BARROS RAMÍREZ, CRISTIAN
Rol
V-314-2020
Fecha
9 de agosto de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que con fecha 16 de septiembre de 2020, comparece don Cristian Edmundo Barros Ramírez, chileno, ingeniero agrónomo, Run N.° 6.374.261-9, con domicilio en Badajoz N.° 45, piso 8, de la comuna de Las Condes, solicitando una concesión minera de exploración ubicada en la Ruta V 56, parcelación sin número, sector Loncotoro, de la comuna de Llanquihue, cuyas coordenadas U.T.M. del punto medio del pedimento referidas referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano la Canoa 1956, zona 18, son las siguientes: Norte 5.432.300,00 metros y Este 647.500,00, y corresponden a la intersección de las diagonales de un rectángulo cuyas lados con orientación Norte-Sur miden 3000 metros y orientación Este-Oeste U.T.M. miden 1000 metros, encerrando una superficie total de 300 hectáreas, y que se denominará “Loncotoro 17”.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que se ha presentado un pedimento minero, singularizado en lo expositivo, por don Cristian Edmundo Barros Ramírez. Segundo: Que este pedimento se encuentra inscrito en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Puerto Varas, a fs. 223 N.° 125 de 2020, con fecha 01 de octubre de 2020. Tercero: Que dicho pedimento fue publicado en el Boletín Oficial de Minería con fecha 15 de octubre de 2020. Cuarto: Que el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante oficio ORD. N:° 000319, de fecha 05 de febrero de 2021, informó favorablemente los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y el plano acompañado, señalando que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. Quinto: Que con fecha 12 de abril de 2021 se remite físicamente los planos y copias para su timbraje y validación a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 55 inciso final del Código de Minería y artículo 22 de su reglamento. Sexto: Que mediante los formularios N.° 10 y N.° 41 de la Tesorería General de la República, agregados al proceso, consta el pago de la tasa de pedimento y de la patente proporcional correspondiente. Séptimo: Que con el mérito de las actuaciones que dan cuenta los documentos agregados al expediente, se ha dado cabal cumplimiento a lo establecido en el artículo 55 del Código de Minería. Teniendo presente además lo dispuesto por los arts. 2, 34, 35, 37, 43, 55, 56, 57, 86 y sgtes. del Código de Minería; y en el Decreto N.° 1 de 1987 del Ministerio de Minería, Reglamento del Código de Minería,
Fallo
se declara: I. Que ha lugar a lo solicitado y en consecuencia se declara legalmente constituida a favor de Cristian Edmundo Barros Ramírez la concesión de exploración denominada “Loncotoro 17”, ubicada en ubicada en la Ruta V 56, parcelación sin número, sector Loncotoro, de la comuna de Llanquihue, provincia de Llanquihue, de una superficie de 300 hectáreas, cuyas coordenadas U.T.M. del punto medio y de los vértices del perímetro de la concesión de exploración otorgada son: Punto Medio: Norte 5.432.300,00 metros; Este 647.500,00 metros; Vértice 1, Norte 5.433.800,00 metros; Este 647.000,00 metros; Vértice 2, Norte 5.433.800,00 metros; Este 648.000,00 metros; Vértice 3, Norte 5.430.800,00 metros; Este 648.000,00 metros; Vértice 4, Norte 5.430.800,00 metros; Este 647.000,00 metros. II. Que se aprueba el plano de la concesión de exploración custodiado bajo N.° 59- 2021. III. Publíquese extracto de esta sentencia de conformidad con lo dispuesto en el art. 90 del Código de Minería. IV. Hecho, inscríbase la sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Puerto Varas, dentro del plazo de 120 días, contado desde la fecha de la presente sentencia, y archívese una copia del plano de la concesión de exploración acompañado, en la forma dispuesta por el art. 239 del Código de Minería. V. Entréguese original del plano de la concesión de exploración acompañado al solicitante, para ser presentados ante el Servicio Nacional de Geología y Minería, para los fines pe
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Puerto Varas CAUSA ROL : V-314-2020 CARATULADO : BARROS RAMÍREZ, CRISTIAN Puerto Varas, nueve de agosto de dos mil veintiuno. Vistos: Que con fecha 16 de septiembre de 2020, comparece don Cristian Edmundo Barros Ramírez, chileno, ingeniero agrónomo, Run N.° 6.374.261-9, con domicilio en Badajoz N.° 45, piso 8, de la comuna de Las Cond
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