Juzgado de Garantía de Cauquenes

FRANCISCO BALTAZAR GARCIA CARRASCO C/ MAIKOL RAFAEL RUIZ MALDONADO

Rol

O-289-2023

Fecha

23 de diciembre de 2024

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 15 de noviembre del año 2022, alrededor de las 09:20 horas, al interior del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Cauquenes ubicado en Avenida Redentorista N° 75, más específicamente en el módulo 03 se realiza un registro de allanamiento con el objetivo de lograr el hallazgo de cualquier elemento que pudiere ser utilizado para la vulneración de la seguridad del recinto, en donde se procede con un registro de las pertenencias personales encontrando varios elementos destinados a la utilización de armas hechizas ante lo cual el personal de Gendarmería se percata que 07 literas destinadas a pernoctar se encontraban con diferentes destrozos de consideración en donde los requeridos PEDRO PATRICIO HERRERA CANALES, JUAN PABLO JIMENEZ DIAZ, SEBASTIAN ALBERTO CAMUS SANCHEZ, FELIPE ANDRES MONCADA MONCADA, JUAN CARLOS CACERES ARRIAZA, MAIKOL RAFAEL RUIZ MALDONADO y HERNAN DARIO NEIRA YAÑEZ al ser preguntados por el personal señalan haber destruido las 07 literas que cada uno de ellos ocupaba. A continuación, se transcribe la parte resolutiva del fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con esta fecha. RIT : 289 - 2023 RUC : 2201232121-3 IMPUTADO : JUAN PABLO JIMENEZ DIAZ PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO DELITO : DAÑOS SIMPLES Cauquenes, veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14, 15, 18, 19, 20, 30, 50, 67, 487 del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a JUAN PABLO JIMENEZ DIAZ, Cédula Nacional de Identidad N° 18.978.342-6, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Cauquenes, ya individualizado, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello como autor, en grado de desarrollo de consumado del delito de DAÑOS SIMPLES, ocur

Fallo

fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con esta fecha. RIT : 289 - 2023 RUC : 2201232121-3 IMPUTADO : JUAN PABLO JIMENEZ DIAZ PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO DELITO : DAÑOS SIMPLES Cauquenes, veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14, 15, 18, 19, 20, 30, 50, 67, 487 del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a JUAN PABLO JIMENEZ DIAZ, Cédula Nacional de Identidad N° 18.978.342-6, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Cauquenes, ya individualizado, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello como autor, en grado de desarrollo de consumado del delito de DAÑOS SIMPLES, ocurrido en esta comuna, el pasado 15 de noviembre del año 2022. II. Que, no reuniendo los requisitos de la ley 18.216, deberá dar cumplimiento efectivo a la pena corporal impuesta, no existiendo abonos que considerar. III. Que, atendida la admisión de responsabilidad, se le exime de las costas del juicio. IV. Ejecutoriada que sea la sentencia cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RIT N° : 289 - 2023 RUC N° : 2201232121-3 Dictó don ESTEBAN ALONSO INOSTROZA RUIZ, Juez Titular del J

Texto Completo (Preview)

LOS HECHOS: El día 15 de noviembre del año 2022, alrededor de las 09:20 horas, al interior del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Cauquenes ubicado en Avenida Redentorista N° 75, más específicamente en el módulo 03 se realiza un registro de allanamiento con el objetivo de lograr el hallazgo de cualquier elemento que pudiere ser utilizado para la vulneración de la seguridad del recinto, en don

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