1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ANDACOR S.A./DIRECCIÓN DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE

Rol

I-438-2021

Fecha

2 de septiembre de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 415, 420, 423, 496, 503, 505, 506 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: Que se rechaza el reclamo en todas sus partes, con costas, regulándose las personales de la instancia en la suma de Uno y Medio Ingresos Mínimos Mensuales Remuneracionales. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT I-438-2021 RUC N° 21-4-0374707-3 Dictada por Eduardo Alejandro Ramírez Urquiza, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. 8 de 7

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago CARLOS BAEZA GUIÑEZ, abogado, C.I 11.492.834-8, en representación, de ANDACOR S.A. (Rut 91.400.000-9, domiciliado para estos efectos en calle San Sebastián 2952, oficina 102, comuna de Las Condes, Región Metropolitana interponiendo reclamo conforme al artículo 503 del Código del Trabajo en contra de Dirección del Trabajo – INSPECCIÓN COMUNAL SANTIAGO ORIENTE, representada en autor por doña Gabriela Olave Rodríguez, ignoro profesión u oficio, ambos domiciliados en avenida Vitacura N° 3900, Vitacura. Detalla que se ha dictado en su contra la Resolución del Multa N° 8854/21/30 por la suma de 26,7 Ingresos Mínimos Mensuales, fundado en “…No exhibir la documentación exigida que deriva de las relaciones de trabajo, necesaria para efectuar las labores de fiscalización, según el siguiente detalle: acta de entrega de elementos de protección personal, derecho a saber, procedimiento de trabajo seguro, y sus inducciones (inherentes a la función de cajero (a) multifuncional). Lo anterior respecto de la trabajadora doña Marianny Medina, C.I. 26.178.572-2…”; lo que constituiría infracción de los artículo 31 y 32 del DFL N° 2 de 1967. Expone que en el contexto de un proceso de fiscalización, a propósito de un reclamo presentado por la trabajadora Marianny Medina se le piden una serie de documentos que debía acompañar en un plazo de 2 días los cuales podía enviar de manera remota. El 14 de octubre parte de ellos son entregados de manera presencial y el 15 de octubre se le envía la documentación faltante. Detalla que el fiscalizador no responde nada y posteriormente el 1 de diciembre recibir un correo del mismo fiscalizador indicando el término administrativo del reclamo, sin tener posibilidad de corregir algún tipo de error u acompañar algún documento faltante. Estima que en el proceso de fiscalización sea faltado al principio de bilateralidad y de especificación de la infracción al no permitírsele a esta parte realizar sus descargos respectos de la eventual infracción pudiendo exhibir y acompañar los documentos que supuestamente habrían faltado, nada de habría dicho respecto de los documentos supuestamente faltantes y su razón. Añade que hay desproporcionalidad en la sanción, considerando que la trabajadora ejerció sus funciones de cajera menos de un mes, por una renta bruta de $360.000 y en la actualidad se está cobrando una multa de $5.801.451. Pide que se deje sin efecto la multa y en subsidio se rebaje la misma. En subsidio de lo anterior que no se le condene en costas. SEGUNDO: Que la reclamada ha expresado que con fecha 14 de septiembre del 2021, en la Inspección Comunal del Trabajo de Santiago Oriente, se creó la comisión de fiscalización Nº 1322/2021/3548, producto de la denuncia realizada por una trabajadora en contra de su empleador, ANDACOR S.A., por las siguientes materias: 1) Protección de la vida y salud de los trabajadores: No proporcionar

Fallo

se declara: Que se rechaza el reclamo en todas sus partes, con costas, regulándose las personales de la instancia en la suma de Uno y Medio Ingresos Mínimos Mensuales Remuneracionales. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT I-438-2021 RUC N° 21-4-0374707-3 Dictada por Eduardo Alejandro Ramírez Urquiza, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. 8 de 7

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago CARLOS BAEZA GUIÑEZ, abogado, C.I 11.492.834-8, en representación, de ANDACOR S.A. (Rut 91.400.000-9, domiciliado para estos efectos en calle San Sebastián 2952, oficina 102, comuna de Las Condes, Región Metropolitana interponiendo

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica