CAMPOS/I. MUNICIPALIDAD DE TALCA
Rol
O-67-2022
Fecha
2 de septiembre de 2022
Materia
Cotizaciones Previsionales
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que comparece Jorge Enrique Campos Cáceres, Auxiliar de aseo y ornato, con domicilio en Calle 14 oriente con 13 / sur N°1857, de la comuna de Talca, y presenta demanda laboral de conformidad a procedimiento de aplicación general de declaración de existencia de relación laboral y el cobro de prestaciones de carácter previsional, en contra de su empleadora Ilustre Municipalidad de Talca, persona jurídica de derecho público, representada por su Alcalde Juan Carlos Díaz Avendaño, o quien haga sus veces, ingeniero Comercial, ambos domiciliados en calle 1 norte 797, Comuna De Talca, o por quien haga sus veces, solicitando desde ya se acoja, dando lugar a ella en todas y cada una de sus partes, con expresa condenación en costas, en base a los siguientes
Fundamentos
fundamentos: I.- Relación circunstanciada de los hechos: 1.- Relación laboral entre las partes: 1.- En el mes de junio de 1999, comencé a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para la Ilustre Municipalidad de Talca de manera ininterrumpida, celebrando en aquella oportunidad un contrato de trabajo por el cual me realizaron el pago de mis cotizaciones previsionales en tiempo y forma. 2.- Estos servicios consistían en realizar labores de aseo y mantención de jardines en las distintas plazas y lugares públicos de la comuna de Talca. 3.- Las labores las realizaba en una jornada completa, en un comienzo de 48 horas y actualmente de 45 horas semanales. 4.- Posteriormente y con fecha enero del año 2008, mi empleador, en forma unilateral, decide cambiar la modalidad de contratación, y comenzar a realizar múltiples contratos de honorarios, emitiendo las respectivas boletas de honorarios, pese a que en los hechos nada cambio, continúe de igual forma prestando servicios, en las mismas funciones de aseo y mantención, de jardines, en las diversas plazas y lugares públicos de Talca. 5.- Esta modalidad de contratación se ha mantenido hasta el día de hoy. 6.- Desde el mes de abril de 2020 y una vez iniciada la pandemia, me encuentro con licencia médica, pues al ser mayor de 60 años mi empleador me solicitó presentarlas para ausentarme de mi trabajo, pagándome directamente y en forma normal mi remuneración hasta el mes de septiembre de 2021, las que actualmente alcanzan la suma de $450.346. 7.- En cuanto a los feriados, nos siguieron dando vacaciones, durante el mes de febrero de cada año, lo que no se registraba en ningún libro. 8.- El único cambio que se produjo entre un periodo y otro, fue por parte de la administración municipal, ya que lo único que cambiaba era el Alcalde. 2.- En cuanto a la medida prejudicial precautoria. Cabe hacer presente que a fin de preparar la presente demanda, se interpuso una medida prejudicial preparatoria establecida en el art 273 N°3 del Código de Procedimiento Civil, de exhibición de instrumento privado, en particular "contratos, de cualquier naturaleza, sean de planta, a honorarios o por Código del Trabajo, celebrados entre don José Segundo Orellana Jaque y la Ilustre Municipalidad de Talca En audiencia especial de fecha 8 de febrero de 2022, en causa Rit 426 del 2021, caratulada "Campos con Ilustre Municipalidad de Talca", se produjo la exhibición de 52 contratos a honorarios de don Jorge Campos Cáceres que cubren todo el periodo comprendido entre enero del año enero 2013 a agosto 2021. La parte demandada exhibe en concreto los siguientes documentos: I. Copia de contratos de prestación de servicios a honorarios en donde aparece la firma de la requirente de fechas: enero a agosto 2021; enero, abril, mayo, junio, julio agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre 2020; Enero a diciembre 2019; enero 2018; Mayo a diciembre 2018. 32 Copia de contratos de prestación de servicios a honorarios e
Fallo
Por tanto, En mérito de lo expuesto y de conformidad a lo establecido en los artículos 7, 8, 9, 41, 68, 454, 162, 168, 173 y artículos 446 y siguientes, todos del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes, Ruego a US.: Tener por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general de declaración de certeza, en contra de mi empleadora Ilustre Municipalidad de Talca, representada por su Alcalde o quien haga sus veces, ya individualizados; admitirla a tramitación, citar a la audiencia preparatoria establecida en el artículo 451 del código del Trabajo, y en definitiva solicito declarar y condenar: A. Declaración existencia relación laboral: Tal como lo hemos sostenido el vínculo contractual que me une con la parte demandada, es de naturaleza jurídica laboral y por ende solicito que Ssa. declare la existencia de una relación individual de trabajo habida entre mi persona y la Ilustre Municipalidad de Talca, junio de 1999 a la fecha, en calidad de auxiliar de aseo y mantención, con jornada completa, y una remuneración mensual igual a $450.346. B. Pago de remuneraciones: Como lo hemos sostenido, mi ex empleador debe ser condenados a pagarme por concepto remuneración los meses de octubre hasta la fecha por un monto mensual de $450.346.- más los reajustes e intereses legales que correspondan o la suma de Ssa. estime pertinente según el mérito de autos, solicitando así sea declarado.- C. Pago cotizaciones: Subsecuente con lo anterior, Ilustre Municipalidad de Talca, d
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SENTENCIA. PROCEDIMIENTO: ORDINARIO MATERIA: DECLARACIÓN DE DERECHOS Y COBRO DE PRESTACIONES PREVISIONALES DEMANDANTE: JORGE ENRIQUE CAMPOS CÁCERES DEMANDADO: I. MUNICIPALIDAD DE TALCA, REPRESENTADA POR SU ALCALDE JUAN CARLOS DÍAZ AVENDAÑO RIT N° O-67-2022 RUC N° 22- 4-0384835-6 Talca, a dos de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS: Que comparece Jorge Enrique Campos Cáceres, Auxiliar de aseo
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