MP C/ HANS ANDRÉS GALLARDO SALAZAR
Rol
O-950-2023
Fecha
21 de diciembre de 2024
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes: Que, ante este Juzgado de Garantía de Coronel, en causa RIT N°950-2023, RUC Nº2300655754-6, el Ministerio Público, representado por El Fiscal Adjunto don CRISTIAN VEGA ORIHUELA, dedujo acusación fiscal en contra de HANS ANDRÉS GALLARDO SALAZAR, cédula de identidad N°15.189.391-0, domiciliado en calle Francisco de Asís N°1350, Población Esperanza, comuna de Coronel, y de CRISTOPHER LEANDRO DURÁN PALMA, cédula de identidad N°16.690.572-9, domiciliado en calle Uribe N°027, Cerro Merquín, comuna de Coronel, representados respectivamente por los Abogados ALFREDO GRANDON LAGUNAS y DANIEL LAFARGUE RETAMAL. SEGUNDO: Acusación fiscal: Que el Fiscal funda su acusación en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: Los hechos: “El día, 15 de junio del 2023, a las 23:15 horas aproximadamente, en la vía pública Ruta 160, calle San Francisco de Asís, Coronel, los acusados Hans Andrés Gallardo Salazar y Christopher Leandro Duran Palma, fueron sorprendidos por carabineros mientras transitaba en el vehículo Station Wagon, marca Dongfeng, modelo Ax4, color blanco P.P.U: LLRD.53, los que poseían y tenían en su poder, sin las competentes autorización y con fines de traficar Cocaína base, al ver la presencia policial lanzan a la vía pública bolsa de cocaína, que contenía una bosa con 38,5 gramos brutos de cocaína base y otra bolsa con 3,4 gramos brutos de cocaína base y mantenían la suma de $ 200.000, y teléfonos celulares, sin estar destinada esta droga al consumo personal ni tratamiento médico”. El derecho: Que los hechos descritos precedentemente, a juicio del Ministerio Público, son constitutivos del delito consumado de Tráfico ilícito de estupefacientes y substancias psicotrópicas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley N°20.000 sobre drogas, en el cual se le atribuye participación de autores a los enjuiciados, conforme al artículo 15 N°1 del Código Penal. Código: UXFWXRGCSPV Este documento tiene
Fundamentos
considerando anterior, previa prevención del tribunal, que los acusados Cristopher Leandro Durán Palma y Han Andrés Gallardo Salazar, debidamente asesorados por sus Defensores, manifestaron conocer y aceptar expresamente los hechos materia de la acusación fiscal y los antecedentes de la investigación que la fundaron, y los citados intervinientes prestaron su conformidad al procedimiento abreviado solicitado por el Ministerio Público, que conocieron su derecho a exigir un Juicio Oral, que entendieron los términos del Código: UXFWXRGCSPV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acuerdo y las consecuencias que este pudiera significarles, habiendo sido instruidos anteriormente en este aspecto por sus Defensas, y que dicha aceptación lo es en forma libre y voluntaria, sin presión de nadie. Por lo anterior y reuniéndose los presupuestos legales que establece el artículo 406 del Código del ramo, el Tribunal acogió dicha petición procediendo a dictar verbalmente la resolución respectiva. QUINTO: Antecedentes de la investigación: Que los antecedentes de la investigación aportados por el Ministerio Público, son aquellos a los que el Fiscal don Hugo Cuevas Gutiérrez actuante en la audiencia, expuso de manera pormenorizada en lo pertinente, todo lo cual ha quedado consignado íntegramente en el registro de audio de la audiencia y que este sentenciador desde ya tiene presente al momento de resolver y que no se reiterarán por estrictas razones de economía procesal y que son conocidos por la defensa, como consta del registro de la audiencia. A mayor abundamiento, sucintamente, dichos antecedentes son los siguientes: 1.- Parte Policial 1322 de 15.06.2023, de la Cuarta Comisaria de Carabineros de Coronel, que da cuenta del procedimiento adoptado y de la detención de los enjuiciados, en el marco de un control vehicular, los ocupantes se dan a la fuga y el co-piloto, que resultó ser Cristopher Leandro Durán Palma, arrojó fuera del vehículo unas bolsas de nylon, que al ser recuperadas por personal policial resulto que contenían, una 38,5 gramos y la otra 3.4 gramos brutos de cocaína base. 2.- Declaraciones de los funcionarios policiales Serbio Gonzales Araneda y German Ramírez Moraga, que ratificaron los hechos del parte policial. 3.- Acta de incautación de especies. 4.- Pruebas de campos de la droga incautada, que dieron positivas para cocaína base. 5.- Reservado N° 2.3/460 de Servicio de Salud Concepción, materia envía informe de análisis, de fecha 27 de febrero de 2024.- 6.- Reservado N° 2.3/461 de Servicio de Salud Concepción, materia envía informe de análisis, de fecha 27 de febrero de 2024. 7.- Acta de recepción n° 1.033, de fecha 19 de junio de 2023 del servicio de Salud Concepción. 8.- Acta de recepción n° 1.034, de fecha 19 de junio de 2023 del servicio de Salud Concepción. 9.- Doce Fotografías de las especies incautadas, droga sitio del suceso, obtenidas por Carabineros de Lagunillas. 10.- Compr
Fallo
se declara: I. Que se condena a CHISTOPHER LEANDRO DURÁN PALMA, cédula de identidad Nº16.690.572-9, ya individualizado, como autor del delito consumado de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPAFECIENTES O PSICOTROPICAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley N°20.000, cometido en la comuna de Coronel el día 15 de junio de 2023, a las penas de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO y MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, más las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Código: UXFWXRGCSPV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que se condena a HANS ANDRÉS GALLARDO SALAZAR, cédula de identidad Nº15.189.391-0, ya individualizado, como autor del delito consumado de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPAFECIENTES O PSICOTROPICAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley N°20.000, cometido en la comuna de Coronel el día 15 de junio de 2023, a las penas de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO Y MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, más las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Que se condena, además, a ambos imputados, a la accesoria de comiso de lo incautado en la causa, exceptuando del comiso al automóvil Station Wagon, marca Dongfeng, modelo Ax4, color blanco P.P.U. LLRD.53. Que la pena de multa impues
Texto Completo (Preview)
Coronel, veintiuno de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes: Que, ante este Juzgado de Garantía de Coronel, en causa RIT N°950-2023, RUC Nº2300655754-6, el Ministerio Público, representado por El Fiscal Adjunto don CRISTIAN VEGA ORIHUELA, dedujo acusación fiscal en contra de HANS ANDRÉS GALLARDO SALAZAR, cédula de identidad N°15.189.391-0, domiciliado en cal
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