C/ FRANKLIN ELIER VERDU ALVAREZ
Rol
O-42-2023
Fecha
9 de enero de 2025
Materia
OTROS DELITOS DE LA LEY DE CONTROL DE ARMAS (LEY 17.798), PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos, a juicio del Ministerio Público, constituyen los delitos de porte y tenencia ilegal de municiones, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación con el artículo 2 de la ley sobre el control de armas y explosivos y porte de elementos destinados conocidamente a cometer delito de robo, del previsto y sancionado en el artículo art 445 del Código Penal, ambos hechos en grado de Código: VXQDXSFXLBD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 desarrollo consumado, atribuyendo al imputado participación en calidad de autor ejecutor del artículo 15 N° 1 del Código Penal. El Ministerio Público requiere que se imponga al acusado por el delito de porte y tenencia ilegal de munición, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación con el artículo 2 de la ley sobre el control de armas y explosivos, la pena de cinco años de presidio menor en su grado medio, comiso, accesorias legales y costas de la causa y por el delito de porte de elementos destinados conocidamente a cometer delito de robo, previsto y sancionado en el artículo art 445 del Código Penal, la pena de quinientos cuarenta días de presidio menor en su grado mínimo, comiso, accesorias legales y costas de la causa; además, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la Ley N° 19.970 sobre Sistema Nacional de Registros de ADN, se solicita determinar la huella genética del condenado, previa toma de muestras biológicas, y ordenar la incorporación de dicha huella genética al Registro de Condenados. TERCERO: Alegatos de apertura. El Ministerio Público postuló que mediante la declaración de los funcionarios policiales, más el peritaje respectivo y las fotografías y la evidencia incautada logrará acreditar tanto el hecho punible como la participación del acusado, por lo que pide que se dicte sentencia condenatoria. Por su parte, la defensa señaló que en este juicio sustentará una teoría colaborativa respecto del delito de tenencia de munici
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante esta Sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por don René Bonnemaison Medel como Juez Presidente, doña Cristina Cabello Muñoz en calidad de Jueza Integrante y don Pedro Aravena Bouyer como Juez Redactor, se llevó a efecto el juicio oral de la RIT N° 42-2023, RUC 2100210287-8, seguido en contra de Franklin Elier Verdu Álvarez, cédula de identidad N° 26.111.990-0, 32 años, nacido el 19 de enero de 1992 en Caracas, administrador tributario, domiciliado en calle Santa Rosa N°634, departamento 707, Santiago, para conocer los cargos que se han formulado en su contra por los delitos consumados de tenencia ilegal de municiones y porte de elementos destinados conocidamente a cometer el delito de robo. Sostuvo la acusación, en representación del Ministerio Público, la fiscal doña Viviana Montenegro Ulloa y la defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal privado don Davis Enrique Torres Pinto, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que el Ministerio Público formuló acusación en el siguiente tenor: “El día 4 de marzo de 2021, aproximadamente a 18:15 horas, en la vía pública, específicamente en la intersección de las calles Avenida San Pablo con calle Herrera, comuna de Santiago, el imputado Franklin Elier Verdu Álvarez, fue sorprendido por funcionarios de carabineros, portando, sin contar con autorización, en el interior del vehículo P.P.U. BTWF-89, que conducía, la cantidad de 11 cartuchos balísticos, aptos para ser utilizados como munición, y 01 punzón con mango color negro, herramienta destinada conocidamente para cometer el delito de robo”. Los hechos descritos, a juicio del Ministerio Público, constituyen los delitos de porte y tenencia ilegal de municiones, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación con el artículo 2 de la ley sobre el control de armas y explosivos y porte de elementos destinados conocidamente a cometer delito de robo, del previsto y sancionado en el artículo art 445 del Código Penal, ambos hechos en grado de Código: VXQDXSFXLBD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 desarrollo consumado, atribuyendo al imputado participación en calidad de autor ejecutor del artículo 15 N° 1 del Código Penal. El Ministerio Público requiere que se imponga al acusado por el delito de porte y tenencia ilegal de munición, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación con el artículo 2 de la ley sobre el control de armas y explosivos, la pena de cinco años de presidio menor en su grado medio, comiso, accesorias legales y costas de la causa y por el delito de porte de elementos destinados conocidamente a cometer delito de robo, previsto y sancionado en el artículo art 445 del Código Penal, la pena de quinientos cuarenta días de presidio menor en su grado mínimo, comiso, accesorias legales y costas de la causa; además, de
Fallo
por estas razones, que el Tribunal acoge plenamente dichas probanzas, estimándolas suficientes para derribar la presunción de inocencia que amparaba al acusado. DÉCIMO: Hechos acreditados. Que, en virtud de las pruebas reseñadas y debidamente valoradas en forma individual y sistemática en los considerandos precedentes, apreciados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, en concepto del tribunal reunieron el estándar necesario para dar por acreditado, más allá de toda duda razonable, el siguiente hecho: “El día 4 de marzo de 2021, aproximadamente a 18:15 horas, en la vía pública, específicamente en la intersección de las calles Avenida San Pablo con calle Herrera, comuna de Santiago, Código: VXQDXSFXLBD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 7 el imputado Franklin Elier Verdu Álvarez, fue sorprendido por funcionarios de carabineros, portando, sin contar con autorización, en el interior del vehículo P.P.U. BTWF-89, que conducía, la cantidad de 11 cartuchos balísticos, aptos para ser utilizados como munición, y 01 punzón con mango color negro, herramienta destinada conocidamente para cometer el delito de robo” UNDÉCIMO: Calificación jurídica, grado de desarrollo y participación. Que, en lo que compete a la calificación jurídica, los hechos que se dieron por probados en el apartado décimo, tipifican un ilícito de tenencia ilegal de municiones, previsto y sancionado en el artículo 9
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1 CUARTO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO. CONTRA : FRANKLIN ELIER VERDU ÁLVAREZ. DELITO : TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES Y PORTE DE ELEMENTOS DESTINADOS CONOCIDAMENTE A COMETER EL DELITO DE ROBO. RUC : 2100210287-8. RIT : 42-2023. Santiago, nueve de enero de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante esta
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