C/ EDRYAN YOSUÉ CORNEJO GARCIA
Rol
O-3650-2024
Fecha
30 de diciembre de 2024
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos ocurridos el día 03 de junio 2024. El imputado conocía o no podía menos que conocer su origen ilícito, toda vez que no lo había recibido de su dueño o tenedor legítimo y no mantenía documento o antecedente alguno que justificara su tenencia legítima. Código: DNWXXSNXLGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SE DECLARA: I.- Que se condena a EDRYAN YOSUE CORNEJO GARCIA, C.I. n° 0021986571-6, en calidad de autor, de un delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, previsto y sancionado en el artículo 456 bis a) del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 4 de junio de 2024, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE 1/3 de UTM A BENEFICIO FISCAL, MAS ACCESORIA DE SUSPENSIÓN DE CARGOS U OFICIOS PÚBLICOS MIENTRAS DURE LA CONDENA. II- En cuanto a la pena impuesta por reunir requisitos del artículo 4 y siguientes de la ley 18.216, sin oposición del Ministerio público, se otorga la pena alternativa de REMISIÓN CONDICIONAL, por el tiempo de duración de la condena, debiendo estampar la firma una vez al mes ante el respectivo Centro de Reinserción Social. En caso de revocarse sin abonos que considerar. III.- En cuanto a la multa se tiene por pagada por el día 5 de junio de 2024, privado de libertad en esta causa. IV.- Se alzan las medidas cautelares. V.- Si procediere, aplicación de lo dispuesto en el artículo 38 de la ley 18.216. VI.- Sin costas por haber sido representadas por la defensoría penal pública. HABIENDO RENUNCIADO A LOS PLAZOS, dese cumplimiento, en su oportunidad, a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. SE OFICIA AL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL Código: DNWXXSNXLGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada e
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a EDRYAN YOSUE CORNEJO GARCIA, C.I. n° 0021986571-6, en calidad de autor, de un delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, previsto y sancionado en el artículo 456 bis a) del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 4 de junio de 2024, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE 1/3 de UTM A BENEFICIO FISCAL, MAS ACCESORIA DE SUSPENSIÓN DE CARGOS U OFICIOS PÚBLICOS MIENTRAS DURE LA CONDENA. II- En cuanto a la pena impuesta por reunir requisitos del artículo 4 y siguientes de la ley 18.216, sin oposición del Ministerio público, se otorga la pena alternativa de REMISIÓN CONDICIONAL, por el tiempo de duración de la condena, debiendo estampar la firma una vez al mes ante el respectivo Centro de Reinserción Social. En caso de revocarse sin abonos que considerar. III.- En cuanto a la multa se tiene por pagada por el día 5 de junio de 2024, privado de libertad en esta causa. IV.- Se alzan las medidas cautelares. V.- Si procediere, aplicación de lo dispuesto en el artículo 38 de la ley 18.216. VI.- Sin costas por haber sido representadas por la defensoría penal pública. HABIENDO RENUNCIADO A LOS PLAZOS, dese cumplimiento, en su oportunidad, a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. SE OFICIA AL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL Código: DNWXXSNXLGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser vali
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, treinta de diciembre de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CAROLINA IVONNE REYES CANDIA RUC: 2400639612-3 RIT: 3650-2024 IMPUTADO EDRYAN YOSUE CORNEJO GARCIA C.I. 21.986.571-6 FECHA DE NACIMIENTO 28/11/2005 DIRECCION Elisa Undurraga N° 1430 COMUNA: Conchalí DELITO Receptación de
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