C/ ELVIS HAROLD SALAMANCA SÁEZ
Rol
O-889-2023
Fecha
27 de diciembre de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NEGATIVA A EFECTUARSE EXAMEN. ART. 195 BIS LEY DE TRANSITO
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos Que el día 11 de marzo del año 2023, a las 23:30 hrs. aproximadamente, el requerido ELVIS HAROLD SALAMANCA SAEZ, condujo en estado de ebriedad el vehículo placa patente única LVJZ-29, marca Hyundai, modelo Accent, color gris, año 2020, por calle Oscar Bonilla esquina con calle Los Espinos, comuna de Macul, siendo encontrado por Carabineros detenido en medio de la calzada, con el motor encendido. Carabineros logró percatarse que el imputado se encontraba en estado de ebriedad debido a su fuerte halito alcohólico, incoherencia al hablar, rostro congestionado, e inestabilidad al caminar, negándose injustificadamente el imputado a realizarse la prueba respiratoria y alcoholemia de rigor. Delito y grado de desarrollo Conducción en estado de ebriedad, descrito y sancionado en el Art. 196, en concordancia con el inciso segundo del Art. 110 de la Ley de Tránsito N° 18.290 y por el delito de negativa injustificada a realizarse prueba respiratoria y alcoholemia previsto y sancionado en el art. 195 bis de la Ley de Tránsito N° 18.290 Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Atenuantes 11 Nº 6 y 9 Código PenalCircunstancias modificatorias Agravantes No hay SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don ELVIS HAROLD SALAMANCA SÁEZ, ya individualizado en la audiencia, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, una multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual y suspensión de licencia de conducir por el término de dos años como autor consumado del delito de manejo en estado de ebriedad y a la pena de multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual y 15 días de suspensión de licencia de conducir como autor del delito de prueba respiratoria y alcoholemia previsto y sancionado en el art. 195 bis de la Ley de Tránsito N° 18.290, hechos ocurrido el día 11 de Código: XNWXRYNMUY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl marzo de 2023, en la
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don ELVIS HAROLD SALAMANCA SÁEZ, ya individualizado en la audiencia, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, una multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual y suspensión de licencia de conducir por el término de dos años como autor consumado del delito de manejo en estado de ebriedad y a la pena de multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual y 15 días de suspensión de licencia de conducir como autor del delito de prueba respiratoria y alcoholemia previsto y sancionado en el art. 195 bis de la Ley de Tránsito N° 18.290, hechos ocurrido el día 11 de Código: XNWXRYNMUY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl marzo de 2023, en la comuna de Macul. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, se le concede la pena sustitutiva de la remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de Gendarmería de Chile por el plazo de un año y deberá cumplir las demás exigencias que establezca el centro respectivo. Para comenzar a cumplir la pena en esta modalidad el sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social (CRS) Temuco, ubicado en Av. Manuel Bulnes N° 751, de la comuna de Temuco, una vez recupere su libertad en causa del Juzgado de Garantía de Calama, por tanto se suspende la Remisión Condicional de la pena, bajo apercibimiento de revocársele si no se pres
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TRIBUNAL : 13 JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2300269138-8 RIT : 889 - 2023 IMPUTADO : ELVIS HAROLD SALAMANCA SÁEZ Cédula de Identidad : 0016534389-1 Nacionalidad : Chileno Fecha de nacimiento : 13/01/1987 Domicilio : calle Cacique Antimilla N° 808 Villarrica PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Fecha de sentencia : veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro JUEZ : VALERIA MAGDALENA VEGA SEPUL
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