MP C/ JUAN PABLO VENEGAS TILLERÍA
Rol
O-6923-2024
Fecha
2 de enero de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos acreditados: El día 04 de Octubre de 2024, en horas de la madrugada, los imputados JUAN PABLO VENEGAS TILLERIA y GIOVANNI ALEXIS ALQUINTA DUARTE a la Escuela Crisol, ubicada en Calle Baquedano N° 9543, comuna de El Bosque, ingresando el imputado GIOVANNI ALEXIS ALQUINTA DUARTE mediante el corte del candado del cierre perimetral y fractura de una ventana de aluminio, sustrayendo desde el interior con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño un parlante LG, modelo X-Boom, un parlante color negro y un ventilador, color blanco, no logrando su cometido atendido que Carabineros llega al lugar y encuentra al imputado JUAN PABLO VENEGAS TILLERIA a bordo del vehículo marca Kia, modelo Rio, color rojo, PPU HVGJ-85, estacionado fuera de la escuela antes señalada y manteniendo en su poder, al interior del vehículo, el parlante marca LG, modelo X-Boom y el ventilador color blanco, además de una pistola de aire comprimido, modelo SIG SAUER. Por su parte, al momento de su detención, el imputado GIOVANNI ALEXIS ALQUINTA DUARTE portaba al interior de su mochila el parlante color negro, además de un martillo con empuñadura color verde con amarillo. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Circunstancias atenuantes acogidas: Código: UCQKXRMPZRZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Artículo 11 nº9 del Código Penal, la que se acredita por la aceptación del procedimiento abreviado. Circunstancias agravantes acreditadas: Artículo 12 N° 15 y 16 del Código Penal. El Ministerio Público de conformidad al artículo 407 del Código Procesal Penal, requirió la imposición de la pena rebajada en un grado atendida la aceptación del procedimiento abreviado. Santiago, dos de enero de dos mil veinticinco. SE DECLARA: I) Que se condena a GIOVANNI ALEXIS ALQUINTA DUARTE, cédula de identidad Nº18.333.515-4, y a JUAN PABLO VENEGAS TILLERÍA, cédula de identidad Nº20.040.039-9; ya individualizado, a la pena de NOVE
Fundamentos
considerando aceptación del procedimiento abreviado. Ejecutoriada que sea esta sentencia, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene por notificados de esta sentencia a los intervinientes presentes en esta audiencia. Dictada por doña VERÓNICA VÁZQUEZ HENRÍQUEZ, Juez del 11° Juzgado de Garantía de Santiago. Habiendo los intervinientes renunciados a los términos legales la sentencia se entenderá firme y ejecutoriada. Orden de libertad. Código: UCQKXRMPZRZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-02T17:24:46-0300
Fallo
SE DECLARA: I) Que se condena a GIOVANNI ALEXIS ALQUINTA DUARTE, cédula de identidad Nº18.333.515-4, y a JUAN PABLO VENEGAS TILLERÍA, cédula de identidad Nº20.040.039-9; ya individualizado, a la pena de NOVENTA DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a las accesorias legales de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autores del delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, en grado de frustrado cometido el día 04 de octubre de 2024 en el territorio jurisdiccional del Tribunal. II) Que se ordena el comiso de las especies incautadas al momento de su detención, esto es, el martillo, napoleón y pistola de aire comprimido, autorizando desde ya al Ministerio Público para la destrucción de las especies. III) Que la pena privativa de libertad se da por cumplida por el tiempo que permanecieron privados de libertad por la presente causa, desde el día 04 de octubre de 2024 al día de hoy 02 de enero de 2025. IV) Que no se condena en costas al sentenciado considerando aceptación del procedimiento abreviado. Ejecutoriada que sea esta sentencia, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene por notificados de esta sentencia a los intervinientes presentes en esta audiencia. Dictada por doña VERÓNICA VÁZQUEZ HENRÍQUEZ, Juez del 11° Juzgado de Garantía de Santiago. Habiendo los intervinientes renu
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RESUMEN: R.U.C.Nº : 2401190004-2 RIT. : 6923 - 2024 TIPO DE DELITO : ROBO EN LUGAR NO HABITADO NOMBRE IMPUTADO 1 : JUAN PABLO VENEGAS TILLERÍA CÉDULA DE IDENTIDAD : 20.040.039-9 FECHA DE NACIMIENTO : 06 de julio de 1998 DOMICILIO : CALLE VOLCAN MAIPO, Nº 14,463, DEPTO. 15, SAN BERNARDO. NOMBRE IMPUTADO 2 : GIOVANNI ALEXIS ALQUINTA DUARTE CÉDULA DE IDENTIDAD : 18.333.515-4 FECHA DE NACIMIENTO : 15
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