UNIDAD POL C/ ORLANDO ENRIQUE ESCOBAR GALLARDO
Rol
O-633-2023
Fecha
19 de diciembre de 2024
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos acreditados: “Que el día 14 de febrero del año 2023, aproximadamente a las 17:20 horas, personal policial de investigaciones sorprendió a los imputados, manteniendo en su poder, en las bodegas, 1011 y 1012, ubicadas en Américo Vespucio 262, comuna de Pudahuel, las siguientes especies: bodega 1011, la cantidad de 108 calefactores eléctricos, 72 exprimidores eléctricos, 157 cajas de batidora y 73 cajas de plumones reversibles, en tanto en la bodega 1012, 35 camas elásticas, 22 bicicletas, 7 camas elásticas FT,30 camas elásticas 6 FT, y 32 bicicletas de spining, todas especies avaluadas en la suma aproximada de 85 millones, estas especies eran de propiedad de Cencosud retail, y habían sido sustraídas desde los centros de acopio de la empresa en los puertos de San Antonio y Valparaíso, por lo tanto, atendido la cantidad, naturaleza y valor de las especies, los imputados conocían o no podían menos que conocer el origen ilícito de las especies que mantenían en su poder”. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los Arts. 1, 3, 7, 11 N° 9, 15, 18, 21, 24, 30, (31), 32, 50, (67), (68), 69, 456 bis A del Código Penal; Arts. 1, 3 y siguientes, ley 20.000; Arts. 30, 36, 45, 47, 295, 297, 340, 341, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y, Arts. 14 y siguientes de la Ley 18.216; y, Arts. 1, 4, 5, 16 y 17 de la Ley 19.970; SE DECLARA: Código: XZDNXRSPPNW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, se condena a ORLANDO ENRIQUE ESCOBAR GALLARDO, ya individualizado, a la pena de CUATROCIENTOS días de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa de 10 unidades tributarias mensuales y a la accesoria y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de receptación de especies, cometido en esta jurisdicción, el día 14 de febrero del año 2023, en grado de desarrollo de consumado. II.- Q
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los Arts. 1, 3, 7, 11 N° 9, 15, 18, 21, 24, 30, (31), 32, 50, (67), (68), 69, 456 bis A del Código Penal; Arts. 1, 3 y siguientes, ley 20.000; Arts. 30, 36, 45, 47, 295, 297, 340, 341, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y, Arts. 14 y siguientes de la Ley 18.216; y, Arts. 1, 4, 5, 16 y 17 de la Ley 19.970; SE DECLARA: Código: XZDNXRSPPNW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, se condena a ORLANDO ENRIQUE ESCOBAR GALLARDO, ya individualizado, a la pena de CUATROCIENTOS días de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa de 10 unidades tributarias mensuales y a la accesoria y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de receptación de especies, cometido en esta jurisdicción, el día 14 de febrero del año 2023, en grado de desarrollo de consumado. II.- Que, se condena a ALEX ORLANDO MICHAELL ESCOBAR MUÑOZ, a individualizado, a la pena de SESENTA Y UN días de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa de 10 unidades tributarias mensuales y a la accesoria y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de receptación de especies, cometido en esta jurisdicción, día 14 de febrero del año 2023, en grado de desarrollo de consumado.
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 1° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RIT : 633-2023 RUC : 2300174923-4 IMPUTAD0: ORLANDO ENRIQUE ESCOBAR GALLARDO CEDULA DE IDENTIDAD: 0010904641-8 DOMICILIO: CALLE 20 DE AGOSTO N°720, MAIPU. IMPUTAD0: ALEX ORLANDO MICHAELL ESCOBAR MUÑOZ CEDULA DE IDENTIDAD: 0021480757-2 DOMICILIO: Calle DEL CONSISTORIAL Nº 6651, Cerro Navia. DEFENSOR: GABRIEL URREJOLA VENEGAS FISCAL: DANIEL CASTILLO CO
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