Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia

TRIBUNAL DE FAMILIA VALDIVIA C/ ISAAC PATRICIO ROJAS OYARZO

Rol

O-180-2022

Fecha

30 de diciembre de 2024

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “Hecho Uno: En Valdivia, el día 31 de Diciembre de 2021, alrededor de las 21:52 horas, el acusado Isaac Patricio Rojas Oyarzo, amenazó a la víctima Jessica Álvarez Álvarez en forma seria grave y verosímil, vía messanger, enviándole mensajes en los que señalaba “te voy a enviar a mis soldados perra culia, maraca culia, gila culia, queris jugar conmigo vieja concha de tu madre, yo soy brigido, vieja basura”. Luego envió a la víctima, con el objeto de amedrentarla, imágenes del hijo de la afectada, Andrés Igor Álvarez de 6 años, e imágenes del domicilio de ésta. Hecho dos: En Valdivia, con fecha 01 de Enero de 2022, alrededor de las 18:00 horas, vía Messenger el acusado Isaac Patricio Rojas Oyarzo, vía Messenger, amenazó a la víctima Jessica Álvarez Álvarez en forma seria grave y verosímil, enviándole mensajes en los que le dice “te voy a matar vieja culia, a vos y a tu familia, voy a reventar la casa de tu abuela y la tuya”, ocasión en que el acusado nuevamente envió fotos del hijo de 6 años de la víctima, Andrés Igor Álvarez, diciéndole que le haría daño en donde lo encuentre, para posteriormente enviar fotografías de armas de fuego y armas blancas, manifestándole que con éstas le hará daño a su hijo, como asimismo a su hija Daniela Polet Gutiérrez Álvarez de 17 años, ex polola del imputado. Hecho tres: Que con fecha 02 de Enero de 2022, siendo las 21:30 horas, el acusado Isaac Rojas Oyarzo, transitaba en un vehículo por fuera del domicilio de la victimas, Jessica Álvarez Álvarez, Daniela Polet Gutiérrez Álvarez y el menor Andrés Igor Álvarez de 6 años; ubicado en calle Luis Durán de esta ciudad, vehículo desde el cual gritaba “te voy a matar vieja culia”. El Ministerio Público sostuvo que los hechos descritos satisfacen tres delitos de Amenazas no condicionales, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, con carácter de reiterado, en grado de consumado, correspondiéndole al imputado participación de autor de conformidad con lo dispues

Fundamentos

considerando: Primero: Individualización. Que el día veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, ante la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, integrada ininterrumpidamente por doña María Soledad Santana Cardemil, quien la presidió, don Cristóbal Lamas Undurraga y don Daniel Andrés Mercado Rilling, se realizó la audiencia de juicio oral en causa RIT 180-2022, RUC 2200006938-1, en contra del acusado Isaac Patricio Rojas Oyarzo, cédula de identidad número 20.016-788-0, nacido el dieciocho de septiembre de mil novecientos noventa y ocho, de veintiséis años, soltero, con estudios hasta cuarto medio, sabe leer y escribir, sin ocupación, expresando como su domicilio Circunvalación Sur 2757, población Pablo Neruda, comuna y ciudad de Valdivia. El juicio se efectuó para conocer de una acusación presentada por el Ministerio Público, sostenida por fiscal don Daniel Soto Soto. La defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Público, don Cristian Otárola Vera. Fiscal y defensor mantienen domicilio y forma de notificación informados en el Tribunal. Segundo: Acusación del Ministerio Público. De acuerdo con el auto de apertura, la acusación del Ministerio Público refiere los siguientes hechos: “Hecho Uno: En Valdivia, el día 31 de Diciembre de 2021, alrededor de las 21:52 horas, el acusado Isaac Patricio Rojas Oyarzo, amenazó a la víctima Jessica Álvarez Álvarez en forma seria grave y verosímil, vía messanger, enviándole mensajes en los que señalaba “te voy a enviar a mis soldados perra culia, maraca culia, gila culia, queris jugar conmigo vieja concha de tu madre, yo soy brigido, vieja basura”. Luego envió a la víctima, con el objeto de amedrentarla, imágenes del hijo de la afectada, Andrés Igor Álvarez de 6 años, e imágenes del domicilio de ésta. Hecho dos: En Valdivia, con fecha 01 de Enero de 2022, alrededor de las 18:00 horas, vía Messenger el acusado Isaac Patricio Rojas Oyarzo, vía Messenger, amenazó a la víctima Jessica Álvarez Álvarez en forma seria grave y verosímil, enviándole mensajes en los que le dice “te voy a matar vieja culia, a vos y a tu familia, voy a reventar la casa de tu abuela y la tuya”, ocasión en que el acusado nuevamente envió fotos del hijo de 6 años de la víctima, Andrés Igor Álvarez, diciéndole que le haría daño en donde lo encuentre, para posteriormente enviar fotografías de armas de fuego y armas blancas, manifestándole que con éstas le hará daño a su hijo, como asimismo a su hija Daniela Polet Gutiérrez Álvarez de 17 años, ex polola del imputado. Hecho tres: Que con fecha 02 de Enero de 2022, siendo las 21:30 horas, el acusado Isaac Rojas Oyarzo, transitaba en un vehículo por fuera del domicilio de la victimas, Jessica Álvarez Álvarez, Daniela Polet Gutiérrez Álvarez y el menor Andrés Igor Álvarez de 6 años; ubicado en calle Luis Durán de esta ciudad, vehículo desde el cual gritaba “te voy a matar vieja culia”. El Ministerio Público sostuvo que los hechos descritos satisfacen tres deli

Fallo

por tanto, solicitó se imponga al acusado las siguientes penas: Pena única de tres años de presidio menor en grado medio, accesorias legales del artículo 30 del Código Penal y costas del procedimiento. Código: KMLXXRXCMXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Tercero: Alegatos de apertura y clausura del Ministerio Público. Que el señor fiscal señaló en su alegato de apertura que instará por una condena estimando que cuenta con prueba suficiente para demostrar hechos y participación. En su alegato de clausura señaló que se ha logrado acreditar los presupuestos que configuran los delitos acusados destacando la declaración de una de las víctimas corroborado con los registros de mensajería. La declaración del acusado aporta en cuanto a su participación, origen y destino de los mensajes. Cuarto: Alegato de apertura y clausura de la defensa. Que la defensa planteó en su alegato de apertura enfatizó en que habrá tesis colaborativa e invocarán una atenuante para instar por pena distinta. En su alegato de clausura señaló que pide el reconocimiento de la atenuante de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos destacando los aportes del acusado. Quinto: Declaración del acusado. Que el acusado accedió a declarar, renunciando a su derecho a guardar silencio. Exhortado a decir verdad expuso que no se acuerda mucho de los hechos, en ese tiempo tomaba tratamiento, psicotrópico, es verdad de lo que se le a

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1 Valdivia, lunes treinta de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: Primero: Individualización. Que el día veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, ante la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, integrada ininterrumpidamente por doña María Soledad Santana Cardemil, quien la presidió, don Cristóbal Lamas Undurraga y don Dan

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