C/ JOHAN MAURICIO ARCE ACOSTA
Rol
O-183-2024
Fecha
23 de diciembre de 2024
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., HURTO SIMPLE POR UN VALOR SOBRE 40 UTM., LESIONES MENOS GRAVES., ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: 1.- “El día 28 de noviembre de 2022, aproximadamente a las 19:30 horas, en circunstancias que Natalia Machado Heredia se encontraba trabajando como vendedora del stand de la feria que se encuentra en el segundo piso del Centro Comercial Espacio Urbano, ubicado en avenida Benidorm Nº 961, Viña del Mar, hasta el lugar llegó el imputado Johan Arce Acosta, quien junto a una mujer de identidad desconocida, sustrajeron con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña, 1 cadena de plata, 1 collar de plata, 2 pulseras de plata, 1 tobillera de plata y 15 pares de aros de distintos tamaños y colores, todo avaluado en la suma de $412.700.-, para luego huir del lugar, siendo detenido con parte de las especies sustraídas en su poder”. 2.- “El día 22 de diciembre de 2022, en circunstancias que Yerly Ramos Gutiérrez, se encontraba trabajando como vendedora del módulo de Joyería AB, ubicado en el segundo nivel del Mall Marina Oriente, ubicado en calle 14 Norte Nº 976, Viña del Mar, hasta el lugar llegó el imputado Johan Arce Acosta, quien junto a un sujeto desconocido, sustrajeron un exhibidor de joyas que contenía diversos aros de piedra, plata y oro, todo avaluado en la suma de $2.775.103.-, para luego retirarse del lugar con las especies en su poder, las cuales entregó a su acompañante, siendo retenido posteriormente por guardias de seguridad para ser puesto a disposición de Carabineros”. Código: YXPUXRXWVZV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3.- “El día 28 de marzo de 2023, aproximadamente a las 12:00 horas, en circunstancias que Nicola Reccardi, transitaba por calle Arlegui esquina de calle Quillota en Viña del Mar, fue abordado repentinamente por el imputado Johan Arce Acosta, quien le arrebató una cadena que llevaba colgada al cuello, para luego huir en dirección oriente, empujando por la espalda a la víctima Nora del Carmen Gimé
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha dieciséis de diciembre del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, integrada por los jueces titulares Claudia Parra Villalobos, quien presidió la audiencia, Claudio Espinoza Asenjo y la magistrada suplente Andrea Santander Guerra, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral seguido en contra de JOHAN MAURICIO ARCE ACOSTA, cédula nacional de identidad Nº 19.014.174-8, nacido en Valparaíso el 05 de noviembre de 1995, 29 años, soltero, sin apodo, ayudante ambulante, educación media completa, domiciliado en Capellán Manuel Vargas Saldías, Block T departamento 303, Juan Pablo segundo, Rodelillo, comuna de Valparaíso, representado por el abogado defensor penal público Miguel Torres Vargas Fue parte acusadora del presente juicio la Fiscalía Local de Viña del Mar, representado por el fiscal adjunto Gonzalo Inostroza Flores, con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que, los hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: 1.- “El día 28 de noviembre de 2022, aproximadamente a las 19:30 horas, en circunstancias que Natalia Machado Heredia se encontraba trabajando como vendedora del stand de la feria que se encuentra en el segundo piso del Centro Comercial Espacio Urbano, ubicado en avenida Benidorm Nº 961, Viña del Mar, hasta el lugar llegó el imputado Johan Arce Acosta, quien junto a una mujer de identidad desconocida, sustrajeron con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña, 1 cadena de plata, 1 collar de plata, 2 pulseras de plata, 1 tobillera de plata y 15 pares de aros de distintos tamaños y colores, todo avaluado en la suma de $412.700.-, para luego huir del lugar, siendo detenido con parte de las especies sustraídas en su poder”. 2.- “El día 22 de diciembre de 2022, en circunstancias que Yerly Ramos Gutiérrez, se encontraba trabajando como vendedora del módulo de Joyería AB, ubicado en el segundo nivel del Mall Marina Oriente, ubicado en calle 14 Norte Nº 976, Viña del Mar, hasta el lugar llegó el imputado Johan Arce Acosta, quien junto a un sujeto desconocido, sustrajeron un exhibidor de joyas que contenía diversos aros de piedra, plata y oro, todo avaluado en la suma de $2.775.103.-, para luego retirarse del lugar con las especies en su poder, las cuales entregó a su acompañante, siendo retenido posteriormente por guardias de seguridad para ser puesto a disposición de Carabineros”. Código: YXPUXRXWVZV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3.- “El día 28 de marzo de 2023, aproximadamente a las 12:00 horas, en circunstancias que Nicola Reccardi, transitaba por calle Arlegui esquina de calle Quillota en Viña del Mar, fue abordado repentinamente por el imputado Johan Arce Acosta, quien le arrebató una cadena que llevaba colgada al cuello, para luego huir en dirección oriente, empujando por la esp
Fallo
por tanto, debe basarse en hechos probados, siendo menester que el sentenciador explique las razones que le permitieron arribar a tal conclusión que le habilite a tener por demostrados los eventos constitutivos del ilícito en comento. Es así como el afectado Nicola Reccardi expuso que fue abordado por la espalda, para luego serle arrebatada la cadena que llevaba consigo, huyendo de manera inmediata, corriendo. En esa huida, empujó a una señora, Nora Giménez Pizarro, a quien le causó lesiones según se dirá. Y, posteriormente y en un tiempo inmediato, en el mismo sector del mercado, un sujeto que iba corriendo fue aprehendido por personal de carabineros, previa sindicación por parte de comerciantes ambulantes del lugar. Aun cuando la afectada Giménez Pizarro, en la audiencia, no dio cuenta que el imputado tenía un mechón blanco y que esa característica se la otorgó al personal policial aprehensor, como explicó el cabo Castro Salinas, debe tenerse en cuenta que se trata de una testigo de avanzada edad y el lapso transcurrido entre la época de ocurrencia de estos sucesos y su declaración, siendo esperable ciertas imprecisiones que, en caso alguno, afectan lo medular de la imputación. Finalmente, es dable destacar que la prueba de cargo fue valorada positivamente por estos jueces, toda vez que las víctimas impresionaron como veraces, dando cuenta de los hechos que les afectaron, admitiendo ciertos olvidos e incluso, ambos admitieron no saber si el sujeto que los atacó era el mis
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FISCALÍA LOCAL DE VIÑA DEL MAR C/ ARCE ACOSTA. HURTO SIMPLE, ROBO POR SORPRESA Y LESIONES MENOS GRAVES. RIT N° 183-2024. RUC N° 2300341861-8. VIÑA DEL MAR, veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha dieciséis de diciembre del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, in
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