19º Juzgado Civil de Santiago

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES/OCTA CHILE S.A.

Rol

C-35319-2019

Fecha

13 de agosto de 2021

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 19 de diciembre de 2019, comparece don OMAR SAFFIE LAMAS, ingeniero agr nomo, Alcalde subrogante de la MUNICIPALIDADó DE LAS CONDES, en representaci n de la referida Municipalidad, ambosó con domicilio en esta ciudad, Avda. Apoquindo 3.400, Comuna de Las Condes, e interpone demanda ejecutiva de cobro de patentes comercial y derechos municipales en contra de OCTA CHILE S.A., representada por ENRIQUE MARMENTINI SOBRINO, se ignora profesi n u oficio,ó domiciliado en AV.EL BOSQUE NORTE 140 OFICINA 44 Las Condes. Se ala al efecto que el ejecutado de autos adeuda a su representada,ñ por concepto de patente comercial los per odos singularizados en losí certificados N 164305, 176844 y 188952 emitidos por el Secretario° Municipal y que corresponden a los siguientes montos: 1. $1.105.050, correspondiente al segundo semestre de 2018. 2. $1.119.433, correspondiente al primer semestre de 2019. 3. $1.079.471, correspondiente al segundo semestre de 2019. Refiere que de conformidad a lo dispuesto en el art culo 47 de la leyí de rentas municipales, Decreto Ley 3.063, los citados Certificado que emite el Secretario Municipal, en los que consta la deuda del contribuyente tienen merito ejecutivo. Adem s la obligaci n es l quida, actualmente exigible, y laá ó í obligaci n no se encuentra prescrita.ó Previas citas legales, solicita se despache mandamiento por las sumas se aladas, hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas.ñ C-35319-2019 Foja: 1 Con fecha 08 de mayo de 2020, la parte ejecutante amplia la demanda de autos, indicando que desde la presentaci n de estos autos seó han devengado los siguientes periodos morosos por concepto de patente municipal: 1. Certificado N 121249, cuyo vencimiento fue el d a 31 de julio de° í 2016, por la suma de $1.806.926. 2. Certificado N 132768, cuyo vencimiento fue el d a 31 de enero de° í 2017, por la suma de $1.828.034. 3. Certificado N 133354, cuyo vencimiento fue el d a 31 de julio de° í 2017, por la suma de $

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la excepci n incoada se encuentra contemplada enó el N 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, La° í ó “ prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva .ó ó ó ” Que para los efectos de resolver la presente excepci n, se deber teneró á en consideraci n que el art culo 2514 del C digo Civil, dispone que Laó í ó “ prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamenteó cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones , agregando adem s que se cuenta este tiempo desde que la” á obligaci n se haya hecho exigible. Que por su parte el inciso primero deló art culo 2521 del citado cuerpo legal, establece que Prescriben en tres a osí “ ñ C-35319-2019 Foja: 1 las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos .” SEGUNDO: Que este sentenciador necesariamente deber tenerá presente que de los propios t tulos que sirven de fundamento a la presenteí acci n y que corresponden a los certificados municipales se alados en loó ñ expositivo de la presente sentencia, as como de lo expuesto por elí ejecutante en su escrito de demanda, se desprende que efectivamente trat ndose de los per odos, por concepto de patentes comerciales, coná í vencimiento entre el 31 de julio 2016 y el 31 de enero de 2018, ello al tiempo de la notificaci n de la demanda, esto es, con fecha 18 de mayo deó 2021, ha transcurrido con creces el plazo de tres a os de prescripci nñ ó establecida en el citado art culo 2521, raz n por la cual la excepci ní ó ó opuesta necesariamente deber ser acogida solo respecto de las patentesá se aladas precedentemente, debiendo continuarse con la ejecuci nñ ó nicamente respecto del cobro de las patentes comerciales que van desde elú 31 de julio de 2018 y el 31 de julio de 2019.. Refuerza la conclusi n anterior, el allanamiento expresado por laó ejecutante. Y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698, 2514, 2521 delá í C digo Civil; art culos 41, 47 y 48 del D.L N 3063 de 1979, Sobre Rentasó í ° Municipales; art culos 144, 160, 170, 177, 254, 313, 346 N 3, 442, Art culoí ° í 434 N 7, 464 N 17, 465, 466, 467, 468, 470 y 471 del C digo de° º ó Procedimiento Civil,

Fallo

SE DECLARA: I.- QUE SE ACOGE PARCIALMENTE la excepci n deó prescripci n alegada solo respecto de los per odos con vencimiento entre eló í 31 de julio de 2016 y el 31 de enero de 2018, por concepto de patentes comerciales y derechos municipales, debiendo seguirse adelante con la ejecuci n hasta que el ejecutado, pague la suma adeudada al acreedor enó capital e intereses, nicamente respecto del cobro de las patentesú comerciales con vencimientos entre el 31 de julio de 2018 y el 31 de julio de 2019.- II.- Que no se condena al ejecutante en costas, por haber tenido motivo plausible para litigar. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í C-35319-2019 Foja: 1 Rol N 35319-2019° PRONUNCIADA POR DO A JACQUELINE IVETTEÑ BENQUIS MONARES, JUEZA TITULAR DEL D CIMOÉ NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, trece de Agosto de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-08-13T19:02:02-0400

Texto Completo (Preview)

C-35319-2019 Foja: 1 FOJA: 51 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-35319-2019 CARATULADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES/OCTA CHILE S.A. Santiago, trece de Agosto de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 19 de diciembre de 2019, comparece don OMAR SAFFIE LAMAS, ingeniero agr nomo, Alcalde subrogante de la MUNICIPALIDADó DE LAS CONDES, en

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