4º Juzgado de Garantía de Santiago

AUTOMOTRIZ GUILLERMO MORALES L C/ PABLO MAXIMILIANO COFFRE REYES

Rol

O-4108-2020

Fecha

2 de enero de 2025

Materia

ADMINISTRACIÓN DESLEAL DE PERSONA NATURAL ART. 470 N°11, APROPIACION INDEBIDA ART.470 N°1

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El acusado PABLO MAXIMILIANO COFFRE REYES, desde julio del año 2019, se desempeñó como Gerente, con todas las atribuciones que conlleva el cargo, de la sucursal HYUNDAI VITACURA de AUTOMOTRIZ GUILLERMO MORALES LTDA, ubicada en Avda. Vitacura N° 5373, comuna de Vitacura. En el marco de las labores propias de su cargo de gerente le correspondía supervisar todo el negocio que se realizaba en la sucursal, otorgando su visto bueno para los pagos que se realizaban por compras de vehículos entregados en parte de pago, descuentos, y la coordinación de entrega de vehículos junto a su respectiva documentación. El procedimiento de venta de vehículos de la sucursal se realizaba por medio de un sistema interno de la empresa de nombre “SIGA”, donde cada tipo de usuario tiene accesos y permisos definidos por perfil, que consiste en un software especializado que permite realizar las operaciones de la empresa en forma eficiente, donde el proceso comienza con: 1°) la cotización, 2°) luego la nota de venta, 3°) proceder al pago, que puede ser por crédito financiero, efectivo y/o entregando un vehículo en parte de pago, entregando al cliente el debido comprobante de pago; 4°) El acusado entrega el visto bueno para la operación una vez verificado el pago, lo que queda en sistema; y 5°) Finalmente, una vez realizado el pago, el gerente general de la sucursal ordena que se emita la factura y que se proceda a la entrega del vehículo. Además, es el propio acusado quien además se hace cargo de los pagos en efectivo, dejándolos en la caja fuerte, dado que es la única persona que tiene bajo su custodia la llave de la caja fuerte. Producto de un reclamo de un cliente de la sucursal Hyundai Vitacura, se procedió a revisar las operaciones de venta de vehículos de la sucursal, constatando diversas irregularidades en los procesos de venta cuyo usuario era PCOFRE, correspondiente al acusado, entre las que se puede mencionar pagos de dinero por parte de clientes que no ingresaron a la emp

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4° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 9º piso, Edificio B. Fono: 0 9 00 Fax: 0 9 Centro de Justicia de Santiago Pág. COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago. dos de enero de dos mil veinticinco, TRIBUNAL: 4º Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: CECILIA SOLEDAD VILLANUEVA PEREZ RUC: 2010027057-K RIT: 10 - 2020 IMPUTADO: PABLO MAXIMILIA

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