1º Juzgado de Letras de Buin

MANTAHUE SPA/MUNICIPALIDAD DE PAINE

Rol

C-833-2021

Fecha

12 de agosto de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece don Heraldo Castro Palma, empresario, chileno, divorciado, CI 6.092 291-8, en representaci n de Sociedad Mantahue Spa, del giro de venta deó muebles y colchones, RUT 76.043.718-2, ambos domiciliados en Longitudinal Sur, kil metro 41, parcela 138 A y 138 B, comuna de Paine, e interpone demanda deó prescripci n en contra de la ó Ilustre Municipalidad de Paine, entidad p blica,ú Rut 69.072.600-9, representada legalmente por su alcalde, don Diego Vergara Rodr guezí , chileno, c dula de identidad N°14.451.170-0, ambos con domicilio en Avda Generalé Baquedano 490, comuna de Paine, por los argumentos que expone a continuaci n:ó Que, de acuerdo al certificado de deuda emitido por la demandada, su representada adeudar a, por concepto de pago de patente comercial Rol 2002971, desdeí la primera cuota del a o 2009, hasta la segunda cuota del a o 2015, lo que asciende añ ñ $51.563.201 pesos, m s intereses por $16.595.834 y multas por $112.294.782, lo que daá un total de $180.453.817 pesos; Que, sin reconocer dichos antecedentes, se ala que las acciones de cobro de lañ Municipalidad provenientes de la patente enrolada, se encuentran prescritas. Invoca lo dispuesto en los art culos 2514, 2518, 2492, 2493, 2521 todos delí C digo Civil.ó Pide que se acoja su demanda y se declare la prescripci n extintiva 2Se alaó ñ qde las acciones y derechos de cobro por concepto de pago de patente comercial referida y detallada anteriormente, por el periodo demandado, m s intereses, reajustes yá multas, y se condene en costas, en caso de oposici n; ó Foja: 1 A folio 7, la demandada contesta y se allana a la demanda. A folio 12 se tuvo por evacuada la r plica por parte del demandante; é A folio 13, se omiti la recepci n de la causa a prueba conforme lo dispuestoó ó en el art culo 313 del C digo de Procedimiento Civil t se cit a o r sentencia; í ó ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don Heraldo Castro Palma, empresario, chileno, divorciado, CI 6.092 291-8, en representaci n de Sociedad Mantahue Spa, deló giro de venta de muebles y colchones, RUT 76.043.718-2, ambos domiciliados en Longitudinal Sur, kil metro 41, parcela 138 A y 138 B, comuna de Paine, e interponeó demanda de prescripci n en contra de la ó Ilustre Municipalidad de Paine, entidad p blica,ú Rut 69.072.600-9, representada legalmente por su alcalde, don Diego Vergara Rodr guezí , chileno, c dula de identidad N°14.451.170-0, ambos con domicilio ené Avda General Baquedano 490, comuna de Paine, por los argumentos referidos en la parte expositiva del presente fallo, los que se dan por reproducidos para todos los efectos legales; SEGUNDO: Que a folio 7, la Ilustre Municipalidad de Paine, representada por su alcalde, se allana a la demanda en todas sus partes; TERCERO: Que, no existiendo hechos controvertidos el tribunal, conforme lo dispuesto en el art culo 313 del C digo de Procedimiento Civil, omite la recepci n deí ó ó la causa a prueba y cita a o r sentencia; encontr ndose contestes las partes respecto deí á la petici n contenida en el libelo;ó CUARTO: Que, el demandante acompa los siguientes documentos: Oficioñó Ord N° 019/2021, de fecha 17/05, emitido por el jefe del departamento de rentas de la demandada; certificado de deuda por los periodos reclamados, emanado del mismo departamento municipal; copia de la escritura de constituci n de sociedad Alternativaó Spa de fecha 16/12/2008; copia de modificaci n de la sociedad citada a Mantahue Spaó de 21/04/2010; QUINTO: Que, atendido lo expuesto por las partes, el m rito del proceso,é documentos que se acompa an y especialmente a lo dispuesto en el art culo 2521 delñ í C digo Civil, habiendo transcurrido el plazo se alado para declarar la prescripci n de laó ñ ó Foja: 1 acci n del cobro de la patente adeudada por el actor, ROL 2002971, se proceder aó á acoger la demanda en todas sus partes; Y teniendo presente adem s, lo prescrito en los art culos 254, 144, 170 yá í 313 del C digo de Procedimiento Civil, 2497, 2514, 2521 y dem s pertinentes deló á C digo Civil, ó

Fallo

SE DECLARA: Que, se acoge la demanda deducida, por don Heraldo Castro Palma, en contra de la Ilustre Municipalidad de Paine, representada legalmente por su alcalde, don Diego Vergara todos ya individualizados, declar ndose la prescripci n extintiva de lasá ó obligaciones por concepto de pago de la patente N° 2002971, por el periodo comprendido entre el a o 2009 desde la primera cuota hasta el a o 2015 segundañ ñ cuotaque asciende a la suma de $51.563.201 pesos, m s reajustes, intereses y multas, loá que corresponde a la suma final de $180.453.817 pesos; Que no se condena en costas al demandado, atendido su allanamiento. Notif quese, dese copia y arch vese en su oportunidad.í í Rol N°C-833-2021 Dictada por do a M.Paz Rodr guez Maluenda, Juez Titular Primer Juzgado deñ í Letras de Buin; Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Buin, doce de Agosto de dos mil veintiuno TF Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-08-12T14:21:18-0400

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Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Buinº CAUSA ROL : C-833-2021 CARATULADO : MANTAHUE SPA/MUNICIPALIDAD DE PAINE Buin, doce de Agosto de dos mil veintiuno VISTOS: A folio 1, comparece don Heraldo Castro Palma, empresario, chileno, divorciado, CI 6.092 291-8, en representaci n de Sociedad Mantahue Spa, del giro de venta deó muebles y colchones, R

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