4º Juzgado de Letras de Copiapó

COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO S.A./

Rol

V-36-2020

Fecha

13 de agosto de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 10 de enero de 2020, compareció don Mario Lucio Barassi Ramírez, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 15.794.531-9, domiciliado en Vallenar, calle Brasil N° 1050, en representación de COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO S.A., empresa minera chilena, Rut N° 94.638.000-8, del mismo domicilio, solicitando la concesión de explotación denominada “CASTILLA 5 D 1 AL 10”, sobre una superficie de 100 hectáreas, cuyo punto de interés se sitúa en la comuna de Copiapó, provincia de Copiapó, Tercera Región, haciendo uso e invocando una concesión de exploración constituida y vigente denominada “CASTILLA 5 D”, cuyo pedimento se presentó en el Primer Juzgado de Letras de Copiapó, el 25 de septiembre de 2017, y se constituyó con fecha 22 de febrero de 2018. SEGUNDO: Que tal manifestación se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó, el día 15 de enero de 2020, a Fojas 195 Nº 134 del mismo año, y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.565 del 29 de enero de 2020. TERCERO: Que con fecha 12 de agosto de 2020 se solicitó la mensura de todas las pertenencias manifestadas originalmente, habiéndose publicado tal petición el día 02 de septiembre de 2020 en el Boletín Oficial de Minería N° 42.746. CUARTO: Que en folio 11 y con fecha 07 de octubre de 2020, se certificó que no hubo oposición a la solicitud de mensura de las pertenencias manifestadas. QUINTO: Que la superficie finalmente mensurada comprende la totalidad de las pertenencias solicitadas, con el nombre de “CASTILLA 5 D 1 AL 10”, y los vértices del perímetro del grupo son los siguientes: VÉRTICE NORTE (m) ESTE (m) L1 6.923.000,00 342.000,00 L2 6.923.000,00 343.000,00 L3 6.922.000,00 343.000,00 L4 6.922.000,00 342.000,00 Correspondiendo su punto de interés a la intersección de la coordenada 6.922.500,00 metros Norte con la abscisa 342.500,00 metros Este. SEXTO: Que a folio 20 rola Ordinario N° 3050 del 24 de mayo de 2021, mediante el cual el Servicio Nacional de Geología y Minería informó con observaciones la operación de mensura de las pertenencias aquí solicitadas, las que fueron cumplidas por el solicitante en tiempo. En folio 27 rola Ordinario N° 4301 del 22 de julio de 2021, mediante el cual el Servicio informó que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. SÉPTIMO: Que no se observan vicios que obsten a la concesión impetrada. OCTAVO: Que en folio 29, se ordenó traer los autos para fallo.

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme lo disponen los artículos 2, 34, 44,59, 85 y 87 y siguientes del Código de Minería, resuelvo: I.- Declárese constituidas las pertenencias “CASTILLA 5 D 1 AL 10”, Rol Nacional Nº 03201-D457-3, con una superficie total de 100 hectáreas, a favor de COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO S.A., ya individualizada. II.- Apruébense su plano y acta de mensura. III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia, del acta de mensura y original del plano. Otórguese extracto conforme al artículo 90 y publíquese. Inscríbase junto con el acta de mensura. Archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese la causa en su oportunidad. Dictada por don PATRICIO EDUARDO VERGARA MORA, Juez Titular del Cuarto Juzgado de Letras de Copiapó. En Copiapó a trece de agosto de dos mil veintiuno. Notifíquese por el estado diario la sentencia que antecede.- avt Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-08-13T12:27:04-0400

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-36-2020 CARATULADO : COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO S.A./ Copiapó, trece de Agosto de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 10 de enero de 2020, compareció don Mario Lucio Barassi Ramírez, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 15.794.531-9, domiciliado en Vallenar, calle Bras

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