Juzgado de Garantía de Arica

KARLA DE LA PAZ QUIROZ FARIAS C/ JEFFERSON JHONNY AHUANARI GRANDEZ

Rol

O-5407-2024

Fecha

30 de diciembre de 2024

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 5 de agosto del año 2024, alrededor de las 22 horas, en dependencias del Complejo Fronterizo Chacalluta, de esta ciudad, los acusados KEVIN ROLANDO RUIZ CANTALICIO y JEFFERSON JHONNY AHUANARI GRANDEZ fueron sorprendidos ingresando, portando y transportando entre sus vestimentas, adosadas en el torso de su cuerpo bajo la modalidad de faja, dos paquetes cada uno, los que en su interior mantenían una sustancia en polvo de color blanco, la que al ser sometida a la prueba de campo respectiva arrojó coloración positiva ante la presencia de ketamina, con un peso bruto respecto del primero de los acusados de 1.080 gramos y respecto del segundo de un 1.150 gramos, los que mantenían en su poder con el fin de su difusión posterior y no se encontraban destinadas a ningún tipo de uso o consumo próximo en el tiempo, así Código: XSZSXRXGHSY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl como tampoco algún tipo de tratamiento médico sin contar con la respectiva autorización emitida válidamente además de encontrar en poder de JEFFERSON AHUANARI un celular marca Samsung y la suma de $93.000 y en el caso del señor RUIZ CANTALICIO un celular marca Redmi.” Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de Tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3° de la Ley 20.000. A los imputados les cabe participación en calidad de autores y grado de desarrollo consumado. Los acusados, debidamente informados de sus derechos, aceptan la totalidad de los hechos de la acusación y antecedentes de la investigación en los cuales ésta se funda, están de acuerdo en tramitar el presente asunto de conformidad a las normas del procedimiento abreviado, cuyos consentimientos han manifestado en forma libre y espontánea y sin presiones o coacciones de algún tipo. Sentencia. Procedimiento Abreviado. Arica, treinta de diciembre de dos mil veinticuatro Que la

Fallo

se declara: I. Que se condena a JEFFERSON JHONNY AHUANARI GRANDEZ, cédula de identidad N° 28.503.828-6 y KEVIN ROLANDO RUIZ CANTALICIO, cédula de identidad N° 28.503.796-4, ya individualizados, a las penas de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa de diez unidades tributarias mensuales, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas, como autores del delito consumado de Tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3° de la Ley 20.000, hecho cometido en Arica el día 05 de agosto de 2024. II. Que la pena de multa se les tendrá por cumplida con 30 días del total que han permanecido privados de libertad con motivo de esta causa, conforme lo permite el artículo 49 del Código Penal. Código: XSZSXRXGHSY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III. Que reuniéndose los requisitos establecidos en el artículo 15 bis y siguientes de la Ley 18.216: se sustituye la pena privativa de libertad por la de Libertad Vigilada Intensiva, quedando sujetos al control administrativo de Gendarmería de Chile, por el mismo tiempo de la condena. Debiendo cumplir con los supuestos del artículo 17 letras a, b y c de la Ley 18.216 y 17 ter letra d del mismo texto legal. Si dicha pena sustitutiva fuere revocada, deberá cumplir efectivamente la pena corporal, sirviéndole de ab

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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica., treinta de diciembre de dos mil veinticuatro Magistrado ANA PAULA SEPULVEDA BURGOS Fiscal CLAUDIA ALEJANDRA TOLEDO RAMOS Defensor CRISTIAN MARTIN CASTRO Tipo de Audiencia SOBRESEIMIENTO Hora inicio 08:41 Hora termino 08:43 Sala 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2010065019-4-992-241230-00-04-MCAU ASB JHC RIT 12761 2020 Acta JHC RUC 2400913799-

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