DARÍO ERNESTO QUIÑENAO NICOLÁS C/ JONATHAN ANDRÉS MORALES PIÑA
Rol
O-2688-2024
Fecha
21 de diciembre de 2024
Materia
TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Hechos: En Valdivia, el día 02 de diciembre de 2023, alrededor de las 09:50 horas, personal del Complejo Penitenciario Valdivia, ubicado en Avenida Ramón Picarte N° 4100, realiza un registro y allanamiento al interior del módulo N° 54, en donde se le encuentran elementos prohibidos reglamentariamente al requerido JONATHAN ANDRES MORALES PIÑA consistentes en 01 teléfono celular marca Motorola, color negro, el que tenía en su poder.- Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2400035263-9-1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 50, 67, 69 304 ter del Código Penal; se declara: Que se condena a JONATHAN ANDRES MORALES PIÑA, Cédula Nacional de Identidad N° 20.377.006-5, domiciliado en Pasaje 13 Autoconstrucción, población Manuel Plaza, casa N° 260, comuna de Buin, región Metropolitana, en calidad de autor del delito de tenencia de elemento prohibido, previsto y sancionado en el artículo 304 ter del Código Penal, en grado de consumado, perpetrado en la ciudad de Valdivia el día 02 de diciembre de 2023 en el centro penitenciario de Valdivia, a la penas de 41 días de presidio menor en su grado mínimo, más las accesorias legales. En cuanto a la pena, ésta será sustituida por trabajos en beneficio de la comunidad a razón de cincuenta y seis horas, sin que pueda superar diariamente los trabajos de las ocho horas. Deberá presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada esta resolución, bajo apercibimiento que si así no lo hace se revocará los trabajos comunitarios al CRS Santiago Sur 2 bajo apercibimiento que en caso que no lo haga se despachará orden de detención con la finalidad de revocar el beneficio. En su oportunidad dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese. Ejecutoriada la sentencia álcese las cautelares que se encuentren vige
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 50, 67, 69 304 ter del Código Penal; se declara: Que se condena a JONATHAN ANDRES MORALES PIÑA, Cédula Nacional de Identidad N° 20.377.006-5, domiciliado en Pasaje 13 Autoconstrucción, población Manuel Plaza, casa N° 260, comuna de Buin, región Metropolitana, en calidad de autor del delito de tenencia de elemento prohibido, previsto y sancionado en el artículo 304 ter del Código Penal, en grado de consumado, perpetrado en la ciudad de Valdivia el día 02 de diciembre de 2023 en el centro penitenciario de Valdivia, a la penas de 41 días de presidio menor en su grado mínimo, más las accesorias legales. En cuanto a la pena, ésta será sustituida por trabajos en beneficio de la comunidad a razón de cincuenta y seis horas, sin que pueda superar diariamente los trabajos de las ocho horas. Deberá presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada esta resolución, bajo apercibimiento que si así no lo hace se revocará los trabajos comunitarios al CRS Santiago Sur 2 bajo apercibimiento que en caso que no lo haga se despachará orden de detención con la finalidad de revocar el beneficio. En su oportunidad dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese. Ejecutoriada la sentencia álcese las cautelares que se encuentren vigentes. RUC N° 2400035263-9 RIT N° 2688 - 2024 Dirigió la audiencia y resolvió don DAVID SILVA ESTRADA, Juez (S) de Garantía de
Texto Completo (Preview)
_____________________________________________________________________________________________________ Avenida Francia N° 2688, Valdivia Correo Electrónico: jgvaldivia@pjud.cl Teléfono Contacto: 632348916 / 632348842 SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, veintiuno de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Hechos: En Valdivia, el día 02 de diciembre de 2023, alre
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