Juzgado de Letras del Trabajo de Talca

GONZÁLEZ/INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SANTA FE SOCIEDAD ANONIMA

Rol

M-241-2022

Fecha

6 de septiembre de 2022

Materia

Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos no constituyen la causal por lo que solicita que su despido se califique como injustificado. Refiere antecedentes de derecho y concluye solicitando tener por interpuesta demanda en procedimiento monitorio laboral por despido injustificado por carecer de causa legal y cobro de prestaciones laborales, en contra de Ingeniería y Construcciones Santa Fe S.A. (en liquidación), representada por el liquidador titular don Tomás Andrews Hamilton, y solidaria o en subsidio subsidiariamente, en contra de Fisco de Chile, representado por el abogado procurador fiscal del Consejo de Defensa del Estado don José Isidoro Villalobos García-Huidobro, todos ya individualizados, admitirla a tramitación, y en definitiva acogerla inmediatamente o en subsidio, citar a la audiencia establecida en el inciso 5º del artículo 500 del Código del Ramo, y en uno u otro caso, dando lugar a las declaraciones y peticiones precisas y concretas que se formulan, y en definitiva declarar: a) Declaración de despido improcedente: Que el despido del que fui objeto por parte de mi ex – empleador Ingeniería y Construcciones Santa Fe S.A., fue improcedente. b) Indemnización sustitutiva de aviso previo: Derivado de lo anterior se condene a Ingeniería y Construcciones Santa Fe S.A. y solidaria o en subsidio subsidiariamente Fisco de Chile, al pago de $500.500 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. c) Prestaciones laborales: Que se condene a la parte demandada Ingeniería y Construcciones Santa Fe S.A. y solidaria o en subsidio subsidiariamente Fisco de Chile, al pago de las prestaciones laborales que contempla el cuerpo de esta demanda y que ascienden a un total de $689.522, a favor de su persona, por concepto de: 1) $450.450, de remuneraciones de 27 días del mes de Mayo de 2022; y 2) $239.072, por concepto de feriado proporcional respecto del periodo 20 de Septiembre de 2021 al 27 de Mayo de 2022. d) Intereses y reajustes legales: Que las sumas señaladas, sean pagadas en forma reaju

Fallo

Por tanto mi última remuneración mensual, conforme y para los efectos del artículo 172 inciso 1º del Código del Trabajo, asciende a la cantidad de $500.500.- Debe señalar que su ex – empleador no me ha cancelado la remuneración de 27 días del mes de Mayo de 2022, por lo que el monto total adeudado por éste concepto asciende a $450.450; más los reajustes, y hecho lo anterior aplicados los intereses que correspondan o la suma que se estime pertinente según el mérito de autos. Al mismo tiempo, el pago por concepto de feriado proporcional, por el periodo 20 de Septiembre de 2021 al 27 de Mayo de 2022, también es debido por su ex – empleador, adeudándose por éste concepto la cantidad de $239.072 más los reajustes, y hecho lo anterior aplicados los intereses que correspondan o la suma que se estime pertinente según el mérito de autos. Con fecha 27 de Abril de 2022, la demandada de autos Ingeniería y Construcciones Santa Fe S.A., a través de su Administrativa Jefe, le indica que su contrato terminará con fecha 27 de Mayo de 2022, siendo notificado de su despido personalmente y por escrito, aplicándosele el artículo 161 inciso 1 del Código del Trabajo, “Necesidades de la Empresa”. Indicando como hecho “Término de la Obra Global “Conservación global mixto por nivel de servicio y precios unitarios de caminos provincia de Talca, Sector Talca Norte, Etapa II, Región del Maule”, lo que implica una racionalización al interior de ésta y la reasignación de labores”. Los hechos no constitu

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Causa Ruc N° 22-4-0419396-5 Rit M-241-2022 Materia Despido injustificado Procedimiento Monitorio Demandante Paloma Génesis González Aravena C.I. 19.785.166-K Abogados Fernando Mauricio Maureira Orellana Erika Adelina Valdivia Soto C.I. 12.520.585-2 C.I. 12.910.428-7 Demandado Ingeniería y Construcciones Santa Fe S.A. Fisco de Chile Rut 99.541.910-6 Rut 61.202.000-0 Abogados J

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