1º Juzgado Civil de Chillán

ALARCÓN/

Rol

V-142-2019

Fecha

16 de agosto de 2021

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Chillán CAUSA ROL : V-142-2019 CARATULADO : ALARCÓN/ Chillán, a dieciséis de agosto de dos mil veintiuno. VISTO,

Fundamentos

CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 con fecha, 06 de septiembre de 2019, comparece en autos doña Sandra Alarcón Osorio, abogada, domiciliada para estos efectos en calle Claudio Arrau número 738, Chillán; actuando en representación del Instituto de Desarrollo Agropecuario. Expone que el Banco de Chile, oficina Chillán, emitió un vale vista endosable, número 220-2600100-0213069, tomado a la orden de Consultora Ingeniera construcción Arriendo y Servicios Eduardo Alejandro Fuentes, también “Consultora Hidrocuenca E.I.R.L., Rut 76.075.084-0, documento emitido con fecha 18 de octubre de 2017, por un monto de $1.140.384 a favor del Instituto de Desarrollo Agropecuario, documento que se habría extraviado. En razón de lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en los artículo 88 y siguientes de la ley 18.092, en relación al artículo 107 del mismo cuerpo legal solicita se decrete orden de no pago al documento individualizado, se notifique al Banco de Chile, a través de don Rodrigo Sáez Schnake, gerente de la sucursal de Chillán y se declare el extravío del mismo reemplazándolo por la sentencia que dicte el tribunal. SEGUNDO: Que, a folio 4 la solicitante acompañó a su presentación documento denominado Certificado de fecha 6 de marzo de 2019, documento que da cuenta de vale vista emitido a nombre del beneficiario Instituto del Desarrollo Agropecuario. TERCERO: Que, el Tribunal, a folio 5, con fecha 25 de septiembre de 2019, dio curso a la solicitud, confiriendo el traslado respectivo a la institución financiera, de conformidad a lo establecido en el artículo 88 del Párrafo 9° de la Ley 18.092. CUARTO: Que, a folio 28 4(E) con fecha 18 de junio de 2021, consta en autos, notificación efectuada al Gerente General de Banco de Chile, don Eduardo Ebensperger Orrego. QUINTO: Que, a folio 12, rola publicación en el Diario Oficial de fecha 15 de diciembre de 2020, cuya certificación rola a folio 14 y certificándose a folio 34 que dentro de plazo legal no han comparecido terceros haciendo valer sus derechos en la presente gestión. SEXTO: Que, con la publicación efectuada en el Diario Oficial a la que se ha hecho referencia, se ha dado cumplimiento a uno de los requisitos que prescribe la ley 18.092. SÉPTIMO: Que, también consta en autos que ha transcurrido el plazo establecido en el inciso 2º del artículo 89 de la ley citada, dentro del cual no comparecieron interesados a hacer valer sus derechos, siendo notificada la institución bancaria referida, el 18 de junio 2021, la que tampoco se opuso a la solicitud planteada en autos.

Fallo

Por lo expuesto y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 88, 89, 92 y 102 de la Ley 18.092 y artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I. Que, ha lugar a lo solicitado en lo principal de folio 1, y, en consecuencia, se declara extraviado el documento consistente en vale vista endosable, número 220-2600100-0213069, tomado a la orden de Consultora Ingeniería Construcción Arriendo y Servicios Eduardo Alejandro Fuentes, también “Consultora Hidrocuenca E.I.R.L., Rut 76.075.084-0, documento emitido con fecha 18 de octubre de 2017, por un monto de $1.140.384 a favor del requirente Instituto de Desarrollo Agropecuario, debiendo el Banco de Chile, extender un duplicado a la orden de la solicitante ya individualizada, declarándose nulo y sin ningún valor el documento extraviado. II. Obténgase por la solicitante las copias respectivas a través de la oficina judicial virtual. Regístrese y dese copia autorizada de esta sentencia. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Chillan, dieciséis de Agosto de dos mil veintiuno T Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occi

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Chillán CAUSA ROL : V-142-2019 CARATULADO : ALARCÓN/ Chillán, a dieciséis de agosto de dos mil veintiuno. VISTO, CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 con fecha, 06 de septiembre de 2019, comparece en autos doña Sandra Alarcón Osorio, abogada, domiciliada para estos efectos en calle Claudio Arrau número 738, Chillán

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