DAYANNA CATALINA MENDOZA CURÍN C/ BASTIÁN FELIPE MUÑOZ PALMA
Rol
O-2268-2024
Fecha
2 de enero de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 13 de Junio de 2024, alrededor de las 01:40 horas, los imputados BASTIAN FELIPE MUÑOZ PALMA, FREDDY ANTONIO CATALAN ALVAREZ, JUAN CARLOS NAVARRO ROJAS y LUIS ANDRES POBLETE GONZALEZ llegaron a las dependencias del Minimarket “Cascanueces” ubicado en calle Ottawa N° 4620, comuna de San Joaquín, lugar desde donde sustrajeron, con ánimo de lucro y en contra de la voluntad de su dueño, mediante la fractura del portón de acceso principal y de la cortina metálica del establecimiento, las siguientes especies: 300 cajetillas de cigarros y la suma de $ 600.000.- en dinero en efectivo, especies avaluadas por la víctima en la suma total de $ 2.350.000.-; para posteriormente darse a la fuga del lugar con las especies en su poder. A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos precedentemente configuran el delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal; encontrándose el ilícito en grado de desarrollo consumado, correspondiéndole a los imputados participación en calidad de autores de conformidad a lo establecido en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Santiago, dos de enero de dos mil veinticinco. - Vistos y teniendo presente en los artículos: 1, 3, 11 número 9, 14 número 1, 15 número 1, 12 Número 16, artículo 24, 25 y siguientes del Código Penal y el artículo 442 número dos del mismo cuerpo normativo antes mencionado y 47, 297, 340, 341, 342, 348, 406 y siguientes y 468 del Código procesal penal y disposiciones de la Ley 18216, se declara: I.- Que se condena a FREDDY ANTONIO CATALÁN ÁLVAREZ, ya individualizado a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor Código: CXXNXSDCPXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del delito de robo con fuerza en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°
Fallo
se declara: I.- Que se condena a FREDDY ANTONIO CATALÁN ÁLVAREZ, ya individualizado a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor Código: CXXNXSDCPXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del delito de robo con fuerza en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°2 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de consumado, cometido el día 13 de junio 2024 en la comuna de San Joaquín. II.- Que reuniéndose la especie en los requisitos establecidos en el artículo octavo del 18216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado, se le sustituye por la de reclusión parcial nocturna consistente en el encierro en su domicilio entre las 22:00 horas de cada día y las 6:00 horas del día siguiente, debiendo computarse 8 horas continuas de reclusión parcial por cada día de la pena privativa de libertad que le ha sido impuesta en la causa, estableciéndose como mecanismo de control el sistema de monitoreo telemático, sirviéndole de abono el tiempo que está permaneció privado de libertad y con motivo de esta causa, desde el día 13 de junio del año 2024, fecha en la cual se ha encontrado ininterrumpidamente sometido a la medida cautelar de prisión preventiva según consta en audiencia de control de la detención de la misma fecha. III.- Q
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RUC : 2400679782-9 RIT : 2268 - 2024 MAGISTRADO : ALEJANDRA ANDREA MUÑOZ SANCHEZ NOMBRE IMPUTADO : FREDDY ANTONIO CATALÁN ÁLVAREZ CEDULA DE IDENTIDAD : 0020054229-0 DOMICILIO : Pasaje DALILA Nº 3051, comuna de Maipú. FISCAL : IGNACIO PEFAUR CORNEJO DEFENSOR PÚBLICO : DIEGO MUÑOZ Y DANIELA VALENZUELA TRIBUNAL : 12º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : dos de enero de dos mil veinti
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