Juzgado de Garantía de Coquimbo

M.P. COQUIMBO C/ ALEJANDRO SEGISFREDO CASTRO ACOSTA

Rol

O-5660-2024

Fecha

2 de enero de 2025

Materia

PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°), POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 25 de septiembre de 2.024, a las 12:00 aproximadamente, personal de Carabineros sorprendió, en calle René Schneider con Arauco, Tierras Blancas, Coquimbo, al imputado Alejandro Castro Acosta, portando sin las autorizaciones competentes una pistola marca ruger modelo P89DC calibre 9*19 mm y 7 cartuchos balísticos marcad cbc y 1 cartuchos balísticos marca R-P.” B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. Coquimbo, a dos de enero del año dos mil veinticinco. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 7, 15 Nº 1, 18, 21, 24, 29, 30, 50, 68 y 69 del Código Penal, artículos, 1, 2 letra b), 6, 9, 15, 17, b), 18 y 23 de la Ley 17.798 y artículos 30, 36, 45, 47, 295, 297, 340, 341, 406 del Código Procesal Penal; artículos 1, 4, 5, 16 y 17 de la Ley 19.970; y artículos 1, 14 y siguientes de la ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA, sin costas, a ALEJANDRO SEGISFREDO CASTRO ACOSTA, cédula de identidad N° 13.424.031-8, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, ACCESORIA INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA PARA DERECHOS POLITICOS Y DE INHABILITACION ABSOLUTA DE CARGO Y OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA en su calidad de autor de un delito de porte ilegal de arma de fuego, ilícito previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2°letra b de la ley 17.798, perpetrado en la comuna de Coquimbo, el día 25 de septiembre del año 2024. II.- Que, asimismo SE CONDENA, sin costas, a ALEJANDRO SEGISFREDO CASTRO ACOSTA, cédula de identidad N° 13.424.031-8, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO Y ACCESORIA DE SUSPENSION DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, por su Código: EPSMXSFBXDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl responsabilidad en su calidad de autor de un delito de porte il

Texto Completo (Preview)

A.- HECHOS: “El día 25 de septiembre de 2.024, a las 12:00 aproximadamente, personal de Carabineros sorprendió, en calle René Schneider con Arauco, Tierras Blancas, Coquimbo, al imputado Alejandro Castro Acosta, portando sin las autorizaciones competentes una pistola marca ruger modelo P89DC calibre 9*19 mm y 7 cartuchos balísticos marcad cbc y 1 cartuchos balísticos marca R-P.” B.- SENTENCIA: Se

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