MP C/ FERNANDO VÍCTOR GONZÁLEZ SOTO
Rol
O-466-2024
Fecha
13 de enero de 2025
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “Durante el mes de enero del año 2023, en virtud de gestiones de investigación desarrolladas por la Brigada de Antinarcóticos de Valparaíso, las cuales incluyeron vigilancias y el control de consumidores adquirentes de droga, se estableció que en el inmueble emplazado en el Pasaje el Coigue N° 2, El Vergel Alto, Cerro la Cruz de Valparaíso, sus residentes, se dedicaban habitualmente a la ejecución de actos de tráfico de drogas consistentes en la guarda posesión y venta de sustancia ilícitas”. “En tal sentido, siendo las 15:15 horas, del día 16 de enero del 2023, durante la vigilancia policial, estos determinan que el consumidor Código: GHXFXSRENUE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Página 2 de 27 Alex Pasten Rey, concurre hasta el domicilio ubicado en Pasaje el Coigue N° 2, El Vergel Alto, Cerro la Cruz de Valparaíso, donde compra a cambio de una suma de dinero 01 envoltorio de papel, contenedor de 0,31 gramos brutos (0,14 gramos netos) de cocaína base, con un porcentaje de pureza no inferior al 5% de su peso, los cuales son encontrados en su posesión por personal policial, en tiempo inmediato a su adquisición, el cual declaró haber adquirido dicha sustancia ilícita en el domicilio de la acusada JACQUELINE DEL CARMEN GONZALEZ SOTO”. “En base a lo anterior, a eso de las 15:40 horas, del día 16 de enero de 2023, atendida la existencia de signos evidentes de la comisión de un delito de tráfico de drogas en el interior del inmueble Pasaje el Coigue N° 2, El Vergel Alto, Cerro la Cruz, comuna de Valparaíso, personal policial ingresa al interior de la propiedad y en su interior sorprende a JACQUELINE DEL CARMEN GONZALEZ SOTO, guardando, teniendo y poseyendo, en distintos sectores del inmueble, sustancias ilícitas e instrumentos y efectos delictivos, conforme al siguiente detalle: • 22,93 gramos brutos (21.57 g
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha dos de enero del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por la Jueza Presidenta de Sala doña Paula Ramos Vergara e integrada, además, por el juez titular don José Cifuentes Gil y por la jueza interina María Verónica Torres Reyes, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RUC 2300063147-7, RIT 466-2024, seguido en contra del acusado FERNANDO VÍCTOR GONZÁLEZ SOTO, cédula de identidad N°12.848.558-9, nacido en Valparaíso el 13 de enero de 1972, 52 años, casado, maestro constructor, sexto básico aprobado, domiciliado en calle El Vergel Alto, la Medialuna, casa 31, Cerro La Cruz, comuna de Valparaíso. Sostuvo la acusación el Ministerio Público de esta ciudad, representado por la fiscal Lorena Aspee Novoa y la defensa, en tanto, fue asumida por el abogado Marcos Schmitt Magasich de la Defensoría Penal Pública, todos con domicilios y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “Durante el mes de enero del año 2023, en virtud de gestiones de investigación desarrolladas por la Brigada de Antinarcóticos de Valparaíso, las cuales incluyeron vigilancias y el control de consumidores adquirentes de droga, se estableció que en el inmueble emplazado en el Pasaje el Coigue N° 2, El Vergel Alto, Cerro la Cruz de Valparaíso, sus residentes, se dedicaban habitualmente a la ejecución de actos de tráfico de drogas consistentes en la guarda posesión y venta de sustancia ilícitas”. “En tal sentido, siendo las 15:15 horas, del día 16 de enero del 2023, durante la vigilancia policial, estos determinan que el consumidor Código: GHXFXSRENUE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Página 2 de 27 Alex Pasten Rey, concurre hasta el domicilio ubicado en Pasaje el Coigue N° 2, El Vergel Alto, Cerro la Cruz de Valparaíso, donde compra a cambio de una suma de dinero 01 envoltorio de papel, contenedor de 0,31 gramos brutos (0,14 gramos netos) de cocaína base, con un porcentaje de pureza no inferior al 5% de su peso, los cuales son encontrados en su posesión por personal policial, en tiempo inmediato a su adquisición, el cual declaró haber adquirido dicha sustancia ilícita en el domicilio de la acusada JACQUELINE DEL CARMEN GONZALEZ SOTO”. “En base a lo anterior, a eso de las 15:40 horas, del día 16 de enero de 2023, atendida la existencia de signos evidentes de la comisión de un delito de tráfico de drogas en el interior del inmueble Pasaje el Coigue N° 2, El Vergel Alto, Cerro la Cruz, comuna de Valparaíso, personal policial ingresa al interior de la propiedad y en su interior sorprende a JACQUELINE DEL CARMEN GONZALEZ SOTO, guardando, teniendo y poseyendo, en distintos sectores del inmueble, sustancias ilícitas e instrumentos y efectos delictivos, conforme al siguiente detalle: • 22,93 gramos
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 30, 49, 50, 68, 69 y 70 del Código Penal; arts. 1, 8, 12, 36, 45, 47, 53, 102, 282 a 291, 295, 296, 297, 298, 315 inciso final, 325 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 4 y 52 de la Ley Nº 20.000, Ley N°19.970, artículo 4 de la Ley N°18.216, se declara: I. Que se condena a FERNANDO VÍCTOR GONZÁLEZ SOTO, cédula de identidad N°12.848.558-9, ya individualizado, en calidad de autor del delito consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de droga, previsto y sancionado en los artículos 4° en relación al 1° de la Ley 20.000, descubierto en Valparaíso, el día 24 de octubre de 2023, a la pena de quinientos cuarenta y un (541) días de presidio menor en su grado medio, multa de 1 UTM y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que, en cuanto a la pena de multa impuesta, se autoriza al condenado a pagarla en tres cuotas iguales y sucesivas, siendo pagadera la primera de ellas dentro de los cinco primeros días del mes siguiente a aquél en que quede ejecutoriada esta sentencia y así sucesivamente las restantes cuotas. Si no tuviere bienes para satisfacer la multa impuesta, se estará, si procediere, conforme a lo que se dispone expresamente en el artículo 52 de la Ley Nº20.000. III. En lo que dice relación con la forma de cumplimiento de la pena corporal impuesta, reuniendo el sentenciado los requisitos es
Texto Completo (Preview)
Página 1 de 27 DELITO: Tráfico ilícito de estupefacientes (art. 4 Ley 20.000) RUC N° 2300063147-7 RIT N° 466-2024 ACUSADO: FERNANDO VÍCTOR GONZÁLEZ SOTO. FISCAL: LORENA ASPEE NOVOA. DEFENSOR: MARCOS SCHMITT MAGASICH. Valparaíso, trece de enero de dos mil veinticinco. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha dos de enero del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica