9º Juzgado de Garantía de Santiago

SERGIO ALEJANDRO CABRERA FUENTEALBA C/ GUILLERMO FLORINDO PEÑA ARENAS

Rol

O-5831-2020

Fecha

11 de enero de 2025

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): “Que el día 23 de julio de 2020 , aproximadamente a las 14:55 horas en circunstancias que personal policial de la 52° Comisaría Rinconada de Maipú efectuaba en motocicleta, patrullajes preventivos en su sector territorial, al ir circulando por Pasaje Apolo XII, intersección con calle San José de la comuna de Maipú observaron a los imputados Jhon Astudillo Fuentes, Cristofer Moscoso Jorquera realizando los típicos movimientos de transacciones de drogas a Guillermo Peña Arenas , al aproximarse a estos, Jhon Astudillo Fuentes lanzó al suelo una bolsa transparente en la que mantenía 482 envoltorios de papel cuadriculado de pasta base de cocaína la que arrojó un peso de 13,9 gramos neto de Cocaína Base 60%, levantados bajo cadena de custodia NUE 3284823, incautándosele además la suma de $39.000 en dinero efectivo.”. Resolución:  Se condena John Hairon Hernán Astudillo Fuentes, ya individualizado como autor del delito de tráfico de pequeñas cantidades de drogas del artículo 4° de la ley 20000 por hechos del día 23 de julio de 2020 en la comuna de Maipú a la pena 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más accesorios legales de suspensión de cargos de oficio público durante el tiempo de la condena y de una multa a 1/3 de unidad tributaria mensual.  Segundo, la pena de multa se la damos por cumplida con el día que pasó privado de libertad en audiencia de control de la detención del día 24 de julio de 2020.  Tercero, no se condena en costas por haber aceptado responsabilidad.  Cuarto, se le sustituye la pena privativa de libertad, por 1 año de remisión condicional, año durante el cual quedará sujeto al control de Gendarmería debiendo presentarse entonces al centro de reinserción social Santiago Occidente, ubicado en Calle Monumento N° 2079 de la comuna de Maipú, dentro de los 5 días siguientes, ejecutoría la presente sentencia para el caso de que no cumpla correctamente registraría como abono el día d

Fallo

fallo dictado en audiencia por el Juez, de conformidad al artículo 39, 41, 42 y demás pertinentes del mismo cuerpo legal. En consecuencia, toda incongruencia que se advierta entre el registro de la sentencia (audio) y la transcripción administrativa posterior generada de esta forma y/o los certificados de todo tipo, deberán ser refrendados y/o extendidos por el Ministro de Fe del tribunal, respectivamente, mediante cotejo con los registros de las actuaciones jurisdiccionales (audio), al tenor de lo dispuesto en los incisos cuarto y quinto del artículo 44 del Código Procesal Penal, labor que no puede ser suplida por vía jurisdiccional, siendo a este respecto esta transcripción referencial. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Sr(a) Administrador(a) del Juzgado.” Código: XEVXSWJXXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-14T11:43:39-0300

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía Santiago Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: 11-01-2025 TRIBUNAL: 9° Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: HUGO SALGADO RUC: 2000747000-3 RIT: 5831 - 2020 IMPUTADO: JHON HAIRON HERNÁN ASTUDILLO FUENTES CI: 0020220335-3 Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): “Que el día 23 de julio de 2020 ,

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