Juzgado de Letras y Garantía de Yumbel

GATICA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE YUMBEL

Rol

O-17-2022

Fecha

2 de septiembre de 2022

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: A folio 1, se presentan, GREGORY PEÑAILILLO ARELLANO y MARCO VILLAGRA MARTÍNEZ, abogados, ambos con domicilio en calle Maipú N°461, oficina 407 de Linares, en representación de doña CAROLINA JEANNETTE GATICA MORALES, profesora, con domicilio en calle Galvarino N°463, Lomas de Antú, comuna de Yumbel, quienes dentro de plazo legal y haciendo uso de los derechos previstos en los artículos 160, 162, 168, 425, 432, 446 y demás pertinentes del Código del Trabajo, interponen demanda en procedimiento ordinario por despido injustificado, conjuntamente con el cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales, en contra de su ex empleadora, la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE YUMBEL, Rol Único Tributario N°69.150.900-1, representada judicialmente por su Alcalde, don JOSÉ AURELIO SÁEZ VINET, cédula de identidad N°7.052.971-8, ambos con domicilio en calle O’Higgins N°851, comuna de Yumbel, conforme a la relación circunstanciada de los hechos y los

Fundamentos

fundamentos de derecho que se exponen a continuación. I. RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS: 1.1. Antecedentes de la relación laboral. a) Ingreso: Indica que, con fecha 17 diciembre de 2018, doña Carolina Jeannette Gatica Morales ingresó a prestar servicios laborales para la Municipalidad de Yumbel b) Naturaleza de los servicios y del lugar de trabajo: Señala que la actora cumplió las funciones de Coordinadora de la Unidad Técnico Pedagógica del Departamento de Educación de Yumbel, prestando sus servicios en las dependencias de dicho organismo, ubicadas en calle O’Higgins N°889, de esta ciudad. Sus servicios comprendían la coordinación de la unidad técnico pedagógica del Departamento de Educación de Yumbel; la implementación y seguimiento de los planes de mejoramiento educativo (PME) derivados de la subvención escolar preferencial (SEP); así como todas aquellas actividades que emanen de la naturaleza del empleo, además de las establecidas en la ley, el reglamento de autoridad y las instrucciones emanadas del alcalde, su representante y el director del Departamento de Educación. c) Jornada de trabajo: Su jornada de trabajo pactada era de 44 horas semanales distribuida de lunes a viernes. d) Duración del contrato: En cuanto a la duración del contrato se estableció hasta el día 28 de febrero de 2020, fecha en la cual, y mediando el respectivo anexo, éste pasó a tener duración indefinida. e) Remuneración: Refiere que su remuneración mensual imponible del mes de febrero de 2022, último mes de trabajo íntegro para la demandada, alcanzó a la suma de $1.772.086. f) Trayectoria laboral: Expone que, la relación laboral transcurrió con normalidad, desempeñándose la trabajadora adecuadamente y de manera óptima en sus funciones dentro del departamento, esto es, ejecutar y desarrollar la gestión del área técnico pedagógica dentro del departamento en coordinación con los establecimientos educacionales de la comuna. Todo ello lo ejecutó hasta el 15 de marzo de 2022, día en que, mediante correo electrónico, es notificada de su despido. 1.2. Antecedentes del término de la relación laboral. a) Hechos relativos al término de la relación laboral: Indica que, tal como se dijo, con fecha 15 de marzo de 2022, mediante correo electrónico remitido por el abogado del Municipio, don Hans Günter A., y bajo el título “notifica decreto alcaldicio n°285 de fecha 14.03.2022 y estado de pago de cotizaciones”. Dicho correo electrónico contiene anexo, una copia del decreto alcaldicio N°285, el cual, en lo dispositivo, señala: “no ha lugar al recurso de reposición interpuesto, y en consecuencia manténgase la medida aplicada a doña carolina gatica morales consistente en “término de la relación laboral” por haber incurrido en la causal establecida en el artículo 160 n°7 del código del trabajo, debidamente acreditada en el proceso sumarial respecto de los hechos investigados que motivaron su instrucción. Cúmplase y hágase efectivo lo resuelto, al momento de practicar la not

Fallo

Por tanto, solicita tener por interpuesta demanda de procedimiento ordinario sobre despido injustificado y cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales, en contra de mi ex empleador la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE YUMBEL, representada legalmente por su alcalde, don JOSÉ AURELIO SÁEZ VINET, ambos ya individualizados, a fin de que se declare que el despido del cual fu objeto la demandante es injustificado, y se condene a la demandada al pago de las prestaciones señaladas en este libelo, con reajustes e intereses y con expresa condena en costas. A folio 5, con fecha 15 de junio de 2022, se presenta don Hans Percy Günther Ayala, Abogado, en representación convencional de la demandada Ilustre Municipalidad de Yumbel, representada legalmente por su Alcalde Sr. José Aurelio Sáez Vinet, todos domiciliados para estos efectos en calle O ́Higgins N°851, de la comuna y ciudad de Yumbel, Región del Bío Bío, quienes dentro del plazo legal, y de acuerdo al Art.452 del Código del Trabajo, viene en contestar la Demanda por Despido Injustificado y Cobro de Indemnizaciones y Prestaciones Laborales, interpuesta por doña Carolina Jeannette Gatica Morales, en contra su representada, la I. Municipalidad de Yumbel, solicitando su rechazo con costas: I.- NEGACIÓN DE LOS HECHOS: En primer lugar, conforme lo establece el artículo 452 del Código del Trabajo, esta parte niega todos y cada uno de los hechos en que se basa la demanda, así como la procedencia de las Prestaciones e Indemnizaciones pretendi

Texto Completo (Preview)

Yumbel, dos de septiembre de dos mil veintidós VISTO: A folio 1, se presentan, GREGORY PEÑAILILLO ARELLANO y MARCO VILLAGRA MARTÍNEZ, abogados, ambos con domicilio en calle Maipú N°461, oficina 407 de Linares, en representación de doña CAROLINA JEANNETTE GATICA MORALES, profesora, con domicilio en calle Galvarino N°463, Lomas de Antú, comuna de Yumbel, quienes dentro de plazo legal y haciendo uso

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica