Juzgado de Garantía de Ovalle

CLAUDIO HERNAN HERRERA MUÑOZ C/ DIONISIO TRÁNSITO ZEPEDA ALQUINTA

Rol

O-193-2024

Fecha

8 de enero de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día de septiembre de , alrededor de las : horas, el acusado DIONISIO TRÁNSITO ZEPEDA ALQUINTA condujo, sin haber obtenido licencia profesional y en estado de ebriedad, con una dosificación de , gramos por mil de alcohol en la sangre, el vehículo tipo Minibus, marca Hyundai, modelo Grace , de color amarillo, placa patente única SX. , destinado al transporte de pasajeros, con una capacidad de asientos, por Avenida Ariztía Oriente de la comuna de Ovalle, siendo fiscalizado por personal de Carabineros, al llegar a la altura de calle Antonio Tirado, y detenido en el lugar. Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos , , , N° y , N° , , del Código Penal; artículos , , y de la Ley 8. , artículos , , , 8, 88 del Código Procesal Penal; y Ley 8. , se declara: I.- Que se condena a Dionisio Transito Zepeda Alquinta, cédula nacional de identidad N° . . - , ya individualizado(a), a sufrir la pena de ( ) sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de una unidad tributaria mensual y la prohibición de obtener licencia de conducir por el periodo de dos años, por su participación como autor de un delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia profesional, en grado de desarrollo consumado, hecho perpetrado en la comuna de Ovalle, el día de septiembre de . Se le impone asimismo, la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que se concede al sentenciado la pena sustitutiva de la privativa de libertad de remisión condicional, debiendo quedar sujeto a la vigilancia de la Sección Tratamiento en el Medio Libre de Gendarmería de Chile, por el periodo de un año y cumplir las demás instrucciones que ese organismo le imparta. El sentenciado deberá presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada esta sentencia, ante el Centro de Reinserción Social de Ovalle, para iniciar el cumplimiento de la pena sustitutiva concedida, bajo apercibimiento de revoca

Fallo

se declara: I.- Que se condena a Dionisio Transito Zepeda Alquinta, cédula nacional de identidad N° . . - , ya individualizado(a), a sufrir la pena de ( ) sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de una unidad tributaria mensual y la prohibición de obtener licencia de conducir por el periodo de dos años, por su participación como autor de un delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia profesional, en grado de desarrollo consumado, hecho perpetrado en la comuna de Ovalle, el día de septiembre de . Se le impone asimismo, la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que se concede al sentenciado la pena sustitutiva de la privativa de libertad de remisión condicional, debiendo quedar sujeto a la vigilancia de la Sección Tratamiento en el Medio Libre de Gendarmería de Chile, por el periodo de un año y cumplir las demás instrucciones que ese organismo le imparta. El sentenciado deberá presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada esta sentencia, ante el Centro de Reinserción Social de Ovalle, para iniciar el cumplimiento de la pena sustitutiva concedida, bajo apercibimiento de revocarle esta. III.- Se concede al sentenciado las facilidades contempladas en el art. del Código Penal, debiendo pagar la multa en dos ( ) parcialidades iguales, mensuales y sucesivas. El no pago de una sola de las parcialidades, hará exigible el total de la multa adeudada. El pag

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/acb SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Ovalle., a ocho de enero de dos mil veinticinco Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado LUIS EDUARDO CASAS LOPEZ RUC - RIT - Delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia profesional, previsto y sancionado en el artículo de la Ley N° 8. de Tránsito en relación con los artícu

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