MP C/ FLORENTINO DEL CARMEN SOLÍS CODOCEO
Rol
O-828-2024
Fecha
9 de enero de 2025
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
visto los artículos 36, 47, 406 a 415 del Código Procesal Penal; artículos 1, 11 N°s 6 y 9, 14 Nº 1, 15 N° 1, 18, 29, 31, 50 y siguientes del Código Penal, artículos 1 y 3 Ley 20.000, Ley n° 19.970 y Ley 18.216 , SE RESUELVE: I.- Se CONDENA a don FLORENTINO DEL CARMEN SOLIS CODOCEO, cédula nacional de identidad n° 7.879.319-8 en su calidad de AUTOR del delito consumado de Tráfico ilícito de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas, perpetrado el día 17 de julio de 2024, en la comuna de Los Vilos, a la pena de Cinco años ( 5 años) de presidio menor en su grado máximo, y a la pena de MULTA de CUARENTA (40) Unidades Tributarias Mensuales, además las penas legales accesorias del artículo 29 del Código Penal, esto es, la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que, se dispone el COMISO de la especie incautadas, esto es , 20 kilos 386 gramos de cannabis sativa, la que deberá ser destruida, una vez ejecutoriada la presente sentencia; dos celulares, pesa digital y la suma de $495.000. III.- Como se indicó en el punto número uno, la multa asciende al monto total de CUARENTA (40) Unidades Tributarias Mensuales, por lo que respecto de ella se señala que: MULTA SE LE CONVIERTE EN RECLUSIÓN, según lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a que ha sido condenado y se le tiene por cumplida únicamente la multa de treinta Unidades Tributarias Mensuales, 30 UTM con el mayor tiempo que estuvo privado de libertad por esta causa desde el 17 de julio de 2024 al 6 DE OCTUBRE de 2024, ambas fechas inclusive, lo que el sistema computacional arroja un cómputo de 91 días de privación de libertad con motivo de esta causa, existiendo por tanto a su favor, 1 día de abono. Código: FFWPXSKQZRD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En c
Fallo
SE RESUELVE: I.- Se CONDENA a don FLORENTINO DEL CARMEN SOLIS CODOCEO, cédula nacional de identidad n° 7.879.319-8 en su calidad de AUTOR del delito consumado de Tráfico ilícito de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas, perpetrado el día 17 de julio de 2024, en la comuna de Los Vilos, a la pena de Cinco años ( 5 años) de presidio menor en su grado máximo, y a la pena de MULTA de CUARENTA (40) Unidades Tributarias Mensuales, además las penas legales accesorias del artículo 29 del Código Penal, esto es, la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que, se dispone el COMISO de la especie incautadas, esto es , 20 kilos 386 gramos de cannabis sativa, la que deberá ser destruida, una vez ejecutoriada la presente sentencia; dos celulares, pesa digital y la suma de $495.000. III.- Como se indicó en el punto número uno, la multa asciende al monto total de CUARENTA (40) Unidades Tributarias Mensuales, por lo que respecto de ella se señala que: MULTA SE LE CONVIERTE EN RECLUSIÓN, según lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a que ha sido condenado y se le tiene por cumplida únicamente la multa de treinta Unidades Tributarias Mensuales, 30 UTM con el mayor tiempo que estuvo privado de libertad por esta causa desde el 17 de julio de 2024 al 6 DE OCTUBRE de 2024, ambas fechas inclusive, l
Texto Completo (Preview)
Los Vilos, nueve de enero de dos mil veinticinco. Transcripción parte resolutiva, sentencia dictada en registro de audio: Y visto los artículos 36, 47, 406 a 415 del Código Procesal Penal; artículos 1, 11 N°s 6 y 9, 14 Nº 1, 15 N° 1, 18, 29, 31, 50 y siguientes del Código Penal, artículos 1 y 3 Ley 20.000, Ley n° 19.970 y Ley 18.216 , SE RESUELVE: I.- Se CONDENA a don FLORENTINO DEL CARMEN SOLIS
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