Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso

C/ JOSÉ LUIS ARENAS SILVA

Rol

O-174-2024

Fecha

27 de diciembre de 2024

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: “El día 02 de diciembre de 2021, alrededor de las 10:30 horas, en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, ubicado en camino La Pólvora N°665 de esta comuna, el acusado JOSÉ LUIS ARENAS SILVA, quien se encontraba en calidad de interno en el módulo N°105, fue sorprendido al efectuar un registro y allanamiento del módulo ya referido en la pieza Número uno del citado modulo, poseyendo, portando y guardando, sin la competente autorización, las siguientes especies: - Un (01) envoltorio de nylon negro, contenedor de 140.83 gramos netos de Cannabis Sativa. - Un (01) envoltorio de cinta adhesiva color beige, contenedor de 109.9 gramos netos de Cannabis Sativa. - Un (01) envoltorio de nylon contenedor de 4.28 gramos netos de Ketamina. - Un (01) envoltorio de nylon transparente, contenedor de 4.38 gramos netos de Ketamina. - Un (01) envoltorio de nylon transparente, contenedor de 1.79 gramos netos de Cocaína Clorhidrato. - Seis (06) envoltorios de nylon transparente, contenedores de 102.57 gramos netos de Cocaína Base. - Diez (10) comprimidos de Clonazepam. Código: LRJNXRQYPUX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL VALPARAÍSO 2 - Quinientos doce (512) envoltorios de nylon transparente, contenedores de 134.41 gramos netos de Cocaína Base. - Una (01) bolsa de nylon transparente, contenedora de 5.95 gramos netos Psiclobina- Cocaína-Ketamina (hongos alucinógenos). Toda la droga destinada a ser suministrada a terceras personas.” A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos son constitutivos del delito de Tráfico ilícito de estupefacientes, en grado de consumado, previsto y sancionado en los artículos 1° y 3° de la Ley 20.000; en el cual atribuye participación al acusado a título de AUTOR, en los términos dispuestos en el artículo 15 N°1 del Código Penal. En cuanto a las circunstancias modificato

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, presidida por el juez don Leonardo Aravena Reyes e integrada, además, por los jueces doña Ángela Carrasco Palma y don Danko Koscina Villegas, se llevó a efecto la audiencia del Juicio Oral RIT N°174- 2024, seguido en contra del acusado JOSÉ LUIS ARENAS SILVA, cédula de identidad Nº13.934.035-3, nacido en Santiago, el 18 de julio de 1976, 48 años, comerciante, 4º medio, divorciado, domiciliado en calle Fráncfort N°2568, Población Nueva Alemania, Calama. Fue parte acusadora del presente juicio el Ministerio Público de Valparaíso, representado por la fiscal adjunta doña Greta Fuschlocher Hassenberg, con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. La defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal privado don Alfredo Vallejos Valdivia, con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que los hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: “El día 02 de diciembre de 2021, alrededor de las 10:30 horas, en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, ubicado en camino La Pólvora N°665 de esta comuna, el acusado JOSÉ LUIS ARENAS SILVA, quien se encontraba en calidad de interno en el módulo N°105, fue sorprendido al efectuar un registro y allanamiento del módulo ya referido en la pieza Número uno del citado modulo, poseyendo, portando y guardando, sin la competente autorización, las siguientes especies: - Un (01) envoltorio de nylon negro, contenedor de 140.83 gramos netos de Cannabis Sativa. - Un (01) envoltorio de cinta adhesiva color beige, contenedor de 109.9 gramos netos de Cannabis Sativa. - Un (01) envoltorio de nylon contenedor de 4.28 gramos netos de Ketamina. - Un (01) envoltorio de nylon transparente, contenedor de 4.38 gramos netos de Ketamina. - Un (01) envoltorio de nylon transparente, contenedor de 1.79 gramos netos de Cocaína Clorhidrato. - Seis (06) envoltorios de nylon transparente, contenedores de 102.57 gramos netos de Cocaína Base. - Diez (10) comprimidos de Clonazepam. Código: LRJNXRQYPUX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL VALPARAÍSO 2 - Quinientos doce (512) envoltorios de nylon transparente, contenedores de 134.41 gramos netos de Cocaína Base. - Una (01) bolsa de nylon transparente, contenedora de 5.95 gramos netos Psiclobina- Cocaína-Ketamina (hongos alucinógenos). Toda la droga destinada a ser suministrada a terceras personas.” A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos son constitutivos del delito de Tráfico ilícito de estupefacientes, en grado de consumado, previsto y sancionado en los artículos 1° y 3° de la Ley 20.000; en el cual atribuye participación al acusado a título de AUTOR, en los términos dispuestos en el artículo 15 N°1 del Có

Fallo

Por estas consideraciones y, visto además, lo dispuesto en los artículos 1° del Código Penal; 1°, 45, 48, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 343, 344 y 347 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: 1. Que, se ABSUELVE al acusado JOSÉ LUIS ARENAS SILVA, cédula de identidad Nº13.934.035-3, del cargo formulado en su contra como autor de un delito de tráfico ilícito de drogas, en grado de consumado, previsto y sancionado en los artículos 1 y 3 de la Ley N°20.000, que se dijo cometido por éste el día 02 de diciembre de 2021, en el Complejo Penitenciario de Valparaíso. 2. Que, de conformidad con el artículo 45 de la Ley N°20.000, se decreta el COMISO Y DESTRUCCIÓN CONFORME A DERECHO, de la sustancia ilícita incautada en esta causa y sus contenedores, si no se hubiere hecho con anterioridad. 3. Que en uso de la facultad establecida en el artículo 48 del Código Procesal Penal, SE EXIME de la condena en costas al Ministerio Público, a pesar de que debiera soportarlas, por haber tenido motivos plausibles para acusar. Código: LRJNXRQYPUX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL VALPARAÍSO 22 Devuélvanse a las partes los documentos, informes periciales y otros medios de prueba incorporados materialmente al juicio. Ejecutoriado que sea el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y en su oportunidad, remítase copia al Juzgado de Garantía correspo

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TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL VALPARAÍSO 1 MINISTERIO PÚBLICO DE VALPARAÍSO C/ JOSÉ LUIS ARENAS SILVA. TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. R.U.C N° 21 01 09 22 58 - 2 R.I.T N° 174-2024 VALPARAÍSO, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro, ante esta Sala del Tribuna

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