MP C/ ÁLVARO GABRIEL ÁLVAREZ ANDRADE
Rol
O-4828-2022
Fecha
8 de enero de 2025
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR SOBRE 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos ocurridos en la ciudad de Temuco, el día 9 de agosto de 2022, a la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO y a la multa de DOS (2) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II.- Que se le condena, además, a la suspensión del cargo u oficio público mientras dure la condena. III.- Que no reuniéndose los requisitos legales de la Ley 18.216, no se le concederá ninguna de las penas sustitutivas contempladas en la referida ley, debiendo ingresar a cumplir la pena efectivamente desde que se presente a cumplir o sea habido, careciendo de abonos. Para estos efectos el imputado deberá presentarse ante el CDP de Mulchén, dentro del plazo de 10 días desde que esté ejecutoriado el presente fallo , bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. IV.- Que respecto a la multa impuesta,
Fundamentos
considerando las fracciones superiores a 12 horas que ha permanecido detenido con ocasión de esta causa, los días 9 y 10 de agosto del 2022 y 7 y 8 de enero de 2025, parcialmente se convertirá a Reclusión la multa impuesta, dando por cumplida 1,33 unidad tributaria mensual y el saldo de 0,66 , deberá pagarse en pesos en el equivalente que tenga la unidad tributaria mensual al momento de su pago, mediante un depósito que efectuará en la Tesorería General de la República, cuyo comprobante de pago deberá acompañar al Tribunal a fin de acreditar el cumplimiento de la misma, otorgándose de oficio plazo para el pago hasta el 8 de marzo del 2025. Si no pagar e Código: VDTXXSXKSSF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la multa impuesta será citado bajo apercibimiento legal a audiencia, conforme lo dispone el artículo 49 del Código Penal. VI.- Que se le condena en costas, pero se le exime del pago por su actitud procesal en la causa. Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese esta sentencia y archívese en su oportunidad. RIT N°: 4828 – 2022. RUC N°: 2200772630-2. DICTADO POR DOÑA RUTH ISABEL MARTÍNEZ VELÁSQUEZ, JUEZ DE GARANTIA DE TEMUCO. Código: VDTXXSXKSSF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-14T22:52:29-0300
Fallo
fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema. Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 12 N° 16, 14, 15, 24, 25, 26, 30, 32, 40, 49, 50, 52, 60, 70, 76, 432, 44 6 N° 2, 449 del Código Penal; lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial el artículo 395, se resuelve: I.- Que se CONDENA a ÁLVARO GABRIEL ÁLVAREZ ANDRADE, ya individualizado, como autor del delito tentado de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco, el día 9 de agosto de 20
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RESUMEN RIT : 4828 - 2022 RUC : 2200772630-2 MATERIA : Hurto simple IMPUTADO : ÁLVARO GABRIEL ÁLVAREZ ANDRADE CÉDULA DE IDENTIDAD : 13.954.650-4 DOMICILIO : Sector Leonera, Calle Los Andes, Casa Nº 302, Chiguayante. AGRAVANTES : Artículo 12 N° 16 del Código Penal RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Temuco, ocho de enero de dos mil veinticinco Hecho: El día 9 de agosto de 2022 a las
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