2º Juzgado de Letras de Copiapó

COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO S.A./

Rol

V-35-2020

Fecha

19 de agosto de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 10 de enero de 2020, don Mario Lucio Barassi Ramírez, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 15.794.531-9, en representación de COMPAÑÍA MINERA DEL PACIFICO S.A., empresa minera chilena, Rut N° 94.638.000-8, ambos domiciliados en calle Brasil N° 1050, Vallenar, solicitó 30 pertenencias mineras denominadas "CASTILLA 4 D 1 AL 30”, ubicadas en la Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama. Esta manifestación se formula en uso del derecho que posee por ser titular de la concesión de exploración denominada “CASTILLA 4 D”, cuyo pedimento fue presentado en el Tercer Juzgado de Letras de Copiapó, el 25 de septiembre de 2017, fecha que debe ser tenida como la de presentación de esta manifestación. La sentencia constitutiva se dictó con fecha 16 de febrero de 2018 y se inscribió a fs.1.655 N° 1.009 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó, correspondiente al año 2018. 2) Que el acta de mensura presentada con fecha 05 de junio de 2021, da cuenta de la mensura de las pertenencias "CASTILLA 4 D 1 AL 30”, ubicadas en Llano de Hornitos, Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, las que abarcan una superficie total de 300 hectáreas. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: VÉRTICE NORTE (m) ESTE(m) L1 6.922.000,000 343.000,000 L2 6.922.000,000 344.000,000 L3 6.919.000,000 344.000,000 L4 6.919.000,000 343.000,000 3) Que con fecha 15 de enero de 2020, la manifestación en referencia fue inscrita a fs.193 N° 133 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.565 de fecha 29 de enero de 2020, ambos documentos acompañados con fecha 12 de agosto de 2020. 4) Que con fecha 02 de septiembre de 2020, se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería Nº 42.746, documento acompañado con fecha 06 de octubre de 2020. 5) Que en el curso de la tramitación no se notaron faltas o ilegalidades y la operación de mensura fue practicada en forma correcta, según informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº 4270, de fecha 15 de julio de 2021, agregado mediante resolución de fecha 20 de julio de 2021. No obstante lo anterior, el Servicio Nacional de Geología y Minería informó con observaciones la operación de la mensura, mediante Ordinario N° 3051 de fecha 24 de mayo de 2021, agregado mediante resolución de fecha 28 de mayo de 2021. Y Vistos además, lo dispuesto en el artículo 85 del Código de Minería,

Fallo

SE DECLARA: Que SE APRUEBA el plano y el acta de mensura y quedan constituidas las pertenencias "CASTILLA 4 D 1 AL 30”, ubicadas en Llanos de Hornitos, Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, con una superficie total de 300 hectáreas, en favor de COMPAÑÍA MINERA DEL PACIFICO S.A. Extráctese la presente sentencia en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase copia autorizada de esta sentencia y del acta de mensura en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Copiapó; y remítase copias de las mismas piezas al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese los planos en los términos establecidos en el artículo 87 del mencionado cuerpo legal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol V-35-2020. Dictada por doña María Teresa Marabolí Vergara, Jueza Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, en Copiapó, diecinueve de Agosto de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-35-2020 CARATULADO : COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO S.A./ Copiapó, diecinueve de Agosto de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 10 de enero de 2020, don Mario Lucio Barassi Ramírez, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 15.794.531-9, en representación de COMPAÑÍA MINERA DEL PACIFIC

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