago. Código: PVTLXSRBVXF Este doc

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RESUMEN RIT : 199- 2025 RUC : 2500051611-5 Tribunal : 11° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MATERIA : ROBO CON FUERZA EN LUGAR NO HABITADO IMPUTADO : MARCELO JAVIER GARRIDO OYARZÚN C.I. N° : 17181684-K DOMICILIO : Américo Vespucio Nº 675, La Cisterna. FISCAL : SEBASTIAN AYLWIN DOMINGO DEFENSOR : ANTONIA FERNANDA REYES FAEZ ATENUANTES : ARTÍCULO 11 N° 9 DEL CÓDIGO PENAL RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCED

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