4º Juzgado Civil de Santiago

GUEVARA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CERRO NAVIA

Rol

C-2855-2021

Fecha

10 de agosto de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 22 de marzo de 2021, comparece Myriam Francisca Guevara Montenegro, domiciliada en calle Las Quilas N 8883, comuna de Cerro Navia,º quien interpone demanda en juicio ordinario de menor cuant a por prescripci ní ó extintiva de derechos de aseo en contra de la Ilustre Municipalidad de Cerro Navia, representada por su alcalde Mauro Tamayo Rozas, ambos con domicilio en calle Del Consistorial N 6645, comuna Cerro Navia.º Refiere que es due a de la propiedad ubicada en calle Las Quilas N 8883,ñ º comuna de Cerro Navia, la que se encuentra inscrita a su nombre a fojas 84094 n mero 122530 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deú í Santiago, seg n consta de certificado de dominio vigente de fecha 26 de febreroú de 2021 que acompa a a su presentaci n.ñ ó Se ala que, de acuerdo al certificado emitido por la Direcci n deñ ó Administraci n de Finanzas de la Municipalidad de Cerro Navia, la deuda totaló por concepto de aseo domiciliario que mantiene dicho inmueble asciende a la suma de $ 542.886, la cual comprende el periodo que corre desde el 31 de diciembre de 1996 hasta el 30 de junio de 2005. Sostiene que en atenci n al tiempo transcurrido sin ejercerse acci n legaló ó alguna que pudiese interrumpir la prescripci n, existen un conjunto de cobros queó carecen ya de la exigibilidad establecida por el legislador y que, por tanto, se encontrar an prescritos.í Al tenor de los art culos 2492, 2493, 2497 y 2521 del C digo Civil y luegoí ó de citar alguna jurisprudencia, solicita tener por interpuesta demanda de prescripci n extintiva en contra de la demandada ya singularizada, declarando enó definitiva la prescripci n extintiva de la acci n de sta para el cobro de losó ó é derechos de aseo domiciliario, por los periodos comprendidos entre los d as 31 deí diciembre de 1996 hasta el 30 de junio de 2005, por la suma ascendente de $ 542.886. Con fecha 19 de mayo de 2021 se practic la notificaci n personal de laó ó demanda y su prove do.í Con fe

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Myriam Francisca Guevara Montenegro interpone en contra de la Ilustre Municipalidad de Cerro Navia demanda de prescripci nó extintiva de las acciones para el cobro de derechos de aseo domiciliario, devengados por el inmueble que le sirve de domicilio durante el periodo que media entre los d as 31 de diciembre de 1996 hasta el 30 de junio de 2005, por laí suma ascendente de $ 542.886. SEGUNDO: Que la demandada principal se allan en todas sus partes aló libelo incoado en su contra. TERCERO: Que el art culo 313 el C digo de Procedimiento Civilí ó precept a que si el demandado acepta llanamente las peticiones del actor, o si enú sus escritos no contradice en materia substancial y pertinente los hechos sobre que versa el juicio, el tribunal citar a las partes para o r sentencia definitiva, una vezá í evacuado el traslado para la r plica, se alando, adem s, que igual citaci n seé ñ á ó dispondr cuando las partes pidan que se falle el pleito sin m s tr mite.á á á CUARTO: Que el haberse aceptado las peticiones de la actora principal no releva al tribunal del an lisis respecto de las implicancias jur dicas de losá í hechos de que se trata, por lo que deber revisarse si la demanda cumple con losá presupuestos jur dicos que la hacen viable.í QUINTO: Que para la prueba de sus asertos la demandante principal acompa , legalmente y sin objeci n de la contraria, los siguientes documentos:ñó ó 1.- Copia del certificado de dominio vigente de la propiedad ubicada en calle Las Quilas N 8883, comuna de Cerro Navia.° 2.- Certificado de deuda de derechos de aseo, respecto del inmueble sub lite, Rol 0601200028, emitido por la Direcci n de Administraci n y Finanzas deó ó la Municipalidad de Cerro Navia. SEXTO: Que los documentos singularizados en el considerando que antecede dan cuenta que el inmueble que sirve de domicilio al demandante principal, registra deudas por concepto de derechos de aseo, las que median en el periodo comprendido entre los d as 31 de diciembre de 1996 hasta el 30 de junioí de 2005. S PTIMOÉ : Que la prescripci n, de acuerdo a lo dispuesto por losó art culos 2492 y 2493 del C digo Civil, es un modo de extinguir las obligacionesí ó que debe ser alegada por quien quiere aprovecharse de ella. OCTAVO: Que, seg n lo previsto en el art culo 2514 del C digo Civil, laú í ó prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos, exige solamente ciertoó lapso de tiempo, desde que la obligaci n se haya hecho exigible, durante el cualó no se hayan ejercido dichas acciones. De otro lado, el art culo 2515 del mismoí cuerpo normativo mencionado, establece que ese tiempo es, en general, de tres a os para las acciones ejecutivas y de cinco para las ordinarias.ñ NOVENO: Que, habida cuenta de la naturaleza del derecho que se pretende prescrito, el que, conforme al art culo 7 de la Ley de Rentas Municipalesí (D.L. N 3063 de 1979), supone una contraprestaci n directa por parte del° ó municipio, por lo que no constituye un impuesto y,

Fallo

por tanto, se encontrar an prescritos.í Al tenor de los art culos 2492, 2493, 2497 y 2521 del C digo Civil y luegoí ó de citar alguna jurisprudencia, solicita tener por interpuesta demanda de prescripci n extintiva en contra de la demandada ya singularizada, declarando enó definitiva la prescripci n extintiva de la acci n de sta para el cobro de losó ó é derechos de aseo domiciliario, por los periodos comprendidos entre los d as 31 deí diciembre de 1996 hasta el 30 de junio de 2005, por la suma ascendente de $ 542.886. Con fecha 19 de mayo de 2021 se practic la notificaci n personal de laó ó demanda y su prove do.í Con fecha 27 de mayo de 2021 la municipalidad demandada al contesta el libelo pretensor, allan ndose al mismo.á Con fecha 6 de julio de 2021 en raz n de la cuant a del juicio y loó í dispuesto por el art culo 313 del C digo de Procedimiento Civil, se cit a lasí ó ó partes para o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Myriam Francisca Guevara Montenegro interpone en contra de la Ilustre Municipalidad de Cerro Navia demanda de prescripci nó extintiva de las acciones para el cobro de derechos de aseo domiciliario, devengados por el inmueble que le sirve de domicilio durante el periodo que media entre los d as 31 de diciembre de 1996 hasta el 30 de junio de 2005, por laí suma ascendente de $ 542.886. SEGUNDO: Que la demandada principal se allan en todas sus partes aló libelo incoado en su contra. TERCERO: Que el art culo 313 el C digo de Procedimiento Civilí ó pre

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2855-2021 CARATULADO : GUEVARA / ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CERRO NAVIA Santiago, diez de agosto de dos mil veintiuno VISTO: Con fecha 22 de marzo de 2021, comparece Myriam Francisca Guevara Montenegro, domiciliada en calle Las Quilas N 8883, comuna de Cerro Navia,º quien interpone demanda en juicio ordinario de men

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