Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysen

MINISTERIO PÚBLICO C/ VÍCTOR MANUEL ALVARADO GUENTÉN

Rol

O-256-2022

Fecha

2 de enero de 2025

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos referidos en la audiencia, así como los antecedentes de la carpeta investigativa, el Tribunal procede a dictar la sentencia integra en el registro de audio, transcribiendo solo lo resolutivo de ésta. Sentencia: Por estas consideraciones y, visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 nº 6 y n° 9, 14, 15, 25, 26, 30, 50, 67, 69, 70 y 456 Bis A del Código Penal; artículos 406, 407 y siguientes del Código Procesal Penal; y Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a VICTOR MANUEL ALVARADO GUENTÉN, cédula de identidad 21.477.878-5 ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de RECEPTACION DE VEHICULO MOTORIZADO, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, en grado de desarrollo CONSUMADO, en la jurisdicción de este tribunal con fecha 11 de marzo del año 2022, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la pena de MULTA de UNA (1) Unidad Tributaria Mensual y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Código: CQHQXSYLWEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que, respecto de la pena de multa impuesta, se tendrá por cumplida un tercio de la cantidad expuesta debiendo pagarse la cantidad restante dentro del quinto día del mes siguiente en que quede ejecutoriada la presente sentencia. III.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Coyhaique sin perjuicio de continuar con la firma en Puerto Aysén, dentro del décimo día recuperada su libertad por causa diversa, el periodo de control, es por el mismo tiempo de la pena privativa de libertad impuesta. En caso de no presentación, apercibimiento de despac

Fundamentos

fundamentos vertidos por las partes. Dictada por DANIEL EDUARDO HENRIQUEZ HENRIQUEZ, Juez Suplente del Juzgado de Letras, Familia y Garantía de Puerto Aysén. Código: CQHQXSYLWEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-03T14:07:01-0300

Fallo

Por estas consideraciones y, visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 nº 6 y n° 9, 14, 15, 25, 26, 30, 50, 67, 69, 70 y 456 Bis A del Código Penal; artículos 406, 407 y siguientes del Código Procesal Penal; y Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a VICTOR MANUEL ALVARADO GUENTÉN, cédula de identidad 21.477.878-5 ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de RECEPTACION DE VEHICULO MOTORIZADO, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, en grado de desarrollo CONSUMADO, en la jurisdicción de este tribunal con fecha 11 de marzo del año 2022, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la pena de MULTA de UNA (1) Unidad Tributaria Mensual y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Código: CQHQXSYLWEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que, respecto de la pena de multa impuesta, se tendrá por cumplida un tercio de la cantidad expuesta debiendo pagarse la cantidad restante dentro del quinto día del mes siguiente en que quede ejecutoriada la presente sentencia. III.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción S

Texto Completo (Preview)

Unidad de Garantía Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado. Fecha Puerto Aisén, dos de enero de dos mil veinticinco Magistrado Daniel Eduardo Henriquez Henriquez (S) Fiscal Alex Olivero Núñez Defensor Roberto César Silva Jara Hora inicio 10:57AM Hora termino 11:16AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysen Acta mjv RUC 2200236931-5 RIT 256 - 2022 NOMBRE

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica