Juzgado de Letras y Garantía de Quintero

JORGE ESTEBAN GONZALEZ GUTIERREZ C/ HÉCTOR ALEJANDRO RIQUELME LIZANA

Rol

O-1876-2023

Fecha

30 de diciembre de 2024

Materia

CONTRAB. INFRAC A LA ORD. DE ADUAN ART 168. LEY 20.780

Resultado

No especificado

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Fallo

se declara: I.- Que se condena a HÉCTOR ALEJANDRO RIQUELME LIZANA, cédula de identidad 7.818.134-6, ya individualizado, a sufrir la pena de multa de Una Unidad Tributaria Mensual, comiso de las especies incautadas, por su participación como autor del delito de Contrabando Aduanero, previsto y sancionado en el artículo 168 inciso N° 2, en relación al artículo 178 y 179 letra A) de la Ley de Ordenanza Aduanera, cometido en territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 12 de septiembre de 2023, en grado de desarrollo consumado. II.- Que se da por cumplida la pena impuesta, atendido los días que el sentenciado permaneció privado de libertad a razón de esta causa, esto es, 04 de abril, 2 de noviembre y 30 de diciembre de 2024. III.- Que se libera al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendido que con su aceptación de responsabilidad, ha evitado la realización de juicio oral y ahorrado precisamente recursos al Estado. Una vez que se encuentra ejecutoriada y cumplidas las exigencias legales, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. En su oportunidad regístrese y archívese. Las partes renuncian a plazos y recursos. RUC - RIT - Código: UGPVXRYXUXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dirigió la audiencia y resolvió - PATRICIO OSVALDO TORO DÍAZ. Código: UGPVXRYXUXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pju

Texto Completo (Preview)

Quintero, a treinta de diciembre de dos mil veinticuatro. (La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.) Teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 número 6 y 9, 15 número 1, 21, 30, 49, 51, 69, 168 N° 2, 178 y 179 de la Ordenanza de Aduanas y normas pertinentes; 30, 45, 348, 388 y siguientes del

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