9º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JOSÉ ALEJANDRO COLLÍO REYES

Rol

O-6641-2024

Fecha

18 de diciembre de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): “el día 21 de agosto de 2024, alrededor de las 14:15 el imputado Jose Collio reyes acompañado de otros sujetos desconocidos, premunidos de armas de fuego irrumpieron en el frontis de un negocio ubicado en calle la candelaria nro. 2264, comuna de Maipú, oportunidad en que se abalanzaron sobre la víctima Tomas Ramirez Martínez, comerciante que en ese momento se disponía a ingresar al local comercial a despachar mercadería pertenecientes a la empresa pepsico. Oportunidad en que intimidandolo con las armas de fuego lo obligaron a tenderse en suelo boca abajo, mientras ingresaban al vehículo en que se transportaba, vehículo en que la víctima mantenía la mercadería que se disponía a entregar, momento en que sustraen varias cajas con diversos productos de la empresa pepsico, tales como papas fritas y productos evercrisp. Luego de lo cual huyen con las especies sustraídas. siendo detenido el imputado a tres cuadras del lugar portando parte de las especies sustraídas” Resolución: Se reconoce en esta audiencia como circunstancia modificatoria de Código: XVXNXREDSQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: (02) 29757700 Fax: (02) 29757778 Centro de Justicia de Santiago responsabilidad penal, las atenuantes del articulo11 número 6 del Código Penal, de irreprochable conducta anterior y la atenuante del 11 número 9 del Código Penal, la colaboración sustancial por haber aceptado el procedimiento. Visto además lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Se condena a JOSÉ ALEJANDRO COLLÍO REYES, por su responsabilidad en calidad de autor en el delito de consumado de Robo con intimidación, previsto y sancionado en el art 436 del Código Penal, ocurrido en la comuna de Maipú el día 21 de agosto de 2024, a las siguientes penas; - 3 Años y un día de presid

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Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: (02) 29757700 Fax: (02) 29757778 Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: 9º Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: JUAN CARLOS SILVA OPAZO RUC: 2400989050-1 RIT: 6641 - 2024 IMPUTADO : JOSÉ ALEJ

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