MP C/ JORGE ENRIQUE OYANEDEL MONDACA
Rol
O-342-2023
Fecha
26 de diciembre de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “Que, el día 23 de Febrero del año 2023, aproximadamente a las 17:30 horas de la tarde, el acusado JORGE ENRIQUE OYANEDEL MONDACA conducía una camioneta marca Hyundai, modelo “Porter”, patente SF 9228, por la Ruta F-301 de la comuna de Hijuelas, quien al llegar a la altura de calle Manuel Rodriguez continua su marcha, sin respectar un signo “Ceda El Paso” ubicado en dicha intersección, continuando su marcha y colisionando en la parte delantera a un automóvil marca Mazda, modelo “323”, patente VP 2522, conducido por la victima CONSTANZA MARCELA OLIVARES ZAPATA, a raíz de lo cual concurre al lugar personal de Carabineros de La Calera, quienes al entrevistarse con el acusado advierten que este se encontraba en manifiesto estado de ebriedad, atendido a su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, a raíz de lo cual este es trasladado a dependencias del Hospital de La Calera, en el cual se le extrae muestras de sangre para la alcoholemia correspondiente, la cual en definitiva arroja un resultado ascendente a 1,96 gramos por mil de alcohol en la sangre; y ya una vez detenido el acusado se procede a la revisión de sus vestimentas, encontrando oculta bajo sus vestimentas una bolsa plástica contenedora de 32,5 gramos de peso neto de cannabis sativa a granel, reconociendo el acusado a funcionarios policiales que dicha droga estaba destinada a su comercio ilícito, procediéndose a la incautación de la droga por este portada y de la suma de $167.880, que este igual portaba. El automóvil conducido por la victima resulto con daños de su consideración en su zona frontal, en tapabarros y puertas, daños avaluados en la suma de $890.000. Finalmente, se hace presente que el acusado JORGE ENRIQUE OYANEDEL MONDACA conducía un vehículo, no obstante, este no mantener licencias de conducir que lo habiliten para conducir vehículos motorizados.” VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Código: MTSVXRXMEWX Este documento tiene firma el
Fallo
se resuelve: I.- Se condena a JORGE ENRIQUE OYANEDEL MONDACA, Cédula Identidad 8 4 - , ya individualizado, a sufrir la pena de cien ( ) días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio ( /3) de Unidad Tributaria Mensual, inhabilidad para obtener licencia de conducir por el término de dos años, accesorias legales del artículo 3 del Código Penal, todo ello por su responsabilidad como autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de daños agravado, cometido con fecha de febrero del año , en territorio jurisdiccional de este Tribunal, en la comuna de Hijuelas. II.- Se condena a JORGE ENRIQUE OYANEDEL MONDACA, Cédula Identidad 8 4 - , ya individualizado, a sufrir la pena de sesenta y un (6 ) días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio ( /3) de Unidad Tributaria Mensual, accesorias legales del artículo 3 del Código Pqenal, comiso de las especies incautadas indicadas en la acusación fiscal, determinación de huella genética, todo ello por su responsabilidad como autor de un delito consumado de tráfico en pequeñas cantidades, cometido con fecha de febrero del año , en territorio jurisdiccional de este Tribunal, en la comuna de Hijuelas. Código: MTSVXRXMEWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo cuarto de la ley 8. se sustituyen las penas corporales impuestas
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, veintiséis de diciembre del dos mil veinticuatro Hechos: “Que, el día 23 de Febrero del año 2023, aproximadamente a las 17:30 horas de la tarde, el acusado JORGE ENRIQUE OYANEDEL MONDACA conducía una camioneta marca Hyundai, modelo “Porter”, patente SF 9228, por la Ruta F-301 de la comuna de Hijuelas, quien al llegar a la altura de calle Manuel Ro
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