C/ JUAN RAMÓN VEGA ACUÑA
Rol
O-6811-2023
Fecha
6 de enero de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos acreditados: “El día 10 de Diciembre de 2023, aproximadamente a las 11:30 horas, Avenida San Francisco con Avenida Lo Blanco, comuna de El Bosque, el imputado JUAN RAMÓN VEGA ACUÑA conducía en estado de ebriedad y sin atender a las condiciones del tránsito, el vehículo marca DFSK, modelo Suv 500, color blanco, año 2022, placa patente única SDYR-38, colisionando al vehículo marca DFMK, modelo Truck, color blanco, año 2023, PPU STYB- 45, que se encontraba estacionado en el lugar, de propiedad de la víctima B.M.V.G., causándole daños en el parachoques delantero y trasero abollado, avaluados prudencialmente por la víctima en $1.200.000. Al momento de concurrir carabineros al lugar, funcionarios pudieron advertir que el imputado conducía en estado de ebriedad atendido su hálito alcohólico, incoherencia al hablar, rostro congestionado e inestabilidad al caminar, a quien se le realizo prueba respiratoria Alcotest, arrojando 1.72 gr/mil de alcohol en la sangre. Posteriormente la alcoholemia practicada al imputado arrojó 1.53 gr/mil de alcohol en la sangre.” Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Atenuantes: Artículo 11 N° y N° 9 del Código Penal. Agravantes: No concurren. Santiago, a seis de enero de dos mil veinticinco SE DECLARA: I.- Que, se acoge la solicitud del Ministerio Público, como consecuencia se condena a JUAN RAMÓN VEGA ACUÑA, cédula nacional de identidad n° - , 1 años, nacido el 10 de julio de 1973, domiciliado en Calle CORBETA ORIENTE Nº , Puente Alto, mail juanvegaac@gmail.com ; apercibido legalmente de conformidad con el artículo 2 del Código Procesal Penal, como AUTOR del delito de CONDUCIÓN DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD CON Código: FGVKXSYWVVB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RESULTADO DE DAÑOS, previsto en el artículo y sancionado en el artículo 19 en de la ley 18.290, en grado de desarrollo de consumado, hecho ocurrido el día 10 de diciembre de 2023, en la
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se acoge la solicitud del Ministerio Público, como consecuencia se condena a JUAN RAMÓN VEGA ACUÑA, cédula nacional de identidad n° - , 1 años, nacido el 10 de julio de 1973, domiciliado en Calle CORBETA ORIENTE Nº , Puente Alto, mail juanvegaac@gmail.com ; apercibido legalmente de conformidad con el artículo 2 del Código Procesal Penal, como AUTOR del delito de CONDUCIÓN DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD CON Código: FGVKXSYWVVB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RESULTADO DE DAÑOS, previsto en el artículo y sancionado en el artículo 19 en de la ley 18.290, en grado de desarrollo de consumado, hecho ocurrido el día 10 de diciembre de 2023, en la comuna de El Bosque, en perjuicio de la propiedad de la víctima B.M.V.G, a sufrir la pena de VEINTIÚN Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO, accesorias legales del artículo 30 del código penal, de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, SUSPENSIÓN LICENCIA DE CONDUCIR VEHICULOS MOTORIZADOS POR EL TERMINO DE DOS AÑOS, sin costas. II.- Que, por cumplir con los requisitos del artículo 4° y siguientes de la Ley 18.21 , se sustituye la pena corporal impuesta en esta sentencia por el término de UN AÑO de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, periodo durante el cual el sentenciado quedara sujeto a la discreta vigilancia de Gendarmería de Chile, sección de medio libre, esto e
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RESUMEN: R.U.C. : - R.I.T. : - DELITO : CONDUCIÓN DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE DAÑOS NOMBRE IMPUTADO : JUAN RAMÓN VEGA ACUÑA CÉDULA DE IDENTIDAD : . . - DOMICILIO : Calle CORBETA ORIENTE Nº , Puente Alto FISCAL : MARCO NUÑEZ DEFENSOR PUBLICO : ANIBAL LLANOS TRIBUNAL : ° JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO FECHA DE SENTENCIA : de enero de TIPO DE RESOLUCIÓN : Transcripción de parte r
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