C/ ANGELICA KARINA MACHADO MOLERO
Rol
O-1923-2024
Fecha
26 de diciembre de 2024
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “En la comuna Pedro Aguirre Cerda, el día 16 de julio del año 2024 aproximadamente a las 16:20 horas, los imputados MATIAS IGNACIO RAVELO SILVA y MARIA ANGELICA MACHADO MOLERO, fueron sorprendidos por funcionarios de Carabineros cerca de las 16:20 horas, en calle Departamental con Joaquín Prieto en circunstancias que trasportaban al interior del vehículo PPU JHWH-16, sustancias estupefacientes careciendo de autorizaciones legales para ello. Vehículo que conducía la imputada ANGELICA MACHADO MOLERO, yendo como acompañante del mismo el imputado MATIAS IGNACIO RAVELO SILVA, encontrándose la siguiente droga en poder de estos, al interior del vehículo en que se desplazaban, en la parte del asiento posterior: • 18 bolsas negras transparentes contenedora de una sustancia vegetal color verde y dos bolsas de color negro contenedoras de una sustancia color verde arrojando como prueba de campo resultado positivo a cannabis sativa con un peso bruto de 34 gramos, • seis bolsas negras contenedoras de una sustancia color verde cuya prueba de campo permitió identificarla como cannabis sativa con un peso: 1 primera bolsa de 1 kilo con 4 gramos y un miligramo, 2 segunda bolsa 1 kilo con 18 gramos y 7 miligramos, 3 tercera bolsa 1 kilo con 17 gramos y 3 miligramos, 4 cuarta bolsa 1 kilo 16 gramos y un miligramo, 5 quinta bolsa un kilo 19 gramos 6 sexta bolsa 1 kilo 10 gramos y 6 miligramos. Además, se encontró dentro de esto, otra bolsa de nylon transparente contenedor de un polvo rosado que arrojó clorhidrato de cocaína 2 gramos y 8 miligramos y otra con 1 gramo y 28 miligramos. También fue habida la suma de $82.000 en dinero de diversa denominación, dos celulares marca Samsung, una pesa digital gris”. Código: DRXVXRYPFHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil veinticuatro.- Vistos y teniendo presente en los artículos: 1, 11 n° 6 y 9, 15, 349, 70 del Código Penal, art
Fallo
se declara: I.- Se condena a MATIAS IGNACIO RAVELO SILVA, ya individualizado en esta causa, como autor del delito de TRAFICO ILICITO DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 3° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta jurisdicción, el día 16 de julio del año 2024, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la de inhabilitación absoluta para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de diez unidades tributarias mensuales, sin costas por estar asistido por un defensor penal público en la audiencia. II.- Concurriendo los requisitos del artículo 15 y 15 bis de la Ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la sanción privativa de libertad, por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, debiendo quedar sujeto el sentenciado al control de la autoridad administrativa de Gendarmería de Chile, por el término de la condena, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social que corresponda. El sentenciado deberá asimismo cumplir con el plan de intervención individual que se apruebe en su oportunidad y con las demás condiciones de la citada Ley. Si la pena sustitutiva le fuere revocada, quebrantada o agravada deberá cumplir la sanción corporal en forma efectiva, sirviéndole de abono el tiempo que haya cumplido efectivamente la pena sustitutiva de manera pro
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RUC : 2400817667-8 RIT : 1923 - 2024 MAGISTRADO : MARIA CAROLINA SALINAS HERNANDEZ NOMBRE IMPUTADO : MATIAS IGNACIO RAVELO SILVA CEDULA DE IDENTIDAD : 0019498319-0 DOMICILIO : Pasaje 2 n° 248, comuna de San Joaquín. FISCAL : RODRIGO CHINCHON SOTO DEFENSOR PÚBLICO : IVANNA NAOLIN DONOSO TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : veintiséis de diciembre de dos mil veinticua
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