NUÑEZ MALDONADO Y COMPAÑIA/MOP DIRECCIÓN GEN AGUAS
Rol
C-11974-2019
Fecha
13 de agosto de 2021
Materia
AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A trav s de presentaci n ingresada por Oficina Judicial Virtual coné ó fecha 5 de abril de 2019, comparece don Agust n Domingo Silva Almarza,í abogado, en representaci n de ó N ez Maldonado y Compa a, úñ ñí sociedad del giro inmobiliario, rol nico tributario N 76.724.458-4, ú ° ambos domiciliados para estos efectos en calle Carlos Ant nez N 2025, oficina 902, comuna deú ° Providencia, quien deduce demanda en juicio sumario, en contra de la Direcci n General de Aguas, servicio dependiente del Ministerio de Obrasó P blicas, representada legalmente por su Director, don Oscar Enrique Cristiú Marf l, ingeniero comercial, ambos domiciliados en calle Morand N 59,í é ° piso 8, comuna de Santiago. Solicita al Tribunal se declare el perfeccionamiento de t tulos de losí Derechos de Aprovechamiento de Aguas de que es titular su representado y que individualiza a continuaci n conforme a las inscripciones queó acompa añ : a) Derechos de aprovechamiento de aguas que sirven para el“ regad o, consistentes en: Cero coma cero cincuenta metros c bicosí ú que se extraen del Brazo Poniente del R o Claro, equivalente a 50í litros por segundo en su entrega m xima normalá ”, seg n daú cuenta la inscripci n de fojas 377, n mero 305, del Registro deó ú Propiedad de Aguas ( RPA ) del a o 2017 del Conservador de“ ” ñ Bienes Ra ces ( CBR ) de Talca;í “ ” b) Derechos de aprovechamiento de aguas que sirven para el“ regad o, consistentes en: Cero coma cero setenta y cinco metrosí c bicos que se extraen del Brazo Poniente del R o Claro,ú í equivalente a 75 litros por segundo en su entrega m ximaá normal”, seg n da cuenta la inscripci n de fojas 378, n mero 306,ú ó ú del RPA del a o 2017 del CBR de Talca;ñ c) Derechos de aprovechamiento de aguas que sirven para el“ regad o, consistentes en: Cero coma cero cincuenta metros c bicosí ú que se extraen del Brazo Poniente del R o Claro, equivalente a 50í litros por segundo en su entrega m xima normal ,á ” seg n daú cuenta la inscripci n de fojas 3
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Agust n Domingo Silva Almarzaí , en calidad de mandatario judicial de la sociedad N ez Maldonado yúñ Compa añí , y deduce, en juicio sumario, demanda de perfeccionamiento de t tulos de derechos de aprovechamiento de agua en contra í de la Direcci nó General de Aguas, representada por su director don scar Enrique CristiÓ Marfil, solicitando se declare perfeccionados los derechos de agua rese adosñ en su libelo, se alando que todos ellos corresponden a derechos deñ aprovechamiento consuntivos sobre aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, que se captan gravitacionalmente desde sus respectivas fuentes naturales en la comuna de San Clemente, provincia de Talca, Regi n del Maule, dej ndose constancia de ello, al margen de laó á inscripci n conservatoria de cada derecho de agua a perfeccionar.ó SEGUNDO: Que la demanda se sigui en rebeld a de laó í demandada. TERCERO: Que el art culo 44 del Decreto Supremo N 1.220 queí ° aprueba el Reglamento del Catastro P blico de Aguas, Todos los titularesú “ de derechos de aprovechamiento de aguas, reconocidos de acuerdo a los art culos 19N 24 inciso final de la Constituci n Pol tica del Estado, 7 delí ° ó í Decreto Ley 2603 de 1979 y a los art culos 1 y 2 transitorios del C digo deí ó Aguas, cuyos t tulos se encuentren incompletos, ya sea por falta deí regularizaci n o por no indicarse las caracter sticas esenciales de cadaó í derecho, con el objeto de incorporarlos al Catastro P blico de Aguas a queú obliga la ley y este Reglamente, deber n previamente perfeccionar yá regularizar sus derechos de acuerdo a los criterios y presunciones que establece la ley en los art culos 309, 310, 311, 312 y 313 del C digo deí ó Aguas y dem s pertinentes .á ” RIT« » Foja: 1 Que a su turno en inciso final del art culo 45 del mismo Reglamentoí establece que la falta de determinaci n o indefinici n de alguna de lasó ó caracter sticas que indica ese art culo obliga a los titulares de los respectivosí í derechos a perfeccionarlos o regularizarlos previamente a su registro. Dichas caracter sticas son: a).- Nombre del titular; b).- El lveo o ubicaci n delí á ó acu fero de que se trata: c).- Provincia en que se sit e la captaci n y laí ú ó restituci n, en su caso; d) Caudal, de acuerdo a los establecido en losó art culos 7 y 268 del C digo de Aguas; e).- Aquellas caracter sticas con queí ó í se otorga y reconoce el derecho , de acuerdo a la clasificaci n establecida enó el art culo 12 del C digo de Aguas , esto es, si se trata de un derechoí ó consuntivo o no consuntivo, de ejercicios permanente o eventual, o de ejercicio continuo, discontinuo o alternado entre varias personas. CUARTO: Que el demandante, rindi prueba y acompaó ñó a la carpeta electr nica, los siguientes documentos no objetados: 1) ó Copia del expediente Rol N 24.002-1992, seguido ante el Segundo Juzgado de Letrasº de Talca, incluida la definitiva dictada con fecha 9 de marzo de 1992; 2) Copias autoriz
Fallo
por tanto, de acuerdo a nuestra legislaci n, la especificaci n de las caracter sticasó ó í esenciales de un derecho de aguas resulta imprescindible para ajustar sus t tulos a derecho y con ello inscribirlo en el Catastro P blico, que es elí ú registro de la DGA. Bajo el subt tulo Presunciones que establece el C digo de Aguas yí “ ó que sirven para perfeccionar los t tulos de un derecho de aguas , haceí ” presente que estas tienen por finalidad establecer las caracter sticasí esenciales de un derecho de aguas, las cuales deben ser consideradas por el tribunal al momento de perfeccionar los t tulos en cuesti n. í ó Luego, indica en primer lugar, que los derechos de aguas cuyo“ perfeccionamiento solicita, son de uno consuntivo” conforme lo dispuesto en el art culo 13 del C digo de Aguas, esto es, aquel que faculta a su titularí ó “ para consumir totalmente las aguas en cualquier actividad y que se” contrapone al no consuntivo , el cual permite emplear el agua sin“ ” consumirla y obliga a restituirla en la forma que lo determine el acto de adquisici n o de constituci n del derecho. ó ó Expone que seg n consta en las inscripciones conservatorias de losú derechos de aguas a que se refiere la presente demanda, todos ellos corresponden a derechos de aprovechamiento de aguas que sirven para el“ regad o . Agrega que el riego es un uso que implica el consumo de agua o,í ” en otras palabras, para un uso que no conlleva la obligaci n de devolver eló agua a su fuente natural, una vez apro
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11974-2019 CARATULADO : NU EZ MALDONADO Y COMPA IA/MOPÑ Ñ DIRECCI N GEN AGUASÓ Santiago, trece de Agosto de dos mil veintiuno VISTOS: A trav s de presentaci n ingresada por Oficina Judicial Virtual coné ó fecha 5 de abril de 2019, comparece don Agust n Domingo Silva Almarza,í abogado, en representa
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