ALVARADO/
Rol
V-36-2021
Fecha
11 de agosto de 2021
Materia
CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO
Resultado
No especificado
Hechos
visto impedida de aclarar la situación, no pudiendo modificar sus antecedentes en el Boletín Comercial. En atención a lo expuesto precedentemente, y conforme lo dispuesto en los artículos 88 y siguientes de la Ley 18.092 sobre Letras de Cambio y Pagarés en relación al artículo 107 del mismo cuerpo legal, solicita que se declare extraviado el documento señalado y se le autorice a ejercer los derechos que le correspondan sobre el cheque individualizado. Con fecha 25 de febrero de 2021 se notificó de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil al Banco del Estado de Chile, quien no evacuó el traslado conferido. Con fecha 15 de abril de 2021 se realizó la publicación legal en el Diario Oficial del extracto que da cuenta del extravío del documento y de la solicitud presentada por Viviana María Alvarado Devia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley 18.092 Foja: 1 El Certificado de no oposición rola a folio 23, de fecha 24 de mayo de 2021, y por resolución de fecha 31 de mayo del mismo año se decretó autos para fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Comparece Viviana María Alvarado Devia, solicitando se declare el extravío del cheque N° serie AH236721, cuenta corriente N°5505824 del Banco Estado, por la suma de $1.700.000, a fin de poder ejercer los derechos que legítimamente le corresponden sobre dicho cheque, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 88 y siguientes de la Ley 18.092. Segundo: El procedimiento aplicable al extravío de título de la Ley 18.092, impone en su artículo 89 dos cargas a quien ejerce la acción. La primera, es dar a conocer la solicitud a los obligados y al librado del instrumento que se arguye extraviado, para que así, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde que tomaron conocimiento de la gestión, puedan concurrir al tribunal a oponerse a la petición. La segunda carga, es dar noticia del extravío y de la solicitud de su portador, a los demás interesados, por medio de un aviso en el Diario Oficial, para que aquellos, en el plazo de 30 días, comparezcan a hacer valer sus derechos. Tercero: Dándose cumplimiento a los requisitos legales, consta en folio N° 15 del expediente digital, que con fecha 25 de febrero de 2021, se notificó de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil la solicitud de extravío de título al Banco del Estado de Chile, en su calidad de librado. Del mismo modo, constan bajo los folios N° 19 y 23, respectivamente, la publicación en el Diario Oficial practicada con fecha 15 de abril de 2021 y el certificado de la Sra. Secretaria Titular del Tribunal, dando fe del hecho de no haberse deducido oposición a la solicitud, dentro del plazo legal. Cuarto: Por las razones, antes expuestas, se acoge solicitud de extravío deducida por Viviana María Alvarado Devia, respecto del cheque N° serie AH236721, cuenta corriente N°5505824 del Banco Estado, cuyo titular es Viviana María Alvarado Devia por la suma de $1.700.000. En consecuencia y vistos lo dispuesto en los artículos 88 y siguientes de la Ley 18.092, artículo 1° de la Ley 18.552 y en los artículos 160, 169, 170 y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara: I.- El extravío del cheque N° serie AH236721, cuenta corriente N°5505824 del Banco Estado, cuyo titular es Viviana María Alvarado Devia por la suma de $1.700.000, de fecha 04 de abril de 2018, a la fecha depositado y protestado. Regístrese y archívese. Foja: 1 Pronunciada por Ricardo Núñez Videla, Juez Titular. Rol V-36-2021 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, once de Agosto de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-08-11T13:41:05-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-36-2021 CARATULADO : ALVARADO/ Santiago, once de Agosto de dos mil veintiuno VISTOS, Comparece Viviana María Alvarado Devia, chilena, empleada, cédula nacional de identidad N°9.897.822-4, domiciliada para estos efectos en calle Catedral N°1.009, of. 708, comuna y ciudad de Santiago, solicit
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