C/ IAN DEALKAR ESPEJO VIGNEAU
Rol
O-9325-2024
Fecha
2 de enero de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Hechos: El día 18 de octubre de 2024, a las 22:14 horas aproximadamente, en calle Gandarillas frente a la numeración 105, comuna de Puente Alto, el imputado IAN DEALKAR ESPEJO VIGNEAU interceptó a la víctima, el señor de iniciales C.A. A. O. quién se encontraba en la calle manipulando su teléfono celular, procediendo a intimidarlo con un arma con apariencia de fuego, apuntándolo e intimidándolo verbalmente, señalándole textualmente “entrégame el celular” la victima temió seriamente por su vida e integridad física, tolerando que el imputado le sustrajera con ánimo de lucro y contra de la voluntad de su dueño un teléfono celular marca Samsung modelo A30 de su propiedad, huyendo el sujeto con la especie en su poder, apropiándose de esta, la cual fue avalada por la víctima en la suma de $200.000 pesos. Posteriormente el imputado fue detenido, por funcionarios de carabineros, verificándose que la pistola correspondía a una pistola de gas comprimido, marca Estinger de gas comprimido no apto para la propulsión. Calificación jurídica: Los hechos precedentemente descritos, constituyen a juicio del Ministerio Público el ilícito de robo con intimidación, que se encuentra tipificado en el artículo 436, inciso 1° del Código Penal. SENTENCIA (Parte Resolutiva) Puente Alto., dos de enero de dos mil veinticinco Y atendido lo dispuesto en el código penal, artículos 1, 3, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 22, 29, artículo 436, en relación al 432 del Código Penal, ley 18.216, ley 19.970 artículo 5 y demás normas pertinentes, se decide que: I.- Que se condena a IAN DEALKAR ESPEJO VIGNEAU C.I. 22.138.208-0, por su responsabilidad como autor del delito consumado de ROBO CON INTIMIDACION, acontecido en la comuna de Puente Alto el día 18 de octubre del año 2024, y a sufrir por ello la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, accesorias del artículo 29 del código penal, consistente en la inhabilitación absoluta y perpetua Código: JFBUXSDXXFB Este do
Fallo
se decide que: I.- Que se condena a IAN DEALKAR ESPEJO VIGNEAU C.I. 22.138.208-0, por su responsabilidad como autor del delito consumado de ROBO CON INTIMIDACION, acontecido en la comuna de Puente Alto el día 18 de octubre del año 2024, y a sufrir por ello la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, accesorias del artículo 29 del código penal, consistente en la inhabilitación absoluta y perpetua Código: JFBUXSDXXFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos por el tiempo que dure la condena. II.- Que respecto al cumplimiento de la pena corporal, reuniéndose en la presente causa los requisitos legales del artículo 15 y 15 bis de la ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad antes mencionada por la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por el mismo término de su condena, debiendo presentarse el condenado en el Centro de Reinserción Social Santiago Sur II, ubicado en calle Balmaceda 046, comuna de Puente Alto, para cumplir durante el periodo con el plan de intervención individual que se aprobará en su oportunidad, debiendo cumplir además con las condiciones de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la ley 18.216. El condenado deberá presentarse en el CRS mencionado el jueves 09 de enero del 2025, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra, bajo apercibimiento de que
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Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado. Fecha Puente Alto., dos de enero de dos mil veinticinco Magistrado CAROLINA ALEJANDRA TOLEDO LÓPEZ Fiscal CONSTANZA UGALDE Defensor Priv. SUSANA SALAS Hora inicio 10:04AM Hora termino 10:16AM Sala Por confirmar 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta jmg RUC 2401267032-6 RIT 9325 - 2024 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA IAN D
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