PLAZA DEL TRÉBOL S.A./
Rol
V-20-2021
Fecha
16 de agosto de 2021
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, don Felipe Valdés Gabrielli, abogado, comparece en representación convencional de PLAZA DEL TRÉBOL S.A., sociedad del giro inmobiliario, representada por don Oscar Munizaga Delfín, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura N°2969, Piso 17, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, y amparado en lo dispuesto en el artículo 6º inciso 2º de la Ley N° 18.101, solicita restitución inmediata y sin forma de juicio del inmueble que su representada ha entregado en arriendo a la sociedad LANGUES AFFAIRS SpA, sociedad del giro de inversión de todo tipo de muebles e inmuebles, corporales o incorporales, entre otros, representada por don Sebastián Ruiz Teagle Ortuzar, chileno, casado, ingeniero comercial, y por don Felipe Garay Pérez, casado, abogado, todos con domicilio en Los Militares N° 4611, local 5, comuna de Las Condes, en su calidad de arrendataria del inmueble consistente en los locales comerciales N° G 110/ G 111/ G 112/ G 113/ G 228/ G 232/ G 236/ G 240, situados en el nivel uno del centro comercial Mall Plaza del Trébol, ubicado en Avenida Jorge Alessandri N°3177, comuna de Talcahuano, ciudad de Concepción. Funda su solicitud, en que con fecha 07 de julio de 2016, su representada (la arrendadora) celebró un contrato de arriendo con la sociedad Langues Affairs SpA (la arrendataria), dicho contrato fue modificado con fecha 25 de marzo de 2019, entregando en definitiva en arriendo a ésta última, los locales comerciales ya singularizado. Posteriormente, en el mes de octubre de 2020, la arrendataria hizo completo abandono de los inmuebles arrendados antes individualizados, Foja: 1 sin previo aviso y sin restituirlos a su arrendadora, situación que se mantiene hasta el día de hoy. Por tales razones, pide en definitiva, en virtud de lo dispuesto en la norma legal citada, se ordene la entrega de los inmuebles, previa certificación de un ministro de fe del abandono de los mismos. Acompaña en su libelo, documentos funda
Fallo
por lo expuesto precedentemente, resulta que se ha cumplido con el trámite que la ley de arrendamiento de predios urbanos le otorga al arrendador, para solicitar la entrega del inmueble arrendado, debiendo así resolverse. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 6 inciso 2º de la Ley N° 18.101, se declara: I. Que, ha lugar a lo solicitado en folio 1, en consecuencia, se autoriza la restitución inmediata de los inmuebles, consistentes en los locales comerciales N° G-110, G-111, G-112, G-113, G-228, G-232, G- 236 y G-240, situados en el nivel uno del Centro Comercial Mall Plaza del Trébol, ubicado en Avenida Alessandri N°3177 comuna de Talcahuano, al solicitante de autos, Plaza Del Trébol S.A. II. Que el ministro de fe encargado de la diligencia, levantará acta del estado en que se encuentre el bien raíz al momento de su entrega al arrendador y remitirá copia de ella al tribunal, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 6 inciso segundo parte final de la Ley N° 18.101. Notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol V-20-2021 Dictada por doña ANTONELLA FARFARELLO GALLETTI, Juez Titular del Segundo Juzgado Civil de Talcahuano. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Talcahuano, diecis is de Agosto de dos mil veintiunoé Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar de
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Foja: 1 FOJA: 7 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : V-20-2021 CARATULADO : PLAZA DEL TR BOL S.A./É Talcahuano, dieciséis de Agosto de dos mil veintiuno. VISTO: A folio 1, don Felipe Valdés Gabrielli, abogado, comparece en representación convencional de PLAZA DEL TRÉBOL S.A., sociedad del giro inmobiliario, representada por don Oscar Munizaga
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