BANCO DEL ESTADO DE CHILE / REYES
Rol
C-19468-2016
Fecha
11 de agosto de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 5 de agosto de 2016, comparece do a Mar a Teresañ í Barrios Guzm n, abogada, domiciliada en calle San Diego N 81, piso 3,á ° Santiago, mandataria judicial del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa aut noma de cr ditos del Estado, representada por su gerenteó é general do a Jessica L pez Saffie, ambas con domicilio en Avenidañ ó Libertador Bernardo O Higgins N 1111, Santiago, y deduce demanda´ ° ejecutiva de cobro de pagar en contra de do a é ñ CAMILA PAZ REYES RODR GUEZÍ , ignora profesi n u oficio, domiciliada en La Real Cedulaó 11060, comuna de La Pintana. Funda su demanda en que su representado es due o del pagarñ é N 5259540, suscrito por la demandada con fecha 28 de enero de 2016 por° la suma de $21.815.039 por concepto de capital, m s un inter s delá é 1,0200% mensual, que la deudora se oblig a pagar en 82 cuotasó mensuales, iguales y sucesivas de $399.678 cada una, salvo la ltima queú ser a de $399.680, venciendo la primera de ellas el d a 24 de marzo deí í 2016. Sostiene que se estableci en el instrumento que en caso de mora oó simple retardo en el pago de cualquiera de las cuotas pactadas, el deudor estar obligado a pagar desde el incumplimiento intereses penalesá equivalentes al inter s m ximo convencional, y que el banco podr a haceré á í exigible la totalidad de la deuda como si fuera de plazo vencido, en caso de no pago de cualquiera de las cuotas. Asevera que la deudora ha dejado de pagar desde la cuota vencimiento el d a 24 de marzo de 2016 y todas lasí posteriores, por lo que su representado hace exigible la totalidad de la X C-19468-2016 Foja: 1 deuda por la suma de $21.815.039, m s los intereses pactados devengados yá los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, m s las costas deá la causa. Esgrime que consta en el pagar que la obligaci n es indivisible, queé ó el suscriptor relev al portador de la obligaci n de protesto y la firma deó ó estos se encuentra autorizada por Notario, adem s, la obligaci n es l quida,á ó í a
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que con fecha 5 de agosto de 2016, comparece do añ Mar a Teresa Barrios Guzm n, abogada, mandataria judicial del í á BANCO DEL ESTADO DE CHILE, representada por su gerente general do añ Jessica L pez Saffie, ambas ya individualizadas, y deduce demanda ejecutivaó de cobro de pagar en contra de do a é ñ CAMILA PAZ REYES RODR GUEZÍ , ya individualizada, solicitando se tenga por interpuesta demanda ejecutiva y se ordene despachar mandamiento de ejecuci n yó embargo en su contra por la suma de $21.815.039.-, m s interesesá pactados, y costas, y en definitiva se disponga seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a suó representado. Se funda para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido rese ados en lo expositivo de este
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibieron a prueba por el t rmino legal, las que fueroné rectificadas y complementadas con fecha 20 de noviembre de 2018, fij ndose las que constan en autos. á Con fecha 22 de julio de 2021, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que con fecha 5 de agosto de 2016, comparece do añ Mar a Teresa Barrios Guzm n, abogada, mandataria judicial del í á BANCO DEL ESTADO DE CHILE, representada por su gerente general do añ Jessica L pez Saffie, ambas ya individualizadas, y deduce demanda ejecutivaó de cobro de pagar en contra de do a é ñ CAMILA PAZ REYES RODR GUEZÍ , ya individualizada, solicitando se tenga por interpuesta demanda ejecutiva y se ordene despachar mandamiento de ejecuci n yó embargo en su contra por la suma de $21.815.039.-, m s interesesá pactados, y costas, y en definitiva se disponga seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a suó representado. Se funda para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido rese ados en lo expositivo de este fallo y que se dan por enteramenteñ reproducidos en este considerando. SEGUNDO.- Que con fecha 24 de julio de 2017, la ejecutada se opuso a la ejecuci n con las siguientes excepciones contenidas en el art culoó í 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es:ó 1.- La del N 4, cual es, la ineptitud de libelo por falta de alg n° ú requisito legal en el modo de formular la demanda, en conformidad a lo dispuesto en
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C-19468-2016 Foja: 1 FOJA: 0 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 21 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-19468-2016 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE / REYES Santiago, once de Agosto de dos mil veintiuno. VISTOS: Con fecha 5 de agosto de 2016, comparece do a Mar a Teresañ í Barrios Guzm n, abogada, domiciliada en calle San Diego N 81, piso 3,á ° Santiago, mandataria judicial del
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