BENJAMIN ALEXANDER ZARABIA REYES C/ MATÍAS ANDRÉS ELGUETA ESCÁRATE
Rol
O-2148-2024
Fecha
2 de enero de 2025
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Fallo
se declara: I.- Que se condena a MATIAS ANDRES ELGUETA ESCÁRATE, ya individualizado, como autor del ilícito de HURTO FALTA, en grado de desarrollo FRUSTRADO, perpetrado en esta jurisdicción el 27 de octubre de 2024 A UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que la pena de multa, deberá pagarla a contar del mes siguiente del que se encuentre firme la sentencia, en la Tesorería General de la República debiendo acompañar el respectivo comprobante de pago a la causa. En caso cumplimiento insatisfactorio de la pena de multa se podrá sustituir en la forma prescrita en el artículo 49 del Código Penal. III.- Que, se exime del pago de las costas al condenado. Código: GFEMXSXFSXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En su oportunidad cúmplase con lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, Regístrese y Archívese si no fuere impugnado por recurso de nulidad. RUC : 2401306597-3 RIT : 2133-2024 Dictó FRANCISCO MADRID ALARCÓN, Juez del Juzgado de Letras y Garantia de Pucón. Código: GFEMXSXFSXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-06T12:31:16-0300
Texto Completo (Preview)
Fecha Pucón, dos de enero de dos mil veinticinco RESOLUCION SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO MODIFICATORIAS NO CONCURREN RUC 2401306597-3 RIT 2133-2024 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MATÍAS ANDRÉS ELGUETA ESCÁRATE 0015383342- 7 Calle DEL PILLAN 890 dpto 307 Nº 890 Pucón. En cumplimiento a lo resuelto por la Excma. Corte Suprema en el artículo 162 del acta N° 71-2016 de fecha
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica